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Descrição arquivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0017-PX_0017_0339 · Item · 20/03/1723
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El Capitán Luis González de Lucena, natural de Cádiz, hijo legítimo del Capitán García González de Lucena y de doña Juana María de Vesa, difuntos; y doña Mariana de la Cruz Flores Moreno, hija legítima del Alférez Sebastián de Flores Moreno y de doña Gertrudis de la Gala y Thormes; marido y mujer vecinos de Jalapa, estando sanos del cuerpo, en buen acuerdo y en prevención de futuros contingentes, otorgan su testamento de la siguiente forma: hacen las mandas acostumbradas. No deben a nadie. Tienen en su poder 200 pesos que pertenecen a Francisca Manuela. Declaran que algunas personas les deben cantidades pequeñas. Al tiempo de casarse él trajo 600 pesos y su mujer trajo de dote 10, 000 pesos; tienen 4 hijos legítimos. Nombra como albacea a don José Joaquín de Flores Moreno, hermano de él y a su mujer y ella nombra a su marido.

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MX UV.USBIX ANX-P-0015-PX_0015_0221 · Item · 23/02/1711
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Andrés Monares de Vargas, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que don Pedro Velázquez de la Cadena, vecino de esta jurisdicción, otorga poder especial a don García González de Lucena, para que en su representación reciba y cobre a Pedro Velázquez de la Cadena 60 pesos que le dio y suplió en reales, asimismo haga las diligencias que se requieran para el efecto de la paga.

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MX UV.USBIX ANX-P-0015-PX_0015_0155 · Item · 14/10/1709
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Luis González de Lucena, vecino de Jalapa, como hijo legítimo y heredero del Capitán García González de Lucena y de doña Juana María de Vesa, vecinos que fueron de la Ciudad de Cádiz, cuyas herencias tiene aceptadas con beneficio de inventario, otorga poder especial en primer lugar a Julián González de Lucena, Caballero de la Orden de Santiago y Alguacil Mayor del Santo Tribunal de la Inquisición de la Ciudad de Moguel, en los Reinos de Castilla, y por su ausencia al Licenciado Lucas González de Lucena, Presbítero, y por la de ambos a Francisca González de Lucena, sus hermanos, vecinos de dicha ciudad, para que en su representación reciban cuentas de cualquier albaceas, depositarios o administradores que hayan dejado sus padres.