Doña Catalina de Esparragosa, viuda del Regidor José de Leiva, difunto, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende al Capitán Antonio de Leiva Esparragosa, su hijo, cinco negros y dos negras, esclavos: el primero nombrado Lucas que será de edad de treinta años, casta Mina; José de treinta años, rallado, y Ana su mujer de veinticinco años, rallada; Joaquín, criollo, de quince años; Juan Pedro, criollo de dos años; Ignacia, criolla de treinta y seis años; y Antonio, criollo de cinco meses; los cuales quedaron por fin y muerte de su marido y se le adjudicaron por cuenta de su dote y arras. Los vende por esclavos cautivos en precio de 1 400 pesos de oro común.
Sem títuloEl Bachiller Miguel Pérez de Medina, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de Jalapa, otorga que horra y liberta de toda sujeción y cautiverio a Catalina Pérez, negra atesada criolla nacida en su casa, de 5 años de edad más o menos, hija de Ignacia, difunta, y de Juan de Dios, para que de esta fecha en adelante sea libre y no sujeta a esclavitud ni servidumbre.
Don Severiano Franco, residente en esta villa de Córdoba, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, en voz y en nombre de doña María Arias, su madre, viuda del Alférez Diego de Cuéllar, vecina de dicha ciudad, y en virtud del poder especial que de ella tiene otorgado, vende al Señor don Manuel de Rosas, Caballero del Orden de Calatrava, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad y electo Gobernador de la ciudad de Tlascala [Tlaxcala], a saber una negra esclava suya nombrada Ignacia, casta rayada, de edad de diecinueve años, misma que compró de doña Gertrudis de Ledezma y Quintanilla, viuda de Diego Jerónimo Leal, vecina dicha ciudad de la Veracruz. La vende por esclava cautiva sujeta a perpetuo cautiverio y servidumbre, libre de empeño, enajenación e hipoteca sin asegurarla de ninguna enfermedad, tacha vicio ni defecto, al precio de 300 pesos de oro común en reales.
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