Bartolomé Basilio, vecino del pueblo de Jalapa, vende a Roque de Castro, de la misma vecindad, una casa de madera cubierta de zacate en solar que tiene 80 varas de fondo y 35 de frente, al oriente linda con solar que fue de Juan Prieto Rendón, al poniente con callejón que baja a la Ermita de Santiago, al norte y sur con casa y solar de Antonio de Salazar. La venta se hace en 120 pesos de oro común que le ha dado.
Mariana Josefa del Moral, viuda de Juan Prieto Rendón, vecina de este pueblo de Jalapa, informa que tiene un esclavo de nombre Pedro Francisco, mulato criollo nacido en su casa de oficio zapatero y con 19 años de edad, que heredó de su difunto marido, al que otorga libertad mediante poder irrevocable.
Don José Antonio de Acosta, vecino de este pueblo, Mayordomo de la Cofradía de las Almas del Purgatorio, situada en la parroquia del pueblo de Jalapa, solicita la cancelación de una escritura, por la cantidad de 100 pesos, los cuales ha recibido de José Robledano, por concepto de la compra de unas casas de la difunta Mariana Josefa del Moral, viuda de Juan Prieto Rendón.
Mariana [Josefa] del Moral, viuda de Juan Prieto Rendón, vecina de este pueblo de Jalapa, realiza testamento, en el cual nombra como albacea testamentario a Juan de Dios Thormes, vecino de este pueblo.
Lucas Francisco de Ayala, vecino del pueblo de Jalapa, otorga que ha recibido de Juan Prieto Rendón, de la misma vecindad, 250 pesos de oro común en depósito, que ha de devolver la mitad de esa cantidad en 2 años a partir de la fecha de esta escritura y la otra mitad a los 4 años, con el rédito de un 5% en cada año y para el seguro pago hipoteca un rancho de labor que tiene en términos de este pueblo con todos sus aperos, tierras y ganados.
Juan Prieto Rendón, vecino del pueblo de Jalapa, natural de Jalacingo, agregado de esta jurisdicción, hijo legítimo de Jorge Prieto y de Josefa de la Oliva, difuntos, otorga su testamento donde declara lo siguiente: tiene entre sus bienes la casa en la que vive; 2 esclavos criollos llamados Juan Ventura y Pedro Advíncula, 8 bueyes mansos que tiene en arrendamiento a don Francisco Hernández, indio, Alcalde de este pueblo quien le dará 40 fanegas de maíz, 2 novillos que tiene en poder de don Juan Mateo, indio de este pueblo los cuales ha de entregarle por el mes de diciembre de este año; 250 pesos que le debe Lucas Francisco de Ayala. Declara ser casado con Mariana Josefa del Moral, quien no trajo dote alguna. Nombra como albacea testamentaria y heredera a su mujer.
Juan Prieto Rendón, vecino del pueblo de Jalapa, ha recibido de Lucas Francisco de Ayala, de la misma vecindad, 250 pesos de oro común, mismos que por escritura le debía desde 1717, con hipoteca de un rancho.
Miguel Jerónimo López de Ontanar, albacea fideicomisario y tenedor de bienes que quedaron por muerte de Ana de la Cruz, usando de esta facultad, vende a Juan de Aguilar, vecino de Jalapa, las casas con solar donde vivió Ana de la Cruz, que mide 80 varas de largo y 35 de frente, colinda al oriente con casa y solar de Juan Prieto Rendón, al poniente con callejón que baja a la Ermita de Santiago y calle en medio, al norte y sur con casa y solar de Antonio Salazar, en 120 pesos de oro común.
Don Francisco Miguel de Campo, como principal obligado y Miguel Jiménez Carralero, vecinos del pueblo de Jalapa, se constituyen en fiadores reales y llanos, y dicho Francisco Miguel del Campo declara que por cuanto el Alférez Sebastián de Flores Moreno, el Tesorero Miguel Jerónimo López de Ontanar, Juan Prieto Rendón, Diego de la Torre Arnate, entre otros vecinos de este pueblo, le otorgaron poder para la recaudación de las Reales Alcabalas y para el seguro entrego de la renta se obligan de enterar en la Real Caja de la Ciudad de México, 975 pesos que fueron los que cupieron en el rateo que se hizo entre las demás provincias a quienes se remataron las Reales Alcabalas y les cupo dicha cantidad a esta provincia, la de Jalacingo, y Tetela.
Juan Prieto Rendón, vecino del pueblo de Jalapa, hijo legítimo de Jorge Prieto y de Josefa de Vargas, otorga poder para testar a su mujer Mariana Josefa del Moral, para que en su nombre pueda hacer y ordenar su testamento en la forma en que le tiene comunicado. Declara que no tuvo hijos por lo tanto la nombra su heredera y albacea.