Teresa Fernández de Espinosa, viuda de Diego de Castro y Gamboa, el Licenciado Pedro Perdomo, Cura y Juez Eclesiástico, Francisco Abadiano y Pinillos, vecino de Veracruz y Blas Fernández Álvarez, con poder para testar otorgado por el citado Diego de Castro, realizan la descripción del mencionado testamento.
Teresa Fernández de Espinosa, viuda, albacea y tenedora de Diego de Castro y Gamboa, vende al convento y religiosos de San Francisco, 25 pesos de oro común de censo redimible, los cuales carga sobre casas de su morada, ubicadas en la Calle Real que linda por el oriente con casas del Capitán Bartolomé de Castro, al poniente con casa del Alférez Laureano Fernández de Ulloa, al sur con casa y solar de Manuel de Acosta, y al norte con dicha calle en medio y casa de Gregoria Vázquez; dicha cantidad la vende por 500 pesos de principal que por memoria dejó ordenado su difunto marido, por lo que se obliga a pagar los 25 pesos de réditos anuales; la mitad de ellos cada 6 meses, siendo condición que en cualquier tiempo ella o sus descendientes puedan pagar los 500 pesos de principal y así liberar la casa.
Teresa Fernández de Espinosa, albacea y viuda de Diego de Castro y Gamboa, vecina de este pueblo, dijo que su marido dejó 500 pesos para que los entregue a María Teodora de la Encarnación, los cuales tiene en depósito y guarda, mismos que entregará a Maria Teodora cuando tenga la edad para recibirla, y para seguridad de ello se obliga con una casa que dejó dicho difunto, ubicada en la calle que sale de la marina por el cementerio y puerta principal de la iglesia del Colegio de la Compañía de Jesús, y va por la puerta que llaman del cementerio de la iglesia parroquial a la calle del señor vicario para el recinto de la plaza, al poniente linda con una parte del fondo de casa de la esquina de Hermenegilda María Victoria y por la otra con casas que fueron del Licenciado Luis de Milla, y por el fondo con casa de Diego Valverde y hace frente con casa de la cofradía de la Nuestra Señora de la Soledad de dicha parroquia, por lo que dicha Teresa la grava por la cantidad de 500 pesos de principal a favor de dicha María Teodora.
Don Blas Fernández Álvarez, albacea y heredero de doña Teresa Fernández de Espinosa, otorga poder especial al reverendo padre Fray Lucio de San José, miembro de la orden de San Francisco, Guardián del convento de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que venda una casa que perteneció a don Diego de Castro y Gamboa, ubicada en la ciudad de Veracruz, en la calle de la Marina que sale junto al colegio de la compañía de Jesús, hacia la calle de Las Damas, al contado o crédito en el precio que convenga.
El Doctor José Suárez, Cura, Vicario foráneo y Juez Eclesiástico del pueblo de Jalapa, junto con el Licenciado José Camino y Velasco, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de Puebla de los Ángeles y vecino del pueblo de Jalapa, con poder otorgado por sustitución a su favor por el Licenciado don Ignacio Fernández Álvarez, y haciendo uso de dicho poder, venden a Francisco Gil, vecino de la Nueva Veracruz, una casa que quedó de los difuntos Teresa Fernández de Espinosa y Blas Fernández Álvarez, situada en este dicho pueblo, la cual linda al norte con la Calle Real y casa del difunto Alejandro Álvarez de Guitián, al oriente con casa de Alonso de Alba y callejón en medio, al sur con casa de los herederos de don Manuel de Acosta y al poniente con la del Alférez Laureano Fernández de Ulloa, al precio de 5, 600 pesos.
El Doctor José Suárez, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo de Jalapa, apoderado del Bachiller Manuel de Iglesias Álvarez, hace efectiva la última voluntad de Teresa Fernández de Espinosa, dotando a la capellanía de misas rezadas con 3,000 pesos de oro común de principal, sobre unas casas altas de azotea en la Nueva Veracruz que posee Miguel de la Vega, imponiéndolos a censo redimible a favor de la dicha capellanía, de los que dicho Miguel obliga dicha casa y pagará sus patronos y capellanes, 150 pesos de oro común de tributo y rédito a razón de 5 % anuales, nombrando como primer Capellán a Ignacio Fernández Álvarez, para que sirva y perciba los réditos de su principal y a falta de patronos, se nominará de acuerdo a cláusula. Por tanto, el Capellán tendrá la obligación de decir 25 misas rezadas anualmente, la capellanía no se podrá conmutar en otra obra pía, aunque para ello se hagan bulas apostólicas u otros escritos.
Teresa Fernández de Espinosa, viuda de Diego de Castro y Gamboa, junto con el Licenciado Pedro Perdomo, Cura y Juez Eclesiástico, Francisco Abadiano y Pinillos, y Blas Fernández Álvarez, albaceas testamentarios de dicho Diego, fundan la Capellanía Perpetua de Misas, para que se hagan 60 misas rezadas anuales de a 20 reales cada una, aplicando por bienes y dote 3, 000 pesos de principal y réditos de 150 pesos anuales, nombrando por primer Capellán perpetuo a Diego Gerardo de Araciel, y en caso de su muerte a Manuel Silvestre y a Juan Antonio de Araciel y como principal a Teresa Fernández, para que después de su muerte la sucedan los curas beneficiados de este pueblo.
Teresa Fernández de Espinosa, viuda de Diego de Castro y Gamboa, vecina de este pueblo, otorga que libera de toda sujeción y cautiverio a María Luisa, negra esclava, de 33 años de edad
José Antonio Rincón, vecino de este pueblo, vende a Teresa Fernández de Espinosa, viuda de Diego de Castro y Gamboa, una esclava nombrada Agustina Josefa, de 21 años, al precio de 375 pesos de oro común, libre de empeño y de enfermedad.
Teresa Fernández de Espinosa, viuda de Diego de Castro y Gamboa, natural de la Nueva Veracruz y vecina de este pueblo, otorga poder para testar a Francisco Abadiano y Pinillos, vecino de la Nueva Veracruz para que haga y ordene su testamento, nombrándolo albacea, junto con el Licenciado Pedro Perdomo, Cura, y como heredero universal a Francisco Abadiano.