Marcos de Acosta, vecino de la jurisdicción de Jalapa, vende a Nicolás de Acosta, vecino del pueblo de Naolinco, una negra esclava nombrada María Concepción, de 23 años que hubo por remate que se le celebró el 18 de marzo de 1721, cuya esclava se encuentra libre de empeño, hipoteca y enajenación, sin asegurarla de ninguna tacha, vicio, defecto ni enfermedad pública ni secreta, en 350 pesos de oro común que por ella le ha dado y pagado.
Don Manuel de Acosta, vecino del pueblo de Naolinco, hijo, heredero y albacea del difunto don Marcos de Acosta, declara que ha recibido de don Agustín García Campomanes, la cantidad de 2, 400 pesos, los cuales se obligó a cubrir, por la compra de la hacienda San Roque, por lo que el declarante, da por nula y rota la escritura de obligación de dicha compra.
Marcos de Acosta, dueño de recua y hacienda de ganado mayor en esta jurisdicción, otorga poder especial a Fernando Antonio de Ortega, vecino de Puebla, para que en su representación, haga las posturas que quisiere, pero que no excedan de 500 pesos anuales, a los diezmos del Curato de Naolinco, Tlacolula y Misantla, en los cuales los obligue por la cantidad en se importasen, otorgando para ello escrituras, con las fianzas y circunstancias que se le pidan.
Marcos de Acosta, vecino de esta jurisdicción, vende al Sargento Felipe de Acosta, una esclava, mulata prieta, nombrada Polonia, de 19 años, que hubo de Marcos Yáñez Remusgo de Vera, libre de empeño, sin asegurarla de defecto, vicio ni enfermedad, al precio de 250 pesos.
Marcos de Acosta, vecino de esta jurisdicción, vende a Manuel Domínguez, vecino de Coatepec, una esclava mulata, de 26 años, nombrada Marcela, con una criatura de pecho, que hubo de Pedro Moreno, libre de hipoteca, sin asegurarla de vicio, enfermedad ni defecto, al precio de 400 pesos.
Luis José de Acosta, vecino de la doctrina de Naolinco, en el paraje de Rancho Nuevo, hijo legítimo de los difuntos Sargento José de Acosta y Marcela Sayago, otorga poder para testar y nombramiento de albaceas a su mujer Josefa Tomasa de Guevara, en compañía de Tomás y Marcos de Acosta, sus hermanos y como heredera de la mitad de sus bienes, a su citada esposa y la otra mitad a Ignacia y Miguel José, huérfanos que han criado.
Don Marcos de Acosta, labrador y vecino de la jurisdicción de San Juan de los Llanos, arrienda a don Nicolás de Acosta, vecino de Naolinco, un pedazo de tierra que comienza en el paraje llamado el Campanario en términos de Naolinco hasta una cruz que es el lindero que divide a estas de las del rancho de Santa Cruz por el oriente, por el sur con tierras de don Agustín García Campomanes por el paraje que llaman la Cueva, el cual arrienda por tiempo de 9 años con un cobro de 12 pesos anuales.
Marcos de Acosta, vecino de esta jurisdicción, otorga poder a José Ramos, vecino de este pueblo, para que demande y cobre cantidades de dinero, que le estén debiendo.
Don Antonio María de Casas otorga que debe y se obliga a pagar a don Luis García Teruel, dueño y vecino de la hacienda de Lucas Martín, la cantidad de 5 500 pesos que por hacerle bien y buena obra le ha suministrado para los giros de su hacienda de San Antonio; cuyo pago hará entregándole 100 barriles de aguardiente de caña cada mes, o 120 salvo accidentes o casos fortuitos, procedentes de la fábrica que de este licor tiene el otorgante en la mencionada hacienda de San Antonio, comenzando a entregarlos luego que trabaje dicha fábrica. El mencionado aguardiente lo ha de vender Teruel a los precios corrientes del día en que lo reciba y de éstos le ha de hacer el otorgante una baja en cada barril, la que convengan entre ambos. Para seguridad hipoteca la expresada hacienda, que es de ganado mayor y de caña, en términos de este cantón, en el llano que llaman de Chiltoyac, que se compone de tres sitios al pie del cerro nombrado Acatepeque, el uno en el Infiernillo y el otro en el paraje que llaman la Laguna de los Cimarrones y el otro en el Platanillo; cuya hacienda heredó su madre doña Josefa Francisca García Campomanes, de su padre don Antonio García Campomanes, quien la heredó de don Agustín García Campomanes y éste la compró al Alférez don Marcos de Acosta, vecino y labrador de San Juan de los Llanos.
Sem títuloManuel de Acosta, como principal, Marcos de Acosta y Eugenio de la Peña, fiadores vecinos de la jurisdicción de Jalapa, se obligan a pagar a la Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles, 525 pesos de oro común que le están debiendo de diezmos de los trapiches de Naolinco y de los ingenios de Jalapa, que fueron a su cargo, cuyo pago han de hacer a 50 pesos en cada división, siendo la primera por septiembre y diciembre de este año y el resto en los años siguientes por los meses de mayo, junio, septiembre y diciembre, hasta terminar.