Josefa de la Peña, viuda del Capitán Gonzalo Márquez de Acevedo, hija legítima de Sebastián de la Peña y de Doña Ana de Alfaro, natural de la Nueva Ciudad de la Veracruz, vecina del pueblo de Jalapa, otorga poder para testar a Álvaro de Paredes Valdéz, su yerno, de la misma vecindad, para que en cualquier tiempo ordene su testamento donde haga las mandas y legados, obras pías y graciosas que quisiere y todo lo demás que por bien tuviere.
Doña Ana Márquez de Acevedo, vecina del pueblo de Jalapa, hija legítima del Capitán Gonzalo Márquez de Acevedo y de doña Josefa de la Peña, difuntos, otorga su testamento donde declara lo siguiente: ha sido casada con don Álvaro de Paredes y Valdéz, no tuvo hijos legítimos. Su marido no tenía capital alguno y a ella le dieron sus padres algunos pesos, alhajas de ropa y menaje de casa. Tiene entre sus bienes una casa que fue de sus padres, ubicada en la esquina inmediata de la parroquia, la cual se encuentra proindivisa entre doña Juana de Castro y doña María de Urquía, su prima, declara no tener otros bienes. Nombra como heredera a su alma y la de sus padres por no tener herederos forzosos.
El Capitán Gonzalo Márquez de Acevedo, Alguacil Mayor del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición, vecino del pueblo de Jalapa, natural de la Villa de Trigueros del Condado de Niebla en España, hijo legítimo de Lorenzo Márquez y Ana Pérez, otorga poder para testar a doña Josefa de la Peña, su mujer. Declara ser hermano de la Cofradía de las Benditas Ánimas, Santa Veracruz, y Santísimo Sacramento en la parroquia de este pueblo. Declara ser patrono de las capellanías que fundaron Francisca Díaz Becerra sobre el molino de pan moler que nombran de Sedeño en la Iglesia y Convento de San Francisco y de la capellanía que instituyó Isabel López Muñoz, asimismo es hermano de la que instituyó María de la O Muñoz sobre el rancho y sus tierras que está contigua al molino de pan moler; para tal caso nombra como patronas a Josefa de la Peña, a Ana Márquez de Acevedo, su hija, y a Álvaro de Paredes y Valdéz, también su hijo. Nombra como albaceas testamentarias a su mujer, a Sebastián de la Peña, su hermano y a su hijo. Como heredera nombra a su hija Ana Márquez de Acevedo.
Don Diego Gaspar, Gobernador, don José de la Cruz, Alcalde, Roque Gutiérrez, Regidor; y Mateo Francisco, Escribano, entre otros vecinos de San Andrés Acatlán, mediante el Escribano dijeron que otorgan poder general a don Álvaro de Paredes y Valdéz, vecino del pueblo de Jalapa, para que los represente en todos sus pleitos, causas y negocios que tuvieran con cualquier persona, pueblo o comunidad.
Diego Hernández, Gobernador del pueblo de Jalapa; Diego Durán, Pedro de Santiago y Juan de los Santos, Alcaldes; Juan Pedro, Pedro Ramos y Juan Nicolás, Regidores y demás oficiales, común y naturales del pueblo de Jalapa, sin intérprete por ser ladinos en la lengua castellana, asimismo Álvaro de Paredes y Valdéz, Curador Defensor nombrado por ellos para la venta del mesón, dijeron que por pedimento de los herederos de Mateo González, se le vendió y remató el mesón público de este pueblo que era suyo, en Laureano Fernández de Ulloa en 1, 510 pesos, de los cuales 844 pesos y 2 tomines de contado, y con ellos pagaron las mejoras que hicieron al mesón, y el resto a censo perpetuo a favor de dicho pueblo.
José de Vera, Alguacil Mayor de la provincia de Jalapa, otorga en arrendamiento a Álvaro de Paredes y Valdéz, de esta vecindad, la vara de Alguacil Mayor para que la use y ejecute en la misma conformidad que debiera, gozando de todas las honras y preeminencias anexas y concernientes a dicho cargo, con todas las prebendas, salarios y derechos, con la calidad de que todos ellos le ha de reservar como propietario, así lo ejecute en virtud del nombramiento que le tiene hecho.
Josefa de la Peña, viuda del Capitán Gonzalo Márquez de Acevedo, vecina del pueblo de Jalapa, otorga poder para venta a Álvaro de Paredes y Valdéz, su yerno, de la misma vecindad, para que en su representación venda de contado o a trueque, 2 esclavos criollos nacidos en su casa, hijos de Ana María, la primera de nombre Josefa Benita de 13 años y la segunda Micaela Antonia de 9 años más o menos, las cuales no las asegura de ninguna tacha, defecto ni enfermedad pública ni secreta.
El Alférez Sebastián de Flores Moreno, el Capitán Miguel Jerónimo López de Ontanar, el Capitán Antonio de Campo, el Alférez Juan Meléndez Favio, don Álvaro de Paredes y Valdéz, José Ramos de Bustos, Diego de la Torre Arnate, entre otros vecinos de Jalapa, dijeron que por noticia que les ha llegado, el Capitán don Luis Fernández de la Flor y Pareja, Caballero del Militar Orden de Santiago, ha sido notificado salga de ella so pena pecuniaria, y atendiendo a las buenas partes, calidades y méritos que concurren en él, otorgan poder especial a José de Ledezma, Procurador del Número de la Real Audiencia, para que los represente y parezca ante la Real Audiencia y demás tribunales que convengan y pida la corroboración y enmiendas expresando los fundamentos, motivos y razones de la noticia que les ha llegado.
Doña Josefa de la Peña, viuda del Capitán Gonzalo Márquez de Acevedo, vecina del pueblo de Jalapa, hija legítima del Alguacil Mayor Sebastián de la Peña y de doña Ana de Alfaro, otorga su testamento donde declara tener entre sus bienes 3 mulatas esclavas: Josefa de 11 años, Martina Sebastiana de 9, y Marcela de 7, a esta última la tiene empeñada a Juan Bravo de Alarcón. Tiene también las casas de su morada. Nombra como albacea testamentaria a don Álvaro de Paredes y Valdéz y a doña Ana Márquez de Acevedo, sus hijos, y como heredera a su hija Ana.