Don Diego Bautista, Gobernador; Antonio Bautista, Alcalde; Antonio de Meza, Regidor; Antonio Muñoz, Mayor; Antonio Nicolás, Escribano y Antonio García, Topile; Oficiales de la República y naturales del pueblo de San Juan Miahuatlán, jurisdicción de Jalapa, otorgan poder general a don Miguel Agustín, Gobernador pasado de dicho pueblo, para que solicite y averigüe todos los títulos, ejecutorias y mercedes que se hayan presentado por los otorgantes en varios pleitos que sostuvieron y sostienen en las secretarias de cámara y gobiernos.
Andrés de la Peña, Gobernador de San Juan Miahuatlán, don Juan Martín y don Juan Bautista, Alcaldes, don Juan Andrés y don Juan Francisco, Regidores y Antonio Nicolás, Escribano, representando al común y naturales por quienes prestan voz y caución, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, se obligan a pagar a Francisco Solozabal, natural de la Ciudad de Logroño, en los Reinos de Castilla, residente en la jurisdicción de Jalapa, 100 pesos de oro común y 12 fanegas de maíz, pagado por tiempo de cuatro años y él ha de ser obligado a tener escuela permanente para enseñar a leer, escribir y enseñar la doctrina cristiana a indios e indias grandes y pequeñas, excepto que las indias han de cursarla hasta los 10 años cumplidos.