Don Antonio Callebout y don Francisco Pren y Castro, estantes en la Villa de Xalapa, dijeron que por orden comunicada por el señor intendente de esta provincia se les ordeno manifestasen sus intereses y entretanto no diesen fianzas abonadas los tendrían a disposición de la superioridad y sus personas sujetas a carcelaria en sus casas, por lo que don Juan Mateo Juille y don Juan Benito Muedra otorgan se constituyen como fiadores de don Antonio Callebout y don Francisco Pren.
Diego de Pren y Castro, residente en Jalapa, vecino de la ciudad de Cádiz en los Reinos de Castilla, dijo que su hermano Francisco de Pren y Castro le pidió que cobre a don Vicente Alonso de Contreras, difunto, vecino que fue de la Ciudad de Zacatecas, el costo de algunas mercaderías que le compró; ante ello otorga poder especial a don Juan del Castillo, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de la Ciudad de México, para que en su representación y el de su hermano, reciba y cobre de las personas o herederos de Vicente Alonso de Contreras la cantidad que importe la deuda con los réditos que le correspondan y otorgue los recibos correspondientes.
Don Antonio Callebout,del Comercio de España, residente en la Villa de Xalapa, por vía de codicilo nombra a don Francisco Pren y Castro, residente en esta Villa, para que por fallecimiento del otorgante proceda a su funeral y entierro en el modo y forma que le tiene comunicado, y para que recogidos los bienes del otorgante los dirija a su albacea don Ángel Pedro Puyade.