El Capitán Luis González de Lucena, mercader vecino del pueblo de Jalapa, otorga que debe y se obliga a pagar a la voluntad del Licenciado José Joaquín de Flores Moreno, su hermano, Abogado de la Real Audiencia de México, 2, 000 pesos de a 8 reales, mismos que le quedó a deber del valor de la casa que le compró, ubicada en este pueblo en la forma que estipularon en la fecha de compra.
El Capitán Luis González de Lucena, natural de Cádiz, hijo legítimo del Capitán García González de Lucena y de doña Juana María de Vesa, difuntos; y doña Mariana de la Cruz Flores Moreno, hija legítima del Alférez Sebastián de Flores Moreno y de doña Gertrudis de la Gala y Thormes; marido y mujer vecinos de Jalapa, estando sanos del cuerpo, en buen acuerdo y en prevención de futuros contingentes, otorgan su testamento de la siguiente forma: hacen las mandas acostumbradas. No deben a nadie. Tienen en su poder 200 pesos que pertenecen a Francisca Manuela. Declaran que algunas personas les deben cantidades pequeñas. Al tiempo de casarse él trajo 600 pesos y su mujer trajo de dote 10, 000 pesos; tienen 4 hijos legítimos. Nombra como albacea a don José Joaquín de Flores Moreno, hermano de él y a su mujer y ella nombra a su marido.
José Antonio de Santa Ana, vecino de este pueblo, dijo que en este pueblo se promulgó un decreto del Excelentísimo Virrey de Nueva España, en el que se hacía saber a los vecinos de la pretensión que tenía pendiente Juan Ricardo de Guzmán, para fundar un molino de pan moler, batan o tenería en dicho pueblo junto a otro molino que dicho otorgante tiene, razón por la cual dicho Santa Ana, otorga poder especial a José Joaquín Flores Moreno, Promotor Fiscal de su Arzobispado, para que en su nombre, posesión y señoríos de las aguas de Santiago, pueda comparecer ante el Virrey y otros Tribunales, donde haga pedimentos, requerimientos, autos y diligencias para dicha oposición.
Don Juan Montañés de la Cueva, vecino de este pueblo de Jalapa, Escribano Público, Real y del Cabildo y Regimiento de la Ciudad de la Nueva Veracruz, informa que por concurso de los acreedores de los bienes del señor Juan José de Thormes, éste posee unas casas que están gravadas con impuestos, los cuales se pagan por medio de limosnas al convento del señor San Francisco, de este pueblo de Jalapa, por un monto de 1, 000 pesos, los que está obligado a cubrir, por medio de un poder que se otorga al Brigadier don José Joaquín de Flores Moreno, Abogado de la Real Audiencia, Promotor y Fiscal, vecino de la Ciudad de México, facultado para hacer valida la citada obligación.
El Alférez Sebastián de Flores Moreno y doña Gertrudis de la Gala y Thormes, su legítima mujer, vecinos del pueblo de Jalapa, instituyen y fundan una capellanía de misas rezadas por 3, 000 pesos de oro común de principal, especialmente sobre 2 casas. Una linda por un costado con casa y solar de Francisco García de Mendoza, al fondo con casa de Francisco Ibáñez, al frente con la Calle Real que sube de la plaza para el camino [Real] de México; la otra linda al frente con la misma Calle Real, al fondo con la calle que de la plaza sube para el Calvario, a un costado con el callejón de la casa de Inés López y por el otro con casa de Francisca Zavala, las casas se encuentran tazadas en 8, 500 pesos y se obligan a pagar a los capellanes que fueran, 150 pesos de oro común en cada año. Nombran como primer capellán propietario al Bachiller José Joaquín de Flores Moreno, su hijo legítimo y por su falta a Juan Francisco de Lucena, su nieto, y por la falta de los 2 a cualquier hijo de Mariana de la Cruz Flores Moreno, su hija.
Doña Gertrudis de la Gala y Thormes, viuda vecina del pueblo de Jalapa, dijo que es patrona de una capellanía de misas rezadas y cantadas que fundó doña Sebastiana de la Gasca por 1, 000 pesos de principal que situó sobre una casa ubicada en este pueblo, para la que nombra como patrono y capellán al Bachiller José Joaquín de Flores Moreno, su hijo, quien esta obligado a decir las misas y al Licenciado Miguel Alonso de Angón, interino.
El Capitán de Caballos José Robledano de Cardeña y José Ramos, vecinos del pueblo de Jalapa, el primero dijo que por desistimiento que hizo el Licenciado José Joaquín de Flores Moreno del albaceazgo por muerte de Gertrudis de la Gala y Thormes, se nombró por la Real Justicia de este pueblo como defensor de ellos a José Ramos y por pedimento del Licenciado se le confirió licencia al Capitán para que vendiera dichos bienes, y haciendo uso de esa licencia, vende a don Agustín Sánchez de Ledezma, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico, una mulata esclava nombrada María Teresa que será de 18 años, amestizada con un hijo nombrado Juan de 2 años, ambos nacieron en casa de la mencionada Gertrudis, quienes están libres de censo, empeño e hipoteca. La venta se hace en 300 pesos de oro común que ha recibido.
El Capitán Bartolomé de Castro y José Robledano de Cardeña, mercaderes, vecinos del pueblo de Jalapa, instituyen y fundan una capellanía de misas rezadas con la dote, nombramiento de capellanes y patronos, en los siguientes términos: instituyen la capellanía con 3 mil pesos de oro común de principal, 150 pesos que le han de pagar al capellán, cuya cantidad han entregado al Bachiller Rodrigo Rincón, Presbítero Domiciliario para que en 12 días los ponga en el cofre de los depósitos del señor obispo y a su satisfacción se pongan a réditos. Nombran como primer capellán al Bachiller José Joaquín de Flores Moreno y por su falta a Juan Francisco de Lucena, como capellán interino y primer patrono nombran al Bachiller José Joaquín de Flores.
Doña Gertrudis de la Gala y Thormes, como albacea del Alférez Sebastián de Flores Moreno, y don Luis González de Lucena, como marido y conjunta persona de doña Mariana de la Cruz Flores Moreno, y doña Gertrudis en representación de José Joaquín de Flores Moreno, su hijo menor de 25 años, dijeron que dicho Alférez y doña Gertrudis dieron en depósito con réditos pupilarios a Pascual de Iglesias, vecino de este pueblo de Jalapa, 1, 000 pesos; 600 de ellos que Juan de Thormes, difunto, dejó a los dichos José Joaquín y a doña Mariana y los 400 que dejó a doña Gertrudis y 100 más para otros efectos; por lo que otorga doña Mariana haber recibido de su madre y padre los 300 pesos, por lo cual doña Gertrudis señala que cede, renuncia y traspasa 1, 000 pesos con los réditos que hubieren corrido hasta el día de la fecha en cuyo testimonio le entrega al Capitán Bartolomé de Castro, apoderado de Don Juan Rodríguez de Tejada, vecino de la Puebla de los Ángeles, tutor y curador ad bona del menor.
Doña Gertrudis de la Gala y Thormes, viuda vecina del pueblo de Jalapa, hija legítima de Gaspar de Thormes y de doña Nicolasa de la Gasca y Ortega, otorga su testamento donde declara ser casada con el Alférez Sebastián de Flores Moreno, trajo como dote lo que consta en la carta donde también constan las arras que su marido le dio. Durante su matrimonio tuvieron como hijos a don José Joaquín de Flores Moreno, Abogado de la Real Audiencia de México, Clérigo Diácono, y a doña Mariana de la Cruz Flores Moreno, casada con Luis González de Lucena, a quien se le dio de dote 9, 000 y tantos pesos como consta en la carta; a su hijo le impusieron 2 capellanías de 3, 000 pesos cada una como consta en la carta de fundación. Tiene como bienes suyos una casa ubicada en la Calle Real donde están las otras 2 casas. Asimismo cuenta con una tienda de géneros. Como esclavas tiene a Rita María, negra criolla, a María mulata, y a María Tomasa, mulata con un hijo suyo nombrado Juan. Nombra por sus albaceas a su hijo José Joaquín y por su ausencia a don Luis de Lucena, como herederos nombra a sus hijos.