Don Melchor Francisco, Gobernador del pueblo de San Andrés Tlalnehuayocan, don Pedro Juan y don Lorenzo Juan, Alcaldes; dijeron que en cumplimiento con lo mandado para que en todos los pueblos haya escuela han buscado para ello a José Vanegas, residente en esta jurisdicción a quien se obliga a dar y pagar durante 2 años, 70 pesos de oro común en cada uno, más una fanega de maíz cada mes, un huevo cada semana por muchacho y una india tesquí para las tortillas y atole, el maestro se obliga a enseñar la lengua castellana, a leer y escribir, los muchachos desde los 5 años hasta tomar estado y las muchachas hasta los 10 años.
Don Jerónimo Francisco, Gobernador de San Andrés Tlalnehuayocan; don Lorenzo Juan, José Juan, Alcaldes; Antonio de los Santos y José Antonio, Regidores, dijeron mediante Pedro Calderón, intérprete, que en cumplimiento de lo mandado sobre que haya escuela en todos los pueblos, se obligan a dar por 3 años a Miguel de la Torre, vecino del pueblo de Jalapa, 80 pesos en cada uno, más doce fanegas de maíz, un huevo por semana cada muchacho y él se compromete a tener la escuela para enseñarles la lengua castellana, la doctrina, a leer y escribir.
Diego Gaspar, Gobernador, Lorenzo Juan y José de la Cruz, Melchor Francisco y Juan Mateo, Alcaldes, entre otros representantes del pueblo de San Andrés Acatlán, en su nombre y el del común de naturales a quien prestan voz y caución, otorgan poder general a Diego Bautista, indio principal de ese pueblo, para que los represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que al presente tienen y en adelante tuvieran.
Don Fabián de San Gabriel, Gobernador Actual de San Andrés Acatlán; don Diego Ramírez, Alcalde; Diego Gaspar, Regidor; y Lorenzo Juan, Alguacil; declaran que viéndose en negocios tocantes al bien público de ese pueblo, otorgan poder general a Gonzalo Márquez de Acevedo, para que en sus nombres parezca en juicio y tribunales superiores e inferiores y con facultad de enjuiciar, jurar y apelar, para lo cual se someten a los jueces y justicias sobre que renuncian su fuero, domicilio y vecindad.
Mateo Hernández, Gobernador del pueblo de Acatlán, Lorenzo Juan y don Melchor Francisco, Alcaldes, don Pedro de la Cruz y Miguel de Santiago, Regidores y José Hernández, Escribano, indios ladinos en la lengua castellana, dijeron que en su nombre y demás común y naturales de ese pueblo por quienes prestan voz, otorgan poder a don Francisco Miguel de Campo, vecino de este pueblo, para que los represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que al presente tienen y en adelante tuvieren, asimismo para que parezca ante tribunales superiores e inferiores y otros jueces y justicias que con derecha deba o pueda.