Rosa María Jaimes, viuda del Capitán Antonio Cardeña y mujer de Nicolás Infante, y Aldonza Cardeña, hija del Capitán y de la otorgante, vecinos todos del pueblo de Jalapa, por una parte y por la otra Vicente José Cardeña y Félix Antonio Cardeña, hijos y herederos de los mismos, dijeron que por muerte de su padre, en las hijuelas de división de sus bienes se aplicó a la mencionada Rosa María Jaimes, el valor de unas casas ubicadas en la calle que sube de la parroquia para el Calvario, lindan al oriente con casas de Inés Margarita de Oliver, al norte con solares y casas de Bernardo Núñez y Tomás de Valencia y al sur con casa del Capitán Malpica. De lo cual a Rosa María se le aplicaron 1, 376 pesos 7 reales y medio y a Aldonza Cardeña, 408 pesos y 4 reales y a Félix Cardeña 162 pesos y un real y a Vicente 168 pesos y 5 reales, pero cuya casa está gravada a censo que no han podido satisfacer, por tanto la traspasan a los 2 últimos con la calidad de reconocer y pagar sobre ella el censo y los réditos corridos, asimismo están obligados a pagar a Juan Cardeña los 515 pesos y 6 reales de la parte paterna que se le aplicó sobre la casa.
Félix Antonio Cardeña y Vicente José Cardeña, vecinos del pueblo de Jalapa, venden al Capitán José Robledano de Cardeña, de la misma vecindad, una casa ubicada en la Calle Real que sube de la parroquia para el Calvario con la que linda y hace frente, al fondo con la casa de Inés López, al norte con otra media casa de los vendedores y al sur con callejón y casa del Capitán Juan de Malpica, cuyo solar tiene 56 varas de frente y 52 de fondo. La venta se hace en 1,725 pesos, de los cuales 960 ha de reconocer a censo que sobre dicha casa están situados a favor del Convento y Religiosos del Señor San Francisco y los 785 los tiene pagados.
Félix José Cardeña, natural y vecino de Jalapa, hijo legítimo del Capitán Antonio Cardeña y de Rosa María Jaimes, de la misma vecindad, estando enfermo en cama y en su entero juicio, otorga su testamento haciendo las mandas acostumbradas: debe al Capitán José Robledano de Cardeña 130 pesos, al Bachiller Juan Roldán, vecino de México, 133 pesos 2 reales. Andrés Monares de Vargas le debe 43 pesos, entre otras deudas. Entre sus bienes tiene 16 mulas aparejadas, 2 mulas de silla, un mulato nombrado Gabriel Antonio. Nombra como albacea a Vicente José Cardeña, su hermano, y como heredera universal a su madre Rosa María Jaimes.
Don Tomás Martínez Navarro, vecino del puerto de Santa María en los Reinos de Castilla, residente en el pueblo de Jalapa, dijo que el Capitán Juan Rodríguez de Tejada, vecino de la Ciudad de la Puebla, y Juan José de Thormes, de esta vecindad, le confirieron poder para cobrar a los herederos de doña Gertrudis de la Gala y Thormes, y en atención a que los albaceas del Capitán Antonio Cardeña se obligaron a pagar a doña Gertrudis de la Gala 1, 520 pesos 5 tomines y medio de oro común, 796 de ellos pertenecientes a los herederos de Juan de Thormes, en cuya virtud Tomás Martínez Navarro otorga que ha recibido de Félix Antonio y Vicente José Cardeña, hijos y herederos del capitán Antonio Cardeña, los mencionados 796 pesos de oro común de los cuales se da por entregado a su voluntad.
Vicente José Cardeña, vecino y natural del pueblo de Jalapa, hijo legítimo del Capitán Antonio Cardeña y de Rosa María Jaimes, estando enfermo en cama y en su entero juicio, otorga su testamento donde hace las mandas acostumbradas. Declara que debe en compañía de sus hermanos 200 pesos al Licenciado Roldán, al Capitán José Robledano de Cardeña, don Luis Fernández de la Flor y Pareja y al Capitán Bartolomé de Castro lo que apareciera en sus libros de cuentas, entre otras deudas que tiene y le tienen. Cuenta con algunos enseres de casa. Nombra como albacea al Capitán José Robledano y a su madre Rosa María Jaimes y a esta última también la nombra su heredera universal.
Rosa María Jaimes, viuda del Capitán Antonio Cardeña, el Capitán Luis Fernández de la Flor y Pareja, de la Orden de Santiago, y don José Robledano de Cardeña, todos vecinos del pueblo de Jalapa, albaceas, herederos y tenedores de bienes del difunto Antonio Cardeña, otorgan poder en primer lugar a Vicente José de Cardeña, su hijo, y por su ausencia a Félix Antonio de Cardeña asimismo su hijo, para que puedan administrar las recuas que quedaron por bienes suyos, cargándolas en la forma que hallaren y por los fletes que asentaren otorgándoles conocimientos con las obligaciones que se acostumbran. Asimismo para que puedan comprar y vender mulas de dichas recuas.