Don Miguel Gómez de Soto, vecino y labrador de la jurisdicción de San Juan de los Llanos, otorga en renta, a don Gregorio Fernández Mantilla, una casa ubicada en el pueblo de Jalapa, por tiempo de cinco años, por el precio, calidades y condiciones expresadas en el poder otorgado por doña Mariana de la Cruz Flores Moreno, vecina de la Ciudad de México y viuda del Capitán don Luis González de Lucena, a favor de don Miguel de Soto.
Fray José Miguel Enriquez, Prior del Convento Hospital de Nuestra Señora de Belén, del pueblo de Perote, jurisdicción de Jalacingo, vende a don Miguel Gómez de Soto, dueño de hacienda en la jurisdicción de San Juan de los Llanos, un sitio de ganado menor, situado desde el portezuelo de tierras de Tenextepec y camino del Marqués, hasta la punta del Malpaís, perteneciente a este hospital, al precio de 500 pesos de oro común de principal censo, cuyos linderos son por una parte, tierras de dicho hospital que posee Manuel Hernández llamadas Aguatepeque, por el sur con tierras de Temascalzingo propiedad del comprador, por el poniente con punta del Malpaís, camino de Pizarro, al norte con las de don José Mariano.
Fray José Miguel Enríquez, Prior del convento hospital de nuestra Señora de Belén, del pueblo de Perote, jurisdicción de Jalacingo, apreciada en esta de Jalapa, informa que este hospital tiene un sitio eriazo sin casas ni agua, con ganado menor, que se ubica bajando las tierras de Tenextepec y camino del Marqués a la punta del Malpaís, adelante de dicho puerto y camino del Marqués, como a una legua por la parte poniente; el mencionado sitio desean conmutarlo por otro que vendieron al señor Miguel Gómez de Soto, quien acepta realizar dicha transferencia.
Don Manuel Romero, vecino de este pueblo de Misantla, jurisdicción de La Antigua Veracruz, declara que junto con don Juan López Meylan, vecino de este pueblo, compraron a Miguel Gómez de Soto, Labrador y vecino de la jurisdicción de San Juan de los Llanos, la hacienda de Santa Bárbara alias Llano de Muchachos, y que se dividió a la mitad entre ambos compradores, aceptando los citados hacer la compra.
Don Antonio de Heras Pedrajo, natural de la Villa de Santander, Arzobispado de Burgos en los reinos de Castilla, hijo legítimo de los difuntos don Pedro de Heras y Barreda, y doña María de Pedrajo Gómez, casado con doña Teresa Vázquez, otorga poder para testar y de albaceas, al Bachiller don José Antonio de Castro y Gamboa, cura de San Andrés Cholula, al Capitán don José Robledano y don Miguel Gómez de Soto, Labrador y vecino de este pueblo, y como heredero universal nombra a su hijo José Antonio.
Lucas Francisco de Ayala, vecino del pueblo de Jalapa, vende a Miguel Gómez de Soto, vecino y labrador en la provincia de San Juan de los Llanos, una casa y solar que tiene en este pueblo, mide 57 varas de frente y 34 de fondo, ubicada en la Calle Real que de la Plaza Pública va al camino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, linda al oriente con un pedazo de solar y casa de Juan Rodríguez, al poniente con callejón y casa enfrente en que hoy vive doña María de Thormes, al norte con el arroyo que baja de Xallitic y fuente de Techacapa, al sur con la Calle Real y hace frente con casa y solar de Calixto Ventura López. La venta se hace en 1 150 pesos de los cuales 250 le ha entregado de contado y 200 ha de reconocer a censo redimible que tiene sobre sí a favor del Convento de San Francisco, obligándose a pagar sus réditos y los 700 restantes le ha de pagar en el mes de diciembre.
Lucas Francisco de Ayala, vecino del pueblo de Jalapa, otorga que ha recibido de Miguel Gómez de Soto, vecino de San Juan de los Llanos, 700 pesos de oro común, mismos que le quedaba a deber del valor de su casa que le vendió en 950 pesos el 22 de junio de 1716.\r\n
Don Miguel Gómez de Soto, labrador dueño de hacienda, en la jurisdicción de San Juan de los Llanos, otorga poder especial a don Juan de Arzapalo y Jiménez, vecino de Huauchinango, para que en su nombre tome posesión de unas tierras suyas que tiene en Apapastla, jurisdicción de Tulancingo, asimismo para que las pueda vender o arrendar de contado o al fiado por los tiempos y plazos que por bien tuviere.
Don Miguel Gómez de Soto, vecino de la provincia de San Juan de los Llanos, por una parte, y por la otra Lucas de Mojica, vecino de la jurisdicción de La Antigua Veracruz, dijeron que el primero otorgó escritura de venta al segundo de 2 sitios de tierra para ganado menor en términos de Juchique; ahora han convenido y ajustado que en caso de que cualquiera de los dos decida venderlo a un tercero ha de ser obligado a citar al otro para ello y no requiriéndose al otro, constituyen y declaran por nula, de ningún valor y efecto la venta que hicieren.
Don Francisco Martínez Lorindo, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, con poder otorgado a su favor por de don Miguel José Gutiérrez de Soto, Presbítero y vecino de la Ciudad y Puerto de Santa María, y por muerte de doña Luisa López de Soto, otorga que ha recibido de don Pedro Fermín de Ochoa, albacea del difunto don Miguel Gómez de Soto, la cantidad de 100 pesos de oro común, mismos que el difunto don Miguel Gómez de Soto por cláusula de codicilio le legó por fallecimiento de su esposa Luisa al mencionado don Miguel José Gutiérrez de Soto.