Sebastián Sánchez Lobato, vecino de este pueblo e intérprete general de esta jurisdicción, otorga poder especial a don Nicolás Guerrero Lobato, Procurador del Número de la Real Audiencia de la Ciudad de México, para que comparezca ante el Real Acuerdo, donde pida y suplique a su alteza, se sirva mandar se le libren los salarios que le corresponden.
Los Oficiales de pueblo de Santiago de Coacoatzintla, nombran a Sebastián Sánchez Lobato, maestro de escuela en su pueblo, para que enseñe a rezar y a hablar en castilla a todos los niños y niñas, recibiendo un topile, una molendera, 55 pesos anuales, una fanega de maíz mensualmente y los viernes cada muchacho le llevará un huevo o el equivalente de su valor en chile, maíz o sal.
Pedro de Santiago, Gobernador del pueblo de Jalapa; don Pedro Diego, Mateo Rodríguez, Pedro Ramírez y Pedro Matías, Alcaldes, mediante Andrés Pérez, intérprete, dijeron que en cumplimiento de lo mandado para tener escuela, se obligan a pagar durante 2 años a Sebastián Sánchez Lobato, vecino de esta jurisdicción, 6 pesos en cada mes, más una fanega de maíz por mes, un huevo cada viernes, y el maestro se obliga a enseñar la lengua castellana, la doctrina cristiana, a leer y escribir.
El Gobernador del pueblo de Chapultepec, junto con los Alcaldes y Regidores, designan a Sebastián Sánchez Lobato, para ejercer el oficio de Maestro de escuela, con un pago de 67 pesos y 12 fanegas de maíz.