Don Diego Francisco Uptón de Fuentes, residente en el pueblo de Jalapa, cargador de la flota que salió del puerto de Veracruz a cargo del Marqués Mari, otorga que ha recibido de don Juan Quintero, vecino de la Ciudad de Ayamonte, 450 pesos escudos de a 8 reales de plata antigua, mismos que se obligó a pagar a don Mateo Martínez de Espinosa, vecino de Sanlucar de Barrameda, en cuya virtud y con poder recibe dicha cantidad.
Don Diego Francisco Uptón de Fuentes, vecino de la Ciudad de Sevilla y residente en este pueblo de Jalapa, cargador de la flota a cargo del Marqués de Mari, otorga poder especial A Don Juan Andrés de Uriarte, Don Juan de Araujo Sotomayor y Don Justo Caballero, vecinos de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que pidan, demanden y reciban diferentes efectos que tiene remitidos con don Bernabé González de Amaya.
Don Diego Francisco Upton de Fuentes, cargador de flota, vecino de la Ciudad de Sevilla y residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Antonio de Olivares Ayllón, Procurador del Numero de la Audiencia Ordinaria de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
Diego Francisco Upton de Fuentes, vecino de la Ciudad de Sevilla, solicita la cancelación de una escritura por la cantidad de 170 pesos, los cuales ha recibido de Ignacia Fernández de la Calleja, mujer de Francisco José de la Barreda Gayón.
Don Diego Francisco de Upton de Fuentes, residente en este pueblo de Jalapa y vecino de la Ciudad de Sevilla, cargador de la flota a cargo del Marqués de Mari, con poder de Don Martín de Arrate, cargador de la misma, a quien sustituyó para recaudar, recibir y cobrar de Don Cristóbal Riveros y Don Manuel de Riveros, hermanos y vecinos de la Ciudad de Ayamonte, y Don Alonso Romero Zarco, vecino y familiar de Santo Oficio de la Ciudad de Cádiz, la cantidad de 6, 388 pesos escudos reales, de a 8 reales, mismos que ya han pagado y por lo cual se cancela la citada escritura.
Don Diego Francisco de Upton de Fuentes, residente en este pueblo de Jalapa, y vecino de la Ciudad de Sevilla, cargador de la flota a cargo del Marqués de Mari, con poder de don Manuel de Castañeda, vecino de la Ciudad de Granada, informa que recibió de don Cristóbal Riveros y don Manuel de Riveros, hermanos y vecinos de la Ciudad de Ayamonte, la cantidad de 7, 875 pesos, escudos mexicanos, los que han pagado, dándose por cancelada la escritura de dicho adeudo.
Don Diego Francisco Upton de Fuentes, residente en este pueblo y vecino de la Ciudad de Sevilla, otorga poder general a don José Manuel de Arechaga, residente en la Ciudad de la Nueva Veracruz, para que en su nombre pida, demande y cobre cualquier cantidad de pesos, escudos, reales de plata, que por escritura, vales y cuentas de libro le están debiendo.
Diego Francisco Upton de Fuentes, vecino de Sevilla y residente en este pueblo, otorga poder general a Andrés Francisco Escudero, cargador de la flota a cargo de Rodrigo de Torres y Morales, junto con José Antonio de Acosta, para que reciba y cobre judicialmente de cualquier persona, todas las cantidades de dinero, plata, joyas y esclavos que le adeuden.
Andrés Francisco de Escudero, cargador de la última flota a cargo de Rodrigo de Torres y Morales, otorga poder general a Diego Francisco Upton de Fuentes, Francisco Ventura de Rezabal, Pedro Reparaz y Gabriel Manuel de Céspedes y Morales, cargadores, para que demanden y cobren judicialmente cualquier cantidad de dinero, joyas y plata que de su cuenta o la de sus interesados, se hayan embarcado en la flota que naufragó en la boca del Canal de las Bahamas.
Los Capitanes don José Robledano de Cardeña, don Gregorio Fernández Mantilla, los Alférez don Blas Fernández Álvarez y don Laureano Fernández de Ulloa y José Antonio de Acosta, en voz de los vecinos de este pueblo de Jalapa, otorgan poder especial a don Diego Francisco Upton de Fuentes, vecino de la Ciudad de Sevilla, para que comparezca ante el rey don Felipe Quinto, donde pida y suplique cualquier merced, aceptándolas y remitiéndolas con cedulas o títulos por duplicado.