El ciudadano Juan Sánchez, vecino del pueblo de San Gerónimo Coatepec, de quien dieron conocimiento don José Antonio de Ochoa y don Francisco Maldonado, de esta vecindad, quienes aseguran la identidad del dicho Sánchez, quien dijo posee por propio un solar con huerta de frutales, ubicado en dicho pueblo de Coatepec, a la linde de 3 calles, que son por el norte con la de la Pedrera; por el sur con la tercera que del costado derecho de la parroquia sube; por poniente con la que atraviesa de sur a norte y va para el cerro, quedando al otro lado solar y casa de José María Lovillo; y por el oriente linda con casa y solar de José María García. Cuyo solar deslindado vende a José María Lovillo, en cantidad de 115 pesos.
Sans titreEl Capitán don Nicolás Ferrera Figueroa, vecino del pueblo de Orizaba, Alguacil Mayor de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de Veracruz y Guarda Mayor de sus puertos por Su Majestad, otorga poder a los Capitanes don Martín de Urdanis y don Francisco Maldonado, vecinos de la ciudad de Cádiz, en los Reinos de Castilla, y a don Fausto Chaverri, vecino de la ciudad de Sevilla, para que en su nombre parezcan ante el Rey y su Real Consejo, donde supliquen a Su Majestad la confirmación de su título y oficio, los cuales renunció en él su hermano, el Alguacil Mayor Josephe [José] Ferrera [de] Figueroa; asimismo, pidan a Su Majestad lo honre y haga merced, en consideración de sus méritos y servicios, de cualquier oficio de gobernador, corregidor, alcalde mayor, de cualquier ciudad, villa o partido.
Sans titreDon Francisco Peña y su hermana doña María del Carmen [Peña], hijos del finado don José María Peña, únicos herederos y albaceas; dijeron que, como dueños de una casa que quedó por bienes del difunto, ubicada en esta ciudad, en la calle de San Francisco de Paula con la cual hace su frente al sur, lindando por el oriente con la calle de la Acequia por poniente con la casa de ejercicios de San Ignacio y por el norte con casa que hoy es de don Manuel Patiño; que esta persona para elaborar las cubiertas de zaguán, corredor, fuente, lavadero y común de su casa, necesitó el arrimo de la de los relacionantes, quienes convinieron, franquéaselo y que pudiese construir sobre las paredes de los mismos, con tal que les pagase la mitad del valor de ellos, a cuyo fin se practicó el correspondiente avalúo por el alarife ciudadano Francisco Maldonado. Y de este avalúo aparece que, a la pared del tramo de 14 varas lineales, que ocupa el zaguán y corredor de Patiño de oriente a poniente se le dio el precio de 122 pesos y medio real; y que la del tramo de 10 varas lineales que ocupan la fuente, lavadero y común se le dio a precio en 67 pesos 7 y medio reales, componiendo ambas partidas la suma de 190 pesos, cuya mitad que son 95 pesos, es lo que pactaron exhibiese Patiño para constituirse dueño del referido arrimo. Quedando en el intermedio de ambos tramos, el de 11 varas lineales, excluido absolutamente de tal arrimo y es el que se expresa en la tercera partida del avalúo indicado; así como en la cuarta se relaciona el valor de la pared que el repetido Patiño construyó sobre los dos expresados tramos, la cual queda absolutamente de su propiedad; y que exigiendo este último que se le formalice el correspondiente instrumento. Por lo tanto, los nominados doña María del Carmen, don Francisco Peña, confiesan por cierto y verdadero cuanto queda referido y dándose por entregados de los 95 pesos del valor del arrimo, otorgan que ratifican el explicado contrato y declaran por dueño a don Manuel Patiño del arrimo de dichos dos tramos de 14 varas lineales en el extremo oriente y 10 varas en el poniente, en la pared que divide el lindero de ambas posesiones, quedando a la parte del norte la de Patiño y a la del sur la de los otorgantes, quienes también declaran al primero por duelo de las paredes construidas en los dos tramos.
Sans titreAnte el corregidor compareció Juan de Acevedo, hermano de Agustín de Acevedo, dueño de recua, quien manifestó llevar en ella 10 pipas de vino trasegadas en 60 barriles y 16 arrobas, más 8 botijas de vino, en virtud de cuatro certificaciones firmadas por los jueces oficiales reales en la Nueva Veracruz el 15 de noviembre de 1638, para entregar en México a Francisco del Castillo, a Francisco Maldonado, a Pedro Fernández y a Antonio Rodríguez, cuya imposición monta 274 pesos que quedaron metidos en las Cajas Reales.
Incontinenti, María de la Candelaria y José Ordóñez, para su información presentaron por testigos a Francisco Maldonado, pardo libre, vecino de esta ciudad, y habiendo hecho juramento de decir la verdad, dijo conocer a María de la Candelaria y al difunto Diego Ordóñez, desde hacía más de 30 años, los vio casar legítimamente en esta ciudad y durante su matrimonio tuvieron por hijos legítimos, a Francisca, Juana, María, Mariana y a José Ordóñez.