Esteban Santiago, mulato libre del ingenio Grande de esta jurisdicción, declara que en el año de 1713- 1714 su yerno Antonio Muñoz, vendió un solar a Pedro Díaz de la Cueva, vecino de este pueblo, ubicado en el Barrio de Arriba, que linda por al oriente con calle que sube al camino de México, al poniente con solar del pueblo donde vive Tomás el albañil, al sur con solar del pueblo donde vive Juan Oaxaca y Felipe el carnicero, y al norte con el camino que sale para México, casa de Manuel Zarco y de los Pedrotes; el solar se vendió en 15 pesos, al cabo de los años murió Antonio Muñoz, sin haberle hecho escritura de la venta a Pedro Díaz de la Cueva.
Manuel Gómez Dávila, el Regidor Joseph [José] de Leiva, don Francisco de Messa [Meza], Miguel de Leiva [Esparragosa], el Capitán Joseph [José] de Leiva [Esparragosa], Alonso Gomes Dávila, Antonio Muños [Muñoz], Juan Gómez Dávila, don Gaspar Carvajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente], Pedro García de Mesa [Meza], Nicolás de Olivera, vecinos de esta villa, y dueños de trapiches de beneficio de hacer azúcar de esta jurisdicción. Asimismo, Gaspar Rendón, Juan Joseph [José] Coronado, Juan de los Santos Cubillos, [Antonio] Sebastián Pérez Padrón, Manuel de Piña, Antonio Millán, Pedro Trillo de Figueroa, Diego de [la] Palma, Benito Rendón, Thomas [Tomás] Ferrer [de Benavides], don Juan de Figueroa, Diego de Roxas [Rojas], Antonio Martínez y Antonio de Villavicencio, vecinos de esta villa; todos juntos otorgan poder a don Diego Dávila Barrientos, vecino de esta villa, estante en la ciudad de México, para que ponga capítulos al Capitán Antonio Orejón de la Lama, sobre las vejaciones, daños y menoscabos que les ha hecho. Para lo cual suplique, haga pedimentos, citaciones, oiga autos y responda a ellos, y todos lo demás autos y diligencias judiciales y extrajudiciales por lo que se le da éste con libre y general administración.
Zonder titelJoseph [José] de Leyba [Leiva] y Esparragosa, Diego [de Palma], Domingo Merodio, Diego de Rojas, [roto], Benito Caraballo [Caravallo], Nicolás [roto], [Fernando] Pardo [y] Quiroga, Gerónimo [Jerónimo] [roto], Antonio Muñoz, Vernave [Bernabé] Sánchez, [Lucas] Ruiz Gigon [Gijón], Juan de los Santos [Cubillos], Antonio Millán, Diego de Viveros, Thomas [Tomás] Ferrer [de Benavides], Juan Camaño, vecinos de esta villa de Córdoba; todos en voz propia y en la de los demás vecinos de dicha villa, otorgan poder [general] al Capitán Diego Dávila Barrientos, [roto] para que [los represente] en todos sus pleitos, causas, y negocios civiles, criminales, eclesiásticos y seculares; parezca ante [roto] su Real Consejo y Audiencias, y con derecho deba [haga] requerimientos, demandas, [roto] y pida se hagan citaciones, embargos [roto]; pida términos y los renuncie, y costas y las jure y cobre, y otros papeles y recaudos que convengan, por lo que se le da este con libre y general administración.
Zonder titelManuel Gómez Dávila, Juan Gómez Dávila, Miguel de Leiva [Esparragosa], Alonso Gómez Dávila, Antonio Muñoz, Gaspar Rendón, Juan Joseph [José] Coronado, Juan de los Santos Cubillos, [Antonio] Sebastián Pérez Padrón, Manuel de Piña, Antonio Millán, Pedro Trillo de Figueroa, Antonio Estévez, Diego de [la] Palma, Benito Rendón, Thomas [Tomás] Ferrer [de Benavides], don Juan de Figueroa, Diego de Rojas, Antonio Martín, Lorenzo de Guzmán, Juan Pérez, Diego Pérez, Antonio Hernández, Antonio de Villavicencio, Lucas Ruiz Gijón, Francisco Núñez, vecinos de esta villa de Córdoba; todos y cada uno de ellos, otorgan poder general a los Capitanes Gaspar de Monje [Monge] y Mendossa [Mendoza], Joseph Gómez Dávila y don Juan de Porras, todos vecinos de esta villa, para todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares, demandando o defendiendo con cualesquier personas y de cualesquier estado que sean. También para que parezcan ante Su Majestad y señores jueces y justicias, hagan pedimentos, citaciones y todo lo que sea necesario, por lo que se les da éste con libre y general administración.
Zonder titelJuan de Betancur [Letancur], vecino de esta villa de Córdoba, a nombre propio y en el de sus hijos y herederos, otorga que vende a Antonio Muñoz, vecino de esta villa, medio solar de tierra que posee en esta villa, ubicado en la calle Real, que por la parte del oriente linda con casa y solar suyo; por la del poniente con otro medio solar y casa de Ana García; por el sur con casa y solar de don Gaspar del Monxe [Gaspar del Monge y Mendoza], la calle Real en medio; y por el norte con casa y solar del Regidor Joseph de Leyva [José de Leiva], calle Real en medio. Dicho solar hubo y compró de Fernando Nieto [Solano], vecino de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], el cual es libre de censo, empeño e hipoteca. Lo venden en precio de 30 pesos de oro común, que tiene recibidos a su satisfacción.
Zonder titelAntonio Muñoz, mulato libre, vecino de la ciudad de los Ángeles, declara que estando preso en la cárcel por causa criminal fue sentenciado a seis años de trabajo en ingenio y obraje. Y habiéndose pregonado públicamente su servicio por el tiempo señalado, a su ruego y petición lo sacó Marcos Blanco, vecino de esta villa, en quien se hizo el remate público por la cantidad de 120 pesos en que fue condenado. Asimismo, declara que pidió a dicho Marcos Blanco la escritura de cumplimiento y del citado remate, quien por ser menor de 25 años y mayor de 14 nombró por su curador a Tomás de Jáuregui, Tesorero. Por lo que dicho curador usando el poder que se le otorgó aceptó el remate hecho en dicho Marcos Blanco donde se obliga a Antonio Muñoz a servir al susodicho en todo lo que le mandare.
Zonder titelManuel Gómez Dávila, Regidor; Joseph [José] de Leiva, don Francisco de Messa [Francisco de Meza y Mendoza], Miguel de Leiva [Esparragosa], Alonso Gómez Dávila, Juan Gómez Dávila, don Gaspar Carbajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente], Pedro García de Messa [Meza], Nicolás de Olibera [Olivera], Gaspar Rendón, Juan de los Santos Cubillos, [Antonio] Sebastián Pérez Padrón, Manuel de Piña, Antonio Millán, Pedro Trillo de Figueroa, Diego de [la] Palma, Benito Rendón, Thomas [Tomás] Ferrer [de Benavides], Dyego de Roxas [Diego de Rojas], Antonio Martínez, Antonio de Villavizenzio [Villavicencio], todos vecinos de esta villa de Córdoba, a nombre propio y en el del Capitán Joseph [José] de Leiba [Leiva] Esparragosa, Antonio Muñoz, Juan [José] Coronado y don Juan de Figueroa, que al presente se hallan ausentes; todos otorgan poder especial al Capitán Diego Dávila Barrientos, vecino de esta villa, residente en la ciudad de México, para que en nombre y representación de cada uno de ellos, pueda hacer cualquier transacción y en virtud de lo que pactare desistirse del pleito comenzado, y no seguir los capítulos que tiene puestos ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de la dicha ciudad de México y su corte contra el Capitán Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de esta villa, su jurisdicción y sus partidos de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], en virtud de poder que para ello le otorgaron.
Zonder titelPedro García de Mesa [Meza], vecino de esta villa de Córdoba, dueño del trapiche nombrado Nuestra Señora de la Concepción, ubicado en la jurisdicción de esta misma villa, el cual se ubica en 4 caballerías de tierra en el paraje de los dos caminos, que uno va para las [roto] y el otro para Totolinga; y por otra parte Antonio Muñoz de la misma vecindad, ambos comparecientes declaran que han ajustado tener compañía en dicho trapiche en la forma siguiente: El dicho Pedro García de Mesa [Meza] pone más de 1 000 pesos en haber criado el casco de dicho trapiche, sus casas y aperos; por su parte el dicho Antonio Muñoz entró con 200 pesos en reales. La compañía es por tiempo de ocho años.
Zonder titelEl hermano Pedro García de Meza, vecino de esta villa de Córdoba, declara que tiene una compañía con Antonio Muñoz, su sobrino, y de conformidad han decidido cancelarla en la presente fecha. Y para remunerar a dicho su sobrino le da y promete 500 pesos en la manera siguiente: 6 cargas de panela, un pedazo de caña que está sembrado, un pedazo de tierra para que lo siembre por el tiempo que por bien tuviere. Y estando presente dicho Antonio Muñoz dijo que aceptaba esta escritura, por lo que ambas partes se obligaron a su cumplimiento.
Zonder titelAntonio Francisco de Barela [Bonola], vecino del pueblo de Tlalixcoyan, jurisdicción de la ciudad de la Nueva Veracruz y residente de esta villa de Córdoba, en nombre y con poder de doña Cathalina [Catalina] Romero, su legitima mujer, vende al Alférez Antonio Muñoz, vecino de dicha villa, un negro de nombre Joseph [José] Antonio, casta portugués de veinticinco años de edad más o menos, por la cantidad de 300 pesos de oro común en reales.
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