Pedro Sánchez Monge, vecino de la provincia de Jalapa, dio su poder cumplido a Jerónimo de Escalante Guevara, vecino de Jalapa, para que lo represente en todos sus pleitos civiles y criminales y para que pueda cobrar cualesquier bienes raíces y muebles, pesos de oro, joyas, mercaderías, derechos y acciones que le debieren en esta Nueva España.
Pedro Sánchez Monge, vecino de Jalapa, se obliga de pagar a Alonso de Villanueva, Alcalde Mayor, 1400 pesos de oro común que son el precio de 200 novillos.
Pedro Sánchez Monge, vecino de la provincia de Jalapa, vende a Francisco Hernández de la Higuera, un negro esclavo llamado Diego, de tierra Conga, de 18 a 20 años, en 400 pesos de oro común.
Leonor de la Rosa, viuda de Jorge Guitrón, vecino que fue de Veracruz, se obliga de pagar a Pedro Sánchez Monge la cantidad de 260 pesos de oro común, que le resta debiendo de una casa que le vendió en el pueblo de Jalapa.
Pedro Sánchez Monge, vecino de Jalapa, vende a Francisco Pérez Romero, vecino de Jalapa, unas casas en este pueblo en 240 pesos de oro común.
Diego García Ronquillo, vecino de la ciudad de México, dueño de sus carros, se obligó a pagar a Pedro Sánchez Monge, vecino de Jalapa, 256 pesos de oro común, precio de 32 novillos que le vendió.
Pedro Sánchez Monje, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Juan de Tejada y a su mujer, Isabel de la Rosa, 840 pesos de oro común, precio de dos esclavos negros que le vendieron a Juan de Quiroz; los cuales, haciendo la deuda ajena suya propia, pagará dentro del plazo de un año corrido.
Diego González y Pedro Sánchez Monge, vecinos de Jalapa, dijeron que tienen formada una compañía para comprar y vender novillos, mulas, ruanes, creas, medias de seda y otras mercaderías, de todo lo cual, tanto del capital principal como las ganancias, se partirán por mitad.
Juan Díaz Matamoros, vecino de esta provincia, se obligó a pagar a Pedro Sánchez Monge, vecino de Jalapa, 244 pesos de oro común, precio de unas casas de morada que el susodicho vendió a Francisco Pérez Rodríguez y éste recibió en su nombre, para pasados 15 días después de la Pascua de Resurrección del presente año.
Miguel de Aviñón y Pedro Sánchez Monge, vecinos de esta provincia, se concertaron en esta manera: el segundo se obligó a sembrar la cantidad de caña que pudiere, durante dos años, a su costa, en las tierras del primero; y éste se obligó a molerle toda la caña en su ingenio, según es uso y costumbre.