Doña Ignacia Fernández de la Calleja, vecina del pueblo de Naolinco y mujer legítima de don Francisco José de la Barreda Gayón, y con licencia expresa de su marido, venden a doña Petrona de Guevara, viuda de Nicolás Domínguez Muñiz y vecina de dicho pueblo, una casa de cal y piedra que heredó de doña María Tomasa, su madre, en la cantidad 400 pesos y el solar en que está fabricada la casa en 100 pesos, el cual mide 38 varas de frente y 44 varas de fondo, linda al oriente con casa de don Antonio García, al poniente con solar que pertenece a la cofradía de las Benditas Ánimas, al sur con casa y solar de Juan Eugenio de Rivera y al norte con casa y solar de José Modesto Montiel.
Diego Francisco Upton de Fuentes, vecino de la Ciudad de Sevilla, solicita la cancelación de una escritura por la cantidad de 170 pesos, los cuales ha recibido de Ignacia Fernández de la Calleja, mujer de Francisco José de la Barreda Gayón.
Doña Antonia Barreda Gayón y Calleja, doncella, natural y vecina de esta Villa de Xalapa, hija legítima de don Francisco José de la Barreda Gayón y de doña Ignacia Fernández de la Calleja, otorga su testamento donde nombra como sus albaceas testamentarios a don Francisco Javier Gorospe Irala y Padilla, al Capitán Francisco Xavier López y al que fuese Mayordomo de la Cofradía del Señor de la Santa Veracruz al momento de su muerte, y como heredera universal nombra a su alma. Declara no tener más bienes que dos casas contiguas que heredó de sus padres.
Doña Antonia Barreda Gayón y Calleja, hija de los difuntos don Francisco José de la Barreda Gayón y de doña Ignacia Fernández de la Calleja, otorga poder para testar a don Juan Gómez de Estrada, vecino de este pueblo de Jalapa, para que ordene su testamento donde declara que los bienes, deudas, derechos y acciones lo sabe su apoderado, declara entregó papeles de genealogía y privilegios de sus apellidos de Barreda, Gayón, Canin, González, Somoano, Varas y Valdés, procedentes de la Villa de Yánez, del principado de Asturias, a su primo Miguel Cardeña, para que las use a beneficio propio como prueba de su hidalguía; es doncella, nombra heredera a su alma.
Francisco José Barreda de la Gayón, vecino de la jurisdicción de Jalapa, marido de doña Ignacia Fernández de la Calleja, otorga que ha recibido de don Andrés Berman, vecino de la jurisdicción de La Antigua Veracruz, 1, 053 pesos 2 reales de oro común, mismos que importaron de la legítima paterna de su mujer de que tenía otorgado depósito, de cuya cantidad se da por entregado a su voluntad.
Doña Ignacia Fernández de la Calleja, viuda de don Francisco José de la Barreda Gayón y vecina del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don José Antonio Lagunas, Notario Eclesiástico, para que comparezca ante el Ilustrísimo Juez de la Capellanía, señor Obispo de Puebla y ante otros señores jueces, en razón del derecho que tiene en esta capellanía, junto con su hijo Plácido de la Barreda, al cual le pertenece, presentando y escuchando autos, sentencias y apelaciones.
Don Francisco José de la Barreda Gayón, vecino del pueblo de Jalapa, hijo legítimo de los difuntos don Francisco de Barreda Gayón y doña Micaela García de Baldemora, otorga poder para testar y nombramiento de albacea a su esposa doña Ignacia Fernández de la Calleja, y como herederos nombra a Antonia y a Plácido, sus hijos legítimos.
Doña Antonia de la Barreda, doncella, mayor de 40 años, dijo que por muerte de su madre doña Ignacia Fernández de la Calleja, heredó una casa, la cual otorga que vende a doña Rosalía Sanchinel de esta vecindad, mujer y conjunta persona del Administrador de Alcabalas de esta Villa, don Tomás Antonio de Illanes, hecha de material, parte lodo, parte cal, cubierta de madera y teja de edificio bajo. Dicha casa está ubicada en el confín de la calle que nombran de Belén por donde hace su frente así al poniente con 31 varas y del otro lado casa alta del Rey donde se halla la Real Aduana, 78 de fondo hacia el oriente, por la banda del norte linda con casa que fue del difunto don Juan de Ariza, y por la del sur con otra de la pertenencia de las Apolvones. La vende en 1 300 pesos.
Doña Antonia Barreda Gayón y Calleja, doncella, hija legítima de los difuntos don Francisco José de la Barreda Gayón y de doña Ignacia Fernández de la Calleja, natural de este pueblo, otorga poder a don Antonio Primo de Rivera, a don Manuel Muñiz de Cámara y a don Juan Gómez de Estrada, todos vecinos de este pueblo de Jalapa, para que después de su fallecimiento ordenen su testamento, en donde declara se le dé a la Tercera Orden de San Francisco, 25 pesos y otros 25 se repartan entre los pobres; tiene por bienes la casa de su morada, la cual ordena vender; del remanente de sus bienes se imponga en finca segura a satisfacción del Mayordomo de la Cofradía de las Benditas Ánimas de esta parroquia, para que de sus réditos se conviertan en misas por su alma y por la de sus padres, declara tener entre sus papeles los privilegios y genealogía de los Barredas y Gayones, Canin y Valdeses, González y Samoanos, Varas y Valdeses, de la Villa de Yánez del principado de Asturias, de quienes es descendiente, manda que dichos papeles se entreguen a su primo don Miguel Eustaquio Cardeña, vecino de este pueblo, para las pruebas de la limpieza e hidalguía del susodicho, de sus hermanos y parientes, nombra como albaceas a don Antonio Primo de Rivera, a Manuel Muñiz de Cámara y a Juan Gómez de Estrada, y nombra como su única heredera a su alma.
Doña Ignacia Fernández de la Calleja, hija legitima de los difuntos don Bernardo Fernández de la Calleja y doña María de Escobar y Llamas, natural de la jurisdicción de la Antigua, en la hacienda de Buenavista y vecina del pueblo de Jalapa, viuda de don Francisco José de la Barreda Gayón, otorga poder para testar, nombramiento de albacea y de heredera a doña Antonia Barreda Gayón y Calleja, su hija legitima.