Juan de Lezama, José de la Gasca, Tomás de la Cruz, Juan Jácome, Félix Marín, entre otros vecinos del pueblo de Xicochimalco, en su nombre y de los demás vecinos, otorgan poder especial a don Domingo Navarrete y a Mateo Luis, vecinos de la jurisdicción de Jalapa, para que en sus nombres sigan por todas las instancias, grados y artículos el pleito y demanda que tienen puesta en el juzgado de esta jurisdicción contra Antonio de Aragón, así como para que los represente en todos sus pleitos y causas civiles y criminales, eclesiásticos y seglares comenzados y por comenzar.
El Bachiller Don Antonio Méndez, ayudante de cura en la doctrina de Ixhuacán, albacea de Don Juan Jácome, y administrador de la persona y bienes de su hijo Juan Jácome, puso al susodicho por aprendiz de locería con el maestro Diego de la Torre, vecino de Jalapa, por tiempo der cinco años, a partir de hoy día de la data.
Francisco Rodríguez, moreno libre, Alcalde actual del pueblo de San Lorenzo Serralbo [Cerralvo] de esta jurisdicción, y don Nicolás Bauptista [Bautista], indio gobernador de San Francisco Chocamán; don Juan Martín, Diego Pascual y Miguel García, Gobernadores y Alcaldes del pueblo de Amatlán de los rreyes [Reyes]; don Diego Romano, Gobernador de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], y Juan Xacome [Jácome] Alcalde de él; Antonio Hernández, Gobernador del pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco], Joseph [José] Fernández y Juan de Mendossa [Mendoza], Alcaldes de él; y demás gobernadores, alcaldes y regidores de los pueblos de Calcagualco [Calcahualco], Alpatlagua [Alpatláhuac], San Pedro Isjuastlan [Ixhuatlán] y de Santa Ana. Todos oficiales actuales de esta jurisdicción, con licencia del Capitán Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor, de la cual usan para otorgar poder a don Antonio Macçimiliano [Maximiliano], a Nicolás Macçimiliano [Maximiliano] y a don Nicolás de Zedillo, principales y vecinos de dicho pueblo, a todos y a cada uno, in solidum, lo que el uno comenzare lo pueda proseguir y fenecer el otro. Para que en nombre de los otorgantes, parezcan ante los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España y ante quien con derecho deban y aleguen en los autos que se siguen contra el dicho Alcalde Mayor, “ser siniestro y contra la verdad” el decir que el susodicho mandó a los vecinos de sus pueblos a no trabajar por menos de 4 reales de jornal diario y no cortar maderas porque las están cortando para vender. En cuya [roto] y hasta que se declare no ser cierto lo alegado por parte de los vecinos de la villa de Córdoba, hagan pedimentos, requerimientos, citaciones, protestas, pedimentos, pidan términos, presenten escritos, probanzas y los demás papeles que sean necesarios.
Sem títuloDon Juan Jácome, vecino de Teocelo, haciendo de deuda ajena suya propia, se obligó a pagar 100 pesos de oro común a Don Pedro de Bedoya y Vargas, podatario de Isidro Romero, vecino de la ciudad de México, por otros tantos que debe su nieto Mateo Jácome, preso en la cárcel de este pueblo; para de la fecha de esta escritura en tres meses cumplidos.