El Capitán Bartolomé de Castro, vecino del pueblo de Jalapa dijo que Juan Rodríguez de Tejada, mercader vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, fue nombrado tutor y curador de la persona y bienes de Juan José de Thormes, y se aprobó por los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia de México, afiance la tutela, en virtud del poder que le confirió el mencionado Juan Rodríguez para aceptar, jurar y obligarle a la dicha tutela, proveyó auto el Alcalde Mayor para que aceptase y jurase la tutela y otorgue información de los fiadores que para ella ofrecía y que son don Juan de las Peñas Montalvo; don Tomás Pérez, encomendero; don Dionisio Caro, tratante; don Bernardo Palacios, mercader; don Juan Salvador, mercader; el Capitán de Caballos Corazas, don Bartolomé Murillo de Rueda; y don Diego Bustamante, mercader; todos vecinos de la ciudad de los Ángeles, los cuales le confieren poder para ello al mencionado Juan Rodríguez de Tejada y al Capitán Bartolomé de Castro para los efectos expresados y asimismo por otro poder a don Simón López de Vieira, don Alonso de Arce y Velarde y don Martín Fernández de las Heras, mercaderes y vecinos de San Martín Texmeluca y don Juan de Anguiano, vecino y dueño de hacienda de labor en el partido y doctrina de dicho pueblo, en dicha ciudad de Huejotzingo.
Don José Antonio de Bárcena, de este comercio y vecindad, marido de doña Gabriela de Bárcena [y Zugadi], don Juan Francisco de Bárcena, ambos como albaceas de su padre Juan de Bárcena, su hermana María del Rosario, don Martín Sánchez y Serrano como marido de doña María Josefa, doña María Asención viuda de don José Antonio del Valle, don Juan Bautista de Garaicoechea marido de doña Manuela, y don Tomás Pérez, curador de la única menor doña Ramona de Bárcena, legítimos herederos del dicho don Juan de Bárcena, Capitán Retirado que fue de Milicias; convencidos todos de la miseria ocasionada por la revolución del reino, a quienes les están resultando graves perjuicios por la casa mortuoria de esta testamentaria, y por no admitir cómoda división entre ellos, han convenido en adjudicarla al primero en representación de su esposa doña Gabriela de Bárcena, con menaje y muebles, por las dos terceras partes de su avalúo, cuya casa está ubicada en la esquina de la tercera cuadra de la Calle Real y Calle que sube a la que llaman de Utrera, de edificio alto y bajo, con una fuente de agua dulce, linda con casas de don Isidro Posadas, y del finado Francisco Jiménez, al norte linda con casa de don Miguel Rivera Infante, al poniente con la calle referida y del otro costado casa de don José Mariano Almanza. La adjudicación la hacen en 24 346 pesos 2 y medio reales que a prorrata han recibido en partes iguales.
Don José Antonio de Bárcena y Bárcena, natural de Abionzo en el Valle de Carriedo, Obispado de Santander, vecino y del comercio de esta Villa, hijo legítimo de los difuntos don Francisco Matías de Bárcena, y de doña Micaela de Bárcena, otorga su testamento y declara ser casado con doña Gabriela de Bárcena y Zugadi, quien tenía el capital que consta en el libro de cuentas, y él alrededor de 10 mil pesos, procrearon 2 hijos. Nombra albacea y curadora ad bona de sus hijos, en primer lugar a su esposa, en segundo a su hermano don Juan Francisco de Bárcena, y en tercero de mancomún acuerdo a don Tomás Pérez y a don Rafael Campero, para que efectúen las disposiciones que se mencionan en la escritura.
Boyer y Kearny, compañía de intereses en la villa de Alvarado, otorgan poder especial a don Tomás Pérez, de este comercio y vecindad, para que en su nombre comparezca ante este Tribunal de Segunda Instancia a deducir sus derechos en el expediente por apelación, el cual fue iniciado en la villa de Alvarado, con motivo al embarque de 5 000 pesos hecho en la goleta nombrada Trimmer, de donde el resguardo extrajo esta suma tratando de decomisarla; sin embargo, de todos los requisitos previos y a que por fin lo declaró así aquel juzgado en auto de 11 de dicho mes, del que apelaron los pretendidos aprehensores. Otorgan dicho poder para que haga en él todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias judiciales o extrajudiciales que convengan.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODoña Gabriela de Bárcena y Zugadi, hija legítima de los difuntos don Juan de Bárcena [y Blanco], y de doña María Josefa Zugadi, otorga su testamento y declara ser casada con don José Antonio de Bárcena y Bárcena, procrearon dos hijos, el tenía de capital 10 000 pesos, y ella la suma que consta en el libro de sus cuentas. Nombra albacea, en primer lugar al citado su esposo, en segundo a su hermano don José Antonio de Bárcena, y por falta de ambos, a sus sobrinos don Tomás Pérez y don Rafael Campero, para que entren en sus bienes los vendan y rematen; y del remanente de sus bienes instituye como únicos y universales herederos a sus dos hijos.