Diego de Orduña Loyando y su padre, Francisco de Orduña, se obligaron a pagar a Cristóbal de Campo 3 962 pesos y 4 tomines de oro común, precio de 12 piezas de negros esclavos, bozales, para el día 1 de febrero de 1604, en una sola paga.
El Capitán Don Diego de Orduña Loyando, residente en su ingenio nombrado San Pedro, dio su poder cumplido a su primo Don José de Villanueva, vecino de la ciudad de Los Ángeles, para que en su nombre y a su dita y crédito compre un negro y una negra, bozales o ladinos, por el precio que le pareciere, y lo obligue a la paga en los plazos que concertare.
Juan Gómez Paisano, vecino de esta provincia, se obligó a pagar al Capitán Don Diego de Orduña Loyando, señor de su ingenio, 75 pesos de oro común, restantes de una cédula de 100 pesos que su padre Juan Esteban Paisano la debía, en esta manera: la mitad para de la fecha de esta escritura, en cuatro meses corridos; y la otra mitad, para de allí en otros cuatro meses.
Francisco de Orduña Loyando, vecino de la ciudad de Los Ángeles, dijo que habiéndose concertado el casamiento de su hijo Diego de Orduña Loyando con Ana del Castillo[Ana de Guadalajara y Castillo], se obligó a darle a su referido hijo 2 000 pesos de oro común, de renta en cada un año, a partir del día que tuviere efecto el dicho casamiento, por todos los días de su vida, para que se alimente y sustente conforme a la calidad de su persona.
El Capitán Don Diego de Orduña Loyando, residente en este su ingenio de azúcar, dio su poder cumplido a Francisco de la Cruz Obregón para que en su nombre, juntos de mancomún, lo pueda obligar, y él como su fiador, a que pagarán a Dominga Díaz y a sus herederos, 3 225 pesos y 4 tomines del alcance y remate de cuentas que hicieron, en los plazos por ellos convenidos.
El Capitán Don Diego de Orduña Loyando, residente en este su ingenio de azúcar, dio su poder cumplido a Juan Ortiz de Castro, Familiar del Santo Oficio de la Inquisición, vecino de la ciudad de Los Ángeles, para que a su dita y crédito compre la cantidad de oro o plata labrada o por labrar que le pareciere, y una vez vendido de contado, queden ahorros de todas de todas costas y daños, 6 000 pesos de oro común, de los cuales hará, según se lo comunicara por sus cartas; especialmente, pague para fin del mes de agosto de 1632, 660 pesos de oro común y más, si más montaren las 660 cabezas de ganado menor que se remataron de los diezmos de sus ovejas de los años de 1630 y de enero y febrero de 1631, en su sobrino Francisco de Orduña.
Don Diego de Orduña Loyando, residente en su ingenio de azúcar nombrado San Pedro Buenavista, dio su poder cumplido a su sobrino Francisco de Orduña, para que en su nombre pueda comprar los diezmos de sus ganados menores que tiene en la estancia de Ozumba, por los precios que concertare, y entregue las escrituras de obligación que le fueren pedidas.
Don Antonio de Orduña Loyando, vecino de la ciudad de Los Ángeles, residente en el ingenio de San Pedro, hijo de Don Diego de Orduña Loyando, y Francisco de Orduña Castillo, como administrador del ingenio y de las demás haciendas, dieron su poder cumplido a Miguel de Troya, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, para que en sus nombres y en el de su padre compre a crédito los esclavos, pipas de vino, cacao, u otro género de mercaderías, y una vez vendidos, queden horros de todas costas 2 000 pesos de oro común.
Antonio de Orduña Loyando, vecino de la ciudad de Los Ángeles, residente en el ingenio de de San Pedro(Buena Vista), y Francisco de Orduña Castillo, como administrador del ingenio y de las estancias de ganado mayor, dieron su poder cumplido a Miguel de Troya, vecino de la nueva ciudad de Veracruz para que en sus nombres y en el de Don Diego de Orduña Loyando, padre y tío de los susodichos, compre hasta en cantidad de 2 500 pesos de oro común de mercaderías, vinos, cacao, ruanes y otros géneros que les pareciere, y los obligue a la paga de los mismos.
El Capitán Don Diego de Orduña Loyando, residente en su ingenio nombrado San Pedro(Buena Vista), en esta provincia, dio su poder cumplido a su compadre Juan Ortiz de Castro, vecino de la ciudad de Los Ángeles, para que en su nombre y para el servicio del ingenio, compre de su dita y crédito, la cantidad de piezas de esclavos bozales, varones y hembras, que por sus cartas le avisare, hasta sumar un total de 24 piezas, y lo pueda obligar a la paga de las mismas.