Andrés de San Miguel, Gobernador; Vicente Sánchez, Alcalde; Diego Sánchez, Regidor; Gaspar López, Toribio Méndez y Baltazar de la Cruz, tequitlatos del pueblo de Tequila, mediante lengua de Francisco Núñez, se obligan a pagar a Francisco de Oliveros, por poder de Sancho de Pantigosa, 288 y 4 granos de oro común, que suman 254 fanegas de maíz a razón de 15 reales por fanega, las cuales son por razón del tributo del dicho pueblo de Tequila.\n
José Rodríguez, vecino de esta jurisdicción, dueño de recua de ganado mayor, informa que por inventarios realizados a los bienes del difunto Baltazar de la Cruz, le tocaron de hijuela al menor Ventura Fermín, 101 pesos 5 ½ reales en ganado menor y 5 ½ reales en dinero que le a dado el albacea Javier de Oyanguren; bienes que se obliga a pagar en réditos a razón de 5 % anuales, y para la seguridad de esta deuda hipoteca el ganado vacuno y otros animales del rancho y solar que tiene en el pueblo de Naolinco.
Parecieron diferentes indios que mediante Andrés Pérez, intérprete de la jurisdicción de Jalapa, dijeron nombrarse don Baltazar de la Cruz, Gobernador del pueblo de San Martín Tlacotepec de la jurisdicción de La Antigua Veracruz y don Diego Lucas, Gobernador del pueblo de San Francisco Tenampa, declarando que el Alcalde Mayor de La Antigua los tiene vejados y molestados en muchas cosas y especialmente en hacerlos trabajar en cosas de su provecho y utilidades sin pagarles su trabajo y asimismo para que le hagan nuevas casas reales en grave perjuicio suyo y de sus pueblos, en cuya virtud otorgan poder general a don Ventura González de Abreu, de la misma vecindad, para todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales así como en todo lo que se ofreciere y los defienda como ellos mismos lo harían.
Don Pedro Bernal de la Cadena, cacique natural de este pueblo de Santa Ana Sacan, hijo legítimo de Baltazar de la Cruz, difunto, y de María Magdalena; otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que le deben algunos naturales vecinos de este pueblo, 241 pesos, asimismo, le deben los susodichos otros 227 pesos 6 reales, de que le hicieron obligación en idioma mexicano, cuyas cantidades les suplió para los pleitos de las tierras de Molloapa [Moyoapan] y el Gobernador don Baltazar Lucas, asimismo, para la compra de la tierra de don Nicolás [roto]. Declara hace veintiséis años contrajo matrimonio con Juana María, india, hija de padres conocidos, con quien procreó a Esteban, de veinticinco años de edad; a Juan de la Cruz, de dieciocho años; a Lorenza, de diecisiete años, casada con José Ramos; y a Martina, de catorce años, casada con Agustín Flores. Declara que hace diecisiete años contrajo segundas nupcias con María de la Candelaria, con quien ha procreado a Ignacio, de quince años de edad; José, de trece años; [Micaela], de doce años; y a [roto], de año y medio. Declara por bienes 40 pesos [roto] en una casa baja de cal y canto [roto]; una troje de cal y canto [roto]; una cocina de palos cubierta de teja; dos escaños; otra casa vieja; dos sillas de montar; tres yuntas aperadas; cinco lienzos con distintas advocaciones de una vara de largo; un Señor San Pedro de bulto de una vara de alto; un tambor; tres pedazos de tierra; diez vacas con seis becerros; dos novillos; cuatro yeguas; catorce mulas; un capote musgo de paño [de Castilla] con ribetón de oro, aforrado en piquin musgo; un capote de barracán, aforrado en sarga encarnada, con cuatro botones de plata; una hongarina de paño blanquizco [de] Castilla, aforrada con dos docenas de botones de [filigrana] de plata; una hongarina de paño de musgo con [cuatro] broches de plata; unos calzones de paño de Castilla [roto] musgo con dieciséis botones de plata; unos calzones de tripe encarnada; entre otros bienes. Nombra como albacea a María de la Candelaria, asimismo, tutora y curadora de sus hijos menores. Nombra como herederos a sus hijos.
JOSÉ DUARTE DE ACOSTA, JUEZ RECEPTOREl Capitán don José de Robledano de Cardeña, vecino del pueblo de Jalapa, otorga libertad a su esclavo Baltazar de la Cruz.\r\n
El Capitán don Lope de Yribas [Iribas], vecino de esta villa, otorga que se obliga de dar y pagar al Licenciado Domingo de Arrieta, Cura Beneficiado del partido de Amosoque [Amozoc] y en su nombre a don Ignazio Senteno [Ignacio Centeno], vecino de la ciudad de los Ángeles, 500 pesos de oro común por otros tantos que le debía pagar de resto de 812 pesos, como unos de los cuatro fiadores de Baltazar González de Velilla Blanco. Dicha cantidad se obliga a pagar en dos partes, y para asegurar el pago hipoteca dos piezas de esclavos negros, uno llamado Antonio de los Reyes y el otro nombrado Baltazar de la Cruz.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO