Doña Gertrudis de la Gala y Thormes, viuda vecina del pueblo de Jalapa, albacea de Juan de Thormes, tutora y Curadora de sus menores hijos, y el Capitán Miguel Castellanos de Ibarra y Ezpeleta en nombre y representación de Pedro Miguel de Thormes, difunto, y el Capitán Bartolomé de Castro, como apoderado de doña Juana de los Santos y Thormes, otorgan en arrendamiento a José Robledano de Cardeña, de la misma vecindad, una casa ubicada en este pueblo que quedó de los bienes de Juan de Thormes que esta proindiviso entre los herederos, por un tiempo de 6 años que corren de esta escritura, en 140 pesos por cada año descontándosele de ella los reparos y agravios que para su manutención hiciere.
El Capitán Bartolomé de Castro, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que don Juan Rodríguez de Tejada, vecino de la Puebla de los Ángeles, le sustituyó poder conferido por doña Juana de los Santos y Thormes, su mujer, y respecto a ser general para cobranzas, pleitos, transacciones y ventas, usa ese poder por el que otorga que permuta con Juan José de Thormes, de la misma vecindad, un negro esclavo suyo nombrado Juan Tomás, criollo de La Habana, de 26 años más o menos, soltero que lo hubo y compró de don Agustín Suárez, sin asegurarlo de ninguna tacha, vicio, defecto ni enfermedad pública ni secreta, libre de empeño, hipoteca y enajenación; lo permuta por un forlón de Juan José de Thormes, cuyo valor es el mismo con muy corta diferencia, del cual se da por entregado desistiéndose de los derechos de propiedad.
El Capitán Bartolomé de Castro, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que el poder que le sustituyó don Juan Rodríguez de Tejada, vecino de la Ciudad de la Puebla, de doña Juana de los Santos y Thormes, su mujer, para tomar cuentas, recibir y cobrar los pesos que se le deban por cualquier título y para todos los pleitos, causas, negocios civiles y criminales, otorgado el 21 de enero de 1719, cuyo poder lo vuelve a sustituir en don Tomás Martínez Navarro, residente en este pueblo, para que use del citado poder con las generalidades contenidas en el original.
Don Juan Rodríguez de Tejada, residente en Jalapa, vecino de la Nueva Ciudad de la Veracruz, marido legítimo de Juana de los Santos y Thormes, heredera del Capitán Juan de Thormes, actuando con poder que le otorgó en la Ciudad de Puebla de los Ángeles, recibe del Alférez Sebastián de Flores Moreno, mercader vecino de Jalapa, y de Doña Gertrudis de la Gala y Thormes, su mujer, como albaceas de su padre, la cantidad de 12 mil pesos de oro común en reales que forman parte de su herencia.
Juan de Thormes, vecino y mercader del pueblo de Jalapa, dijo que tiene en el convento de religiosas de la Señora Santa Clara en la Ciudad de Puebla de los Ángeles a su hija Lorenza Isabel de San Antonio y Thormes en el noviciado, próxima a recibir la profesión de religiosa y en su compañía tiene a su otra hija Juana de los Santos y Thormes, todavía de seglar. A la primera le tiene asignados 2, 000, los cuales le donó para que se los entreguen después de fallecido para que los haya para sí y el mayordomo que a la sazón fuere del convento pueda ponerlos sobre finca segura a su satisfacción. Y es de entender, que faltando Lorenza Isabel ha de recaer la posesión en su otra hija y por falta de ambas ha de recaer la renta en la religiosa que la última de sus 2 hijas elija y a falta de esa persona recaería en el convento, con declaración, que todo lo referido no se a de poder ejecutar hasta después de haber fallecido el otorgante.
El Licenciado José Joaquín de Flores Moreno, Presbítero residente en el pueblo de Jalapa, hijo del Alférez Sebastián de Flores Moreno y doña Gertrudis de Gala y Thormes, su heredero y don José Ramos, defensor nombrado por la Real Justicia, don Juan Rodríguez de Tejada, vecino de la Ciudad de la Puebla, con poder que para ello tienen de doña Juana de los Santos y Thormes, su mujer, don Tomás Martínez Navarro, vecino del puerto de Santa María en los Reinos de Castilla, y Juan José de Thormes, todos acreedores a dichos bienes, dijeron que por lo que a cada uno toca como interesados, han convenido con el Capitán Juan de Malpica venderle una casa con su solar que quedó de doña Gertrudis de Thormes, y poniéndolo en efecto José de Flores en virtud de licencia que para ello tiene de la Real Justicia, vende al Capitán Juan de Malpica una casa de cal y piedra con solar, ubicada en la calle Real que de la plaza pública sube para el camino [Real] de México, en 4, 000 pesos que por ella ha de pagar al Capitán José Robledano de Cardeña, depositario de dichos bienes.
Tomás Martínez Navarro, residente en el pueblo de Jalapa, vecino del puerto de Santa María en los Reinos de Castilla, en nombre de Manuela de Castellanos, su mujer, como heredera de Juan de Dios Thormes, su hijo, y de Pedro Miguel de Thormes, su primer marido, quien fue hijo y heredero de Juan de Thormes, y Juan José de Thormes, vecinos de este pueblo, dijeron que por la partición de los bienes se les aplicó la tercia parte de 1, 300 pesos que debía su padre a Juan Bravo de Alarcón y la otra tercia se le asignó a Juan Rodríguez de Tejada, vecino de la Puebla de los Ángeles, como marido de Juana de los Santos y Thormes, también heredera, pero están convenidos con Juan de Tejada a traspasarle dicha tercia en pago de las costas que reportó en el pleito que siguió con el Alférez Sebastián de Flores Moreno, en tal virtud, por parte de Manuela y por el otro Juan José ceden y traspasan la tercia parte que a cada uno les toca según se les aplicó por la hijuela contraída, para el debido pago.
Don Juan Rodríguez de Tejada, residente en Jalapa, vecino de la Nueva Ciudad de la Veracruz, como marido legítimo de Juana de los Santos y Thormes, hija natural y heredera del Capitán Juan de Thormes, en virtud del poder en el cual acepta la herencia con beneficio de inventario y protestación de no confundir sus derechos, recibe del Alférez Sebastián de Flores Moreno, mercader vecino de Jalapa y de Gertrudis de la Gala y Thormes, como albaceas de su padre, la cantidad de 8, 103 pesos y 3 reales y medio.
Juan Rodríguez de Tejada, vecino de la Ciudad de los Ángeles, residente en Jalapa, dijo que es apoderado de Juana de los Santos y Thormes, su legítima mujer, hija y heredera de Juan de Thormes; usando ese poder lo sustituye en Bartolomé Cosío, para que en su nombre pueda seguir todos los autos y diligencias judiciales y extrajudiciales según y como más conveniente le parezca, de lo que a su esposa le toca por la división de bienes que son a cargo del Alférez Sebastián de Flores Moreno, como albacea y tenedora de los bienes de Juan de Thormes, padre de su mujer.
El Alférez Sebastián de Flores Moreno, mercader vecino de Jalapa, albacea testamentario del Capitán Juan de Thormes, y Juan Rodríguez de Tejada, vecino de la Ciudad de los Ángeles, residente en este pueblo, marido legítimo de doña Juana de los Santos y Thormes, hija natural y heredera del mencionado Capitán, otorgan que se obligan entre sí a que puestas las adiciones que sobre la hijuela de división que por herencia le toca a doña Juana, y el Teniente General Bartolomé de Castro, usando la facultad de Juez competente las remita a dos asesores letrados, para que estos en vista de los autos de esta materia sentencien a favor de aquél según derecho encuentren justo.