Pedro Díaz, arriero, residente en el pueblo de San Antonio, otorga su poder a Pedro Miguel, vecino de la Nueva Veracruz para que en su nombre pueda demandar, haber, recibir y cobrar de Juan de Cisneros, vecino del pueblo de Tlaxiaco que es en la Mixteca, 102 pesos y 4 tomines de oro común, los cuales son por razón de una pipa de vino de islas; de Agustín Montero, vecino del pueblo de Teposcolula, 140 pesos y un tomín de oro común, los cuales son por razón de 29 arrobas y media de vino que le vendí en 4 pesos y 6 tomines la arroba; y a Gregorio Sandoval 57 pesos y 2 tomines de oro común por razón de 10 arrobas de vino que de mi recibió comprados.
Gonzalo Blanco, tratante, otorga Poder general a Juan de Cisneros.
Juan de Cisneros, como fiador de Juan de Santiago, se obliga de pagar a Juan de Moya, cierta cantidad de dinero, en caso de que el primero no cumpla el compromiso de llevar recaudo suficiente para cubrir dicha cantidad.
El Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, poseedor del mayorazgo e ingenio nombrado La Santísima Trinidad, revocó un poder dado a su tío el Lic. Don Diego Fernández de la Higuera, clérigo, vecino de la ciudad de México, y de nuevo dio su poder cumplido a su hermano el Alférez Don José de la Higuera Matamoros y a Juan de Cisneros, Procurador de Causas en la Real Audiencia de la ciudad de México, para que en su nombre pidan cuentas y las ajusten o liquiden con cualesquier personas o con quienes las haya tenido; generalmente, para en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que tiene o adelante tuviere.