Don Nicolás de Barreda Gayon, natural de la villa de Llanes en los Reinos de Castilla, en las Asturias del Obispado de Oviedo y vecino del pueblo de Naolinco, hijo legítimo de Don Antonio Barreda Gayon y de Doña María Posadas Nava, casado con Doña Josefa de Castro, viuda de José de Zárate, otorga poder para testar y nombramiento de albacea a Don Diego Cardeña, su yerno y Escribano Público de esta jurisdicción.
Isabel de Acosta, mujer legítima de Antonio de la Barreda Gayón, vecina del pueblo de Naolinco, dijo que tiene pleito en este juzgado contra su marido, por lo que otorga poder especial a don Francisco Miguel de Campo, vecino del pueblo de Jalapa, para dicho pleito y general para todos los demás que de él emanen, sobre cuya razón parezca en juicio en cualquier tribunal eclesiástico y secular a hacer pedimentos, requerimientos, protestas, embargos de bienes y demás autos judiciales y extrajudiciales que convengan.
Doña Isabel de Acosta, vecina de este pueblo de Jalapa, hija legítima de los difuntos Manuel de Acosta y Lucía Lagunes, casada en primeras nupcias con Antonio de la Barreda Gayón y en segundas con Sebastián González, otorga poder para testar al Licenciado don Pedro García de Baldemora, Clérigo Presbítero, domiciliado de este Obispado de la Puebla de los Ángeles, y el Licenciado don Antonio Díaz de Acosta, así como de albaceas y como herederos, nombra a sus hijos naturales Manuel e Ignacia de Acosta.
Isabel de Acosta, mujer legítima de Antonio de la Barreda Gayón, vecina del pueblo de Naolinco, otorga poder general al mencionado Antonio de la Barreda, para que pueda recibir y administrar todos sus bienes y capitales, asimismo para que pueda imponer cualquier censo y para que finalice el juicio divisorio y demás diligencias que se están haciendo sobre la partición de bienes que quedaron por muerte de su padre Manuel de Acosta.
Manuel y Marcos de Acosta, Antonio García de Baldemora, con poder de Catalina de Acosta, Antonio de la Barreda Gayón, marido de Isabel de Acosta, vecinos del pueblo de Naolinco, y por otra parte Gaspar de Heredia, marido de Margarita de Acosta y Ventura de Acosta, dijeron que en este juzgado se ha seguido juicio divisorio de los bienes que quedaron por muerte de su padre Manuel de Acosta, entre ellos un trapiche del cual no pueden sacar cosa alguna hasta pagar las deudas, ya que se hizo pregón y no hubo postor, por lo que han convenido concertar que Gaspar de Heredia y Ventura de Acosta, reciban los 2 trapiches por vía de depósito y composición con todos lo que ahí se tiene, pero estos no han de sacar fuera de sus frutos ningún otro bien, salvo que sea necesario vender algún esclavo por algún defecto y en todo caso se ha de comprar otro con el mismo importe, y para mayor seguridad dan como fiador a Antonio de la Barreda Gayón, y los demás se desisten y apartan, lo ceden y transfieren a Gaspar de Heredia y Ventura de Acosta por el trabajo y asistencia que han de tener en el trapiche.