Doña María Suárez, española y vecina del pueblo San Miguel Perote, mujer legítima que fue del Capitán Francisco García Cano, dijo que su marido otorgó testamento hace 2 años y la dejó como albacea, tutora y curadora, quien ahora otorga poder general a don Francisco García Cano, su hijo, para que la represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que al presente tenga y en adelante tuviere, así también para que demande, reciba y cobre de todas y cualesquier personas las cantidades que les deban por escrituras, vales, conocimientos, sentencias y cuentas de libros, así como en otras causas.
Don Francisco, don José y don Tomás García Cano, españoles vecinos del pueblo de Jalacingo, otorgan poder especial al Capitán Diego de Cardeña, su cuñado español, vecino del pueblo de Jalapa, para que representando a sus personas los defienda en los pleitos, causas y negocios que se puedan ofrecer por la muerte del Capitán Francisco García Cano, su padre, sobre sus herencias, dependencias y liquidación de cuentas.
Francisco García Cano, vecino de Jalacingo, fiador de Francisco de Córdoba, difunto, en la cantidad de 500 pesos de oro común, a favor de la masa general de la Catedral de los Ángeles, dio su poder cumplido a Nicolás de Ortega, vecino de San Juan de los Llanos, cobrador de dicha masa general, para que en su nombre parezca ante el Tribunal eclesiástico de la ciudad de Los Ángeles, y ante el Sr. Doctor Don Gerónimo de Luna, Deán Provisor de dicha obispado, y suplique se sirva de mandar despachar censura para que se publique en el partido de San Pedro Tepeyahualco y en las demás partes que sean necesarias, para que debajo de ella, las personas que supieren de algunos bienes de Francisco de Córdoba que se hubieren ocultado, declaren los que son y en cuyo poder para, a fin de que con su procedido se pueda satisfacer a dicha masa general la cantidad de 500 pesos de oro común.
El Capitán Juan de Malpica, dueño de recuas, vecino del pueblo de Jalapa, vende a Francisco García Cano, labrador y dueño de hacienda en la jurisdicción de Jalacingo, una esclava negra nombrada María Josefa, que será de 24 años, que hubo en la ciudad de la Veracruz de don Juan Sáenz de Miera; cuya esclava se encuentra libre de empeño, hipoteca y enajenación, sin asegurarla de vicio, defecto ni enfermedad pública ni secreta, en 400 pesos de oro común los cuales se da por entregado a su voluntad.
Don Tomás García Cano, vecino del pueblo de Jalacingo, hijo y heredero de los difuntos don Francisco García Cano y de doña María Juárez Figueroa, otorga poder especial a don Andrés Gutiérrez Calzadilla, vecino del pueblo de Jalacingo, para que en todos los autos que tengan que ver con la herencia del difunto Francisco García Cano, comparezca ante el Rey y Tribunales de ambos fueros, donde pida, demande, proteja y querelle, presentando escrituras y otros papeles que le soliciten.\r\n
Don Juan Fernández Becerra, Labrador y dueño de un rancho, en está jurisdicción de Jalapa, informa que por autos que ha solicitado Antonio Moguel, vecino de Jalacingo, por los bienes que quedaron del difunto Capitán don Francisco García Cano, se obliga a entregar al citado Antonio Moguel, los autos por los cuales está en pleito con los herederos del Capitán Cano.