Juan de Lezama, José de la Gasca, Tomás de la Cruz, Juan Jácome, Félix Marín, entre otros vecinos del pueblo de Xicochimalco, en su nombre y de los demás vecinos, otorgan poder especial a don Domingo Navarrete y a Mateo Luis, vecinos de la jurisdicción de Jalapa, para que en sus nombres sigan por todas las instancias, grados y artículos el pleito y demanda que tienen puesta en el juzgado de esta jurisdicción contra Antonio de Aragón, así como para que los represente en todos sus pleitos y causas civiles y criminales, eclesiásticos y seglares comenzados y por comenzar.
El Presbítero don Francisco Pablo Verenguier [y Acosta], natural y vecino de esta Villa, otorga poder especial a don Juan Ledesma, su sobrino, de esta vecindad, para que a nombre de él, haga y ordene su testamento y final voluntad, con las cláusulas, circunstancias, y declaraciones que convengan, según las comunicaciones y avisos que de palabra o por escrito le dio.
Don Juan [de] Ledezma, de esta vecindad, albacea del finado Presbítero don Francisco Pablo Verenguier [y Acosta], manifiesta que antes de la muerte del presbítero mencionado, vendió a favor de don Lucas Lagunes, de esta vecindad, una casita y un terreno, en 150 pesos, y restando sólo la correspondiente escritura que garantice la propiedad, otorga que vende a favor del mencionado Lucas, la casa y el solar que le corresponde, situada en el callejón que nombran del Chorro Poblano por donde hace su frente al norte con 20 varas, y 53 de fondo hacia el sur, por donde linda con solar que fue de Andrea Antonia Hernández; por el costado del oriente linda con casa y solar que fue de José de Aguilar, y al poniente con solar de Roque de Castro. La vende en el precio mencionado.
Simón Eugenio, vecino de este pueblo de Jalapa, debe y se obliga pagar a Josefa Navarrete, viuda de Juan de Ledezma, la cantidad de 26 pesos escudos de plata mexicana, en los plazos convenidos.