Alonso Hernández de Santiago, Canónigo, da su poder a Francisco Núñez para que cobre de Juan González [Gunselas], estante en el ingenio de Orizaba, 100 pesos de oro común que le debe por razón de haberle arrendado al Padre Oliveros, un sitio de estancia y dos caballerías de tierra.\n
Luis Díaz, arriero, dijo que por cuanto él traía a su cargo una recua de Luis de Oliveros, Clérigo Presbítero, la cual le fletó Juan González, arriero, y le dio carga de nueve mulas en las que llevó desde el puerto de San Juan de Ulúa a la ciudad de México, 18 cajones de azogue a razón de 11 pesos carga de 10 arrobas, que sumaron 140 pesos de oro común, cantidad que pertenece a dicho Luis de Oliveros.
Don Antonio de Monroy Figueroa, Corregidor por Su Majestad en este partido, Juez de Caminos y de Registros y de la visita y castigo de ellos, dijo que tuvo noticia de la llegada de un arriero que desembocó por el paso de la Angostura y que había trasversado el camino huyendo de la visita que se le hace a las recuas y cata de lo que llevan en ellas, debido a la nueva imposición de los 25 pesos a la grana y plata que suben a la Nueva Veracruz o bajan de ella y los indios y otras personas que traen en su servicio, lo que deben manifestar en este oficio y registros de Orizaba y Jalapa, conforme a ordenanza de los Señores Virreyes, para lo cual mandó a un ejecutor a que trajese ante él al dicho arriero y sus mulas para que hiciera la manifestación, y habiéndole traído ante el dicho corregidor declaró llamarse Domingo Álvarez, vecino de la villa de Córdoba, ser dueño de recua y trajinar con ella de la Veracruz a Tehuacán y a otras partes donde se le ofrece, asimismo manifestó que viene con 11 mulas de aparejos cargadas de trigo del pueblo de Tehuacán y que en su avío trae consigo dos hijos suyos llamados Gregorio y Domingo, no trayendo ningún indio, cuyo trigo declaró es para comer en su casa y para vender y que las 11 mulas junto con las de silla suman 14, las cuales compró en esta jurisdicción a don Gaspar de Rivadeneira, a Francisco Álvarez y a Juan González; también fue notificado por el corregidor que al día siguiente debe presentar testimonio donde se indique que pagó el alcabala de dichas mulas y las alcabala en la Nueva Veracruz.
Se tomó la razón de 24 pipas de vino, que lleva don Bernardino en su recua, para entregar todas en México al Capitán Juan González y a Jacinto de Ávila Aguirre.\n
Se tomó la razón de 2 barriles y 3 botijas de vino, que el Capitán Juan Jiménez de Valenzuela remite a la Puebla, en recua de Juan González para entregar a Juan Valera.\n
Se tomó la razón de 62 pipas de vino, que lleva Nicolás Caballero en la cuadrilla de carros de Juan Caballero, su padre, para entregar en México al Capitán Juan González y a Pablo Páez. \n
Alonso Carrión de las Casas, labrador en el Pago de Nopaluca, y Juan González, vecino de la ciudad de Los Ángeles, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Los Ángeles, 170 pesos de oro común que valieron y montaron los diezmos de semillas, ganados y lana, de las haciendas nombradas San Miguel Buenavista y La Floresta, propiedad de Alonso y Agustín Carrión de las Casas, respectivamente, del año pasado de 1678, que compraron al Lic. Juan de Vargas Priego, presbítero, colector de diezmos, para fin del mes de diciembre del presente año.
Don Gabriel de la Cruz y Don Lucas de San Juan, Alcaldes de Naolinco, y Antonio de San Francisco, regidor, en nombre de su comunidad y del gobernador Don Gabriel de Castañeda que se halla enfermo, arrendaron el ejido y monte de su pueblo a Juan González, carretero, vecino de la ciudad de México, para que pasten sus ganados, por tiempo de tres años, los cuales empezarán a correr a partir del año venidero de 1620, al precio de 25 pesos de oro común anuales.
Juan González, vecino de Jalapa, dio su poder cumplido a Cristóbal Pérez, de la misma vecindad, para que en su nombre cobre un caballo castaño capón que le hurtaron en este pueblo, y tiene noticia de que se halla en la ciudad de Tepeaca, y generalmente para en todos sus pleitos, causas civiles y criminales, y para que pueda recibir y cobrar de cualesquier maravedís, pesos de oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías, derechos y acciones y otros bienes que le debieren, y de lo que recibiere y cobrare, pueda dar las cartas de pago, finiquito y lasto que convengan.
Juan González, vecino de Los Ángeles, dio su poder cumplido a Antonio Méndez, que está presente, vecino de Los Ángeles, generalmente para todos sus pleitos, causa civiles y criminales, y para que pueda recibir y cobrar de cualesquier maravedís, pesos de oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías, derechos y acciones y otros bienes que le debieren; y de lo que recibiere y cobrare, pueda dar las cartas de pago, finiquito y lasto que convengan.