Gaspar de Pren y Castro, albacea de Diego Álvarez Salgado y residente en este pueblo, otorga poder especial a Javier Esteban Hugo de Omerique y al Contador Pedro Barbosa Carreño, para que en su nombre demanden y cobren a los albaceas, herederos y depositarios de Alejandro de Noboa, la cantidad de 3 000 pesos de oro común, que debía al citado Diego.
Don Gaspar de Pren y Castro, cargador de la flota del señor Marqués de Mari, residente en este pueblo y albacea de don Diego Álvarez Salgado, otorga poder especial a don Javier Esteban Hugo de Omerique y a don Pedro Barbosa Carreño, Contador del Tribunal de Cuentas de este Reino, vecinos de este pueblo, para que en su nombre y como albaceas, demanden, reciban y cobren de los albaceas, tenedores, herederos depositarios del difunto don Alejandro de Novoa, la cantidad de 3, 000 pesos de oro común que deben.
Diego de Pren y Castro, residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Gaspar de Pren y Castro, su hermano, y por su ausencia o enfermedad al Capitán Luis Fernández de la Flor y Pareja, de la Orden de Santiago, y en tercer lugar a don Diego de Castro y Gamboa, ambos vecinos de este pueblo, para que en su nombre, pidan, demanden, reciban y cobren cualquier cantidad de oro, plata, joyas, mercaderías y otras cosas de quien les debiera en cualquier parte.
El Capitán Luis Fernández de la Flor y Pareja, de la Orden de Santiago, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder en primer lugar a don Gaspar de Pren y Castro y en segundo a don Joaquín de Pren y Castro, residentes en México, para que en su nombre pidan, reciban y cobren del Capitán de Caballería Antonio Osorio, de esa misma vecindad, la cantidad de pesos de oro que paran en su poder por muerte de don Lorenzo Osorio, su hermano, de quien fue albacea, por cuya cantidad otorgue las cartas de pago y finiquito.