El Alférez Sebastián de Flores Moreno y doña Gertrudis de la Gala y Thormes, su legítima mujer, vecinos del pueblo de Jalapa, instituyen y fundan una capellanía de misas rezadas por 3, 000 pesos de oro común de principal, especialmente sobre 2 casas. Una linda por un costado con casa y solar de Francisco García de Mendoza, al fondo con casa de Francisco Ibáñez, al frente con la Calle Real que sube de la plaza para el camino [Real] de México; la otra linda al frente con la misma Calle Real, al fondo con la calle que de la plaza sube para el Calvario, a un costado con el callejón de la casa de Inés López y por el otro con casa de Francisca Zavala, las casas se encuentran tazadas en 8, 500 pesos y se obligan a pagar a los capellanes que fueran, 150 pesos de oro común en cada año. Nombran como primer capellán propietario al Bachiller José Joaquín de Flores Moreno, su hijo legítimo y por su falta a Juan Francisco de Lucena, su nieto, y por la falta de los 2 a cualquier hijo de Mariana de la Cruz Flores Moreno, su hija.
Doña Ignacia María de Herrera Espinar y Ugarte, viuda de don Francisco García de Mendoza, vecina del pueblo de Jalapa, tutora y curadora de sus menores hijos, como tal, otorga poder al Licenciado Luis de Quintana, Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla, residente en la Ciudad de la Veracruz, para que en su nombre y la de sus hijos pida, reciba y cobre de cualquier persona las cantidades de pesos y otras cosas que le toquen de los bienes que quedaron de su marido; asimismo para que pueda vender cualesquier bienes muebles y raíces; para todos sus pleitos, causas y negocios que tiene o tuviere y especialmente para que la defienda en el reintegro de su carta de dote.
Francisco García de Mendoza, vecino de la ciudad de la Nueva Ciudad de la Veracruz, residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder general a Diego Barroso en primer lugar y en segundo a José Fernández de la Fuente, de la misma vecindad, para que lo representen en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que al presente tiene y en adelante tuviere con cualesquier persona.
Francisco García de Mendoza, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que como resto de cuentas que tuvo con don Miguel Díaz de Córdoba, dueño de hacienda de labor en la jurisdicción de San Juan de los Llanos, le quedó debiendo 197 pesos y 7 reales y medio de oro común, los cuales pagó por carta orden a don Marcos de Noroña, traficante que se encuentra ahora en el puerto de Acapulco y que regresará hasta el mes de mayo o junio, por haberle mostrado carta del otorgante, quien dijo no haber otorgado carta alguna. Han concertado, así, que lo esperará hasta el mes de junio a efecto de que pueda conseguir la carta, de lo contrario pagará la cantidad mencionada sin pleito alguno, por lo que se obligan a cumplir lo que a cada uno le toca.
Doña Ignacia de Herrera Espinar y Ugarte, mujer legítima de don Francisco García de Mendoza, vecinos del pueblo de Jalapa, otorga poder a su marido para que la pueda obligar hasta en la cantidad de 1, 000 pesos como su fiadora y principal pagadora de mancomún, para cuyo efecto otorgue en su nombre las escrituras que fueran necesarias a favor de las personas o comunidades que dieran esa cantidad con hipoteca de bienes raíces y con la general de muebles.
El Capitán Luis Fernández de la Flor y Pareja, de la Orden de Santiago, don Francisco García de Mendoza, los Capitanes Luis González de Lucena, don Bartolomé de Castro, don José Robledano de Cardeña, los Alféreces Juan de Morales y Juan José Rincón, Luis Fernández de Ulloa, Pascual de Castro, Diego de Castro, Cipriano Sancho y Lucas Francisco de Ayala, todos vecinos de la jurisdicción de Jalapa, otorgan poder especial a don Lorenzo de Richarte y a don Antonio Chavero Santa Cruz, residentes en la Ciudad de México, para que en sus nombres, de los demás vecinos y comerciantes de la jurisdicción de Jalapa y Jalacingo su agregada, por quienes prestan voz y caución, para que cualquiera de los dos parezca en la Real Almoneda que se celebrará en la Ciudad de México en el remate de las alcabalas de esta jurisdicción y de su agregada a hacer las posturas que por bien tuvieren bajo las condiciones, circunstancias y calidades que asienten.
Juana Gregoria de Herrera, vecina de la Nueva Veracruz, mujer legítima de Francisco García de Mendoza, dijeron que hallándose en la Ciudad de México otorgaron escritura de obligación a favor del Capitán Blas Mejía de Vera, por la cantidad de 5, 000 pesos de oro común para pagar en un año, con hipoteca de 2 casas ubicadas en Veracruz, obligándose asimismo don Agustín de Manzanilla, vecino de la Ciudad de México. Por la presente escritura ratifican la obligación otorgada por los 5, 000 pesos de oro común arriba mencionados.
Ignacia María de Herrera Espinar y Ugarte, viuda de Francisco García de Mendoza, vecina de este pueblo, otorga poder general a Juan Martínez de Soria, Oficial Real de la Real Caja de la Ciudad de México, para que reciba y cobre judicialmente a cualquier persona las cantidades de dinero, oro, plata y joyas que le adeuden.
Juan de Thormes, vecino y mercader del pueblo de Jalapa, vende al Capitán Francisco García de Mendoza, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, una negra esclava nombrada Teresa, de 30 años más o menos, mediana de cuerpo, de buenas carnes, que compró a Sebastián Díaz de Acosta, vecino de este pueblo, el 24 de julio de 1693. La venta se hace libre de censo, empeño e hipoteca en 200 pesos de a 8 reales cada uno que por su valor ha recibido.
Petrona de Arauz, parda libre, viuda vecina del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Francisco García de Mendoza, vecino de la Nueva Ciudad de la Veracruz, para que en su representación pueda vender al contado a la persona que por bien tuviera, y por el más alto precio, una negra esclava nombrada María Josefa, criolla de 14 años más o menos que hubo y compró de don Ignacio de Herrera Loza, vecino de la Veracruz por escritura que a su favor otorgó el 1 de octubre de 1701. La esclava es libre de empeño e hipoteca sin asegurarla de ninguna tacha, vicio ni enfermedad pública ni secreta.