El Capitán Gaspar de Olavarrieta, vecino y del comercio de este pueblo de Jalapa, exhibió una escritura hecha en este pueblo en la cual se obliga don Diego de Castro y doña Ana María de Chávez y Peña, difuntos, a pagarle a don José Antonio de Acosta, difunto, vecino que fue de esta misma vecindad, la cantidad de 216 pesos 5 reales; habiendo muerto dichos deudores quedó por heredera doña Petrona Josefa de Castro, y por haber hecho cesión dicho Acosta a don Carlos José de Montes para cobrar dicha deuda, éste le dio poder al otorgante, por lo que declara que ha recibido dicha cantidad y da por cancelada la escritura.
Diego de Castro, hijo legítimo de Francisco de Castro y de doña María de Medina, difuntos, casado con doña Ana María de Chávez y Peña, difunta, otorga su testamento; designa como su albacea testamentaria a su hija Petrona Josefa de Castro, así como heredera universal.
Petrona Josefa de Castro, hija legítima de los difuntos don Diego de Castro y de doña Ana María de Chávez y Peña, natural y vecina del pueblo de Jalapa, viuda de don Antonio de Herrera Povas y Pereyra, realiza testamento, en el cual nombra como albacea a don Cristóbal Francisco García, y como heredero al citado Cristóbal García, junto con Pedro de Herrera, ya que el hijo que tuvo de su matrimonio falleció.
Don Diego de Castro y doña Ana María de Chávez y Peña, residentes del pueblo Jalapa y legítimos esposos, se obliga a pagar la cantidad de 216 pesos y 5 reales a favor de José Antonio de Acosta, vecino de dicho pueblo, en el tiempo de 5 años, pagando un rédito anual del 5%, y dando como garantía la hipoteca de sus casas.
Diego de Castro, hijo legítimo de Francisco de Castro y de María de Medina, difuntos, vecino de este pueblo, casado con doña Ana María de Chávez y Peña, hija legítima de sus difuntos padres, se otorgan poder testamentario y nombramiento de albaceas y como heredera nombran a su hija Petrona Josefa de Castro, viuda de Antonio de Herrera Povas y Pereyra
Antonio de Herrera Povas y Pereyra, vecino de este pueblo de Jalapa, informa que se casará con Petrona Josefa de Castro, hija legítima de Diego de Castro y Ana María de Chávez y Peña, y que para efectuarse el matrimonio, ofreció en arras promesa de nupcias, por lo que recibe la dote de parte de los padres de su prometida Petrona de Castro.
Antonio de Herrera Povas y Pereira, mercader y vecino de este pueblo de Jalapa, hijo legítimo de Don Antonio de Herrera Povas y de Doña María Juana de Pereira, difuntos y vecinos que fueron de la Alverca, Obispado de la Guardia en el Reino de Portugal junto a la Extremadura; casado con Petrona Josefa de Castro, su legítima mujer, hija legítima de Diego de Castro y de Ana María de Chávez y Peña, vecinos de este pueblo de Jalapa, se otorgan poder para testar y nombramiento de albaceas en compañía de los Alférez Don Gregorio Fernández Mantilla y Laureano Fernández de Ulloa, así como tutores y curadores de los hijos, que el señor Pereyra tuvo en su primer matrimonio con Doña Inés González, difunta; sus hijos son Pedro Antonio de 5 años, Antonio de 2 años y José Joaquín de 1 año, a quienes nombran herederos universales.
José Manuel de Castro, vecino de este pueblo, otorga su testamento en donde menciona que es casado con Andrea Catarina de Alda; nombra como albacea a su padre Diego de Castro y Gamboa y al Alférez Laureano Fernández de Ulloa, y como herederos universales a su padre Diego y a su madre Ana María de Chávez y Peña.
Micaela de la Peña, viuda de Lucas de Chávez, María de Chávez y Ana María de Chávez y Peña, sus hijas legítimas; las últimas actuando con licencia de sus maridos Pascual de Castro y Diego de Castro respectivamente, a quienes les otorgan poder especial para que lo que uno empiece lo pueda continuar el otro, asimismo parezcan ante el Escribano Provisor y Vicario General de este Obispado y ante el señor Juez de Capellanías Testamentarias y presente el testamento de Catalina Velázquez para que pidan sean restituidas las casas y ranchos con sus rentas y frutos, atento a que las partes que las poseen dicen haberlas comprado con el cargo de 650 pesos de principal y 250 pertenecen al Convento del Señor San Francisco de este pueblo.
Antonio de Herrera Povas y Pereyra, vecino de este pueblo de Jalapa, dijo estar tratado para casar con Petrona Josefa de Castro, doncella e hija legítima de Diego de Castro y Ana María de Chávez y Peña, vecinos de este pueblo de Jalapa; informa que por su libre y espontánea voluntad, le otorga y promete en arras matrimonio a Petrona de Castro.