Para la dicha información, el Lic. Diego Martín de los Reyes, presentó por testigo a Gaspar de los Reyes, español, vecino de Naolinco, y preguntado sobre la memoria de que se ha hecho mención, declaró haber conocido a Doña Isabel de los Reyes, mujer de Francisco Marcos de Velasco, y que por el mes de octubre le llamaron para ser testigo de la dicha memoria y cuando Doña Isabel de los Reyes la hizo, ella estaba en su juicio, y mandó se guardase lo escrito en ella.
Para la dicha información, el Lic. Diego Martín de los Reyes, presentó por testigo a José Díaz, español, vecino de Naolinco, maestro de herrería y siendo preguntado, este testigo dijo haber conocido a Doña Isabel de los Reyes, quien estando muy en su sano juicio, otorgó la memoria donde expresó su última voluntad y la firmó con los demás testigos.
Memoria que otorgó Doña Isabel de los Reyes, vecina de Naolinco, por su testamento, hija legítima de Diego Martín de los Reyes y de Doña Inés de Mesa, difuntos, mujer legítima de Francisco Marcos de Velasco.
Diego Sánchez Jurado, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la ciudad de Cádiz en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Pedro Sánchez Jurado y Antonia del Castillo, difuntos; y Juana Domínguez, natural de esta villa, hija legítima de Blas Domínguez y de Isabel de los Reyes, difuntos, estando buenos del cuerpo y sana la voluntad en todo su libre juicio, buena memoria y entendimiento natural, otorgan que dan su poder para hacer el uno por el otro y el otro por el otro su testamento en la manera en que se lo tienen comunicado. Declaran que habrá tiempo de veinticinco años poco más o menos que contrajeron matrimonio, durante el cual han procreado por hijos legítimos a Catalina Jurado de dieciocho años, casada con Diego Gil; María Jurado de dieciséis años, casada con Antonio Moreno; José de quince; Bárbara de diez; Felipe de nueve; Pedro de seis; Joaquín de cuatro; y Nicolasa de tres meses. Y para cumplir las mandas del testamento se nombran el uno al otro y el otro al otro en compañía del Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, su compadre, por albaceas testamentarios; y nombran por único y universales herederos a sus hijos trayendo a partición lo que han llevado al matrimonio las dichas Catalinas y María.
Sans titreBlas Domínguez, vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Juan Domínguez Nieto y Catalina Hernández difuntos, vecinos que fueron del valle de Huamantla, provincia de Tlaxcala, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara estar casado con Isabel de los Reyes, durante el matrimonio procrearon a Antonia Domínguez mujer de Joseph [José] de [Villegas]; Juan que será de edad de veintidós años; Catalina Domínguez mujer de Pedro Álvarez; Diego de edad de veinte años, Gerónima [Jerónima] de dieciséis años, Gertrudis de catorce; Agustín de once [roto] Francisca de seis y Josefa de dos años. Señala que debe y le adeudan las personas que se mencionan en la escritura. Declara por sus bienes dos jacales que están fundados en el solar de las Casas Reales de esta villa; otro solar junto a la lagunilla de esta villa; un caballo; una silla jineta; una espada; setecientos manojos de tabaco zacate y ochenta y ocho de fino. Nombra albacea testamentaria a su mujer Isabel de los Reyes para que entre en sus bienes, los venda y remate; y del remanente que quedare de ellos, nombra por sus universales herederos a sus hijos.
Sans titreAnte el Capitán Don Sebastián de Mora y Medrano, Lugarteniente de Justicia Mayor en esta provincia, el Lic. Diego Martín de los Reyes, cura beneficiado de Naolinco, dijo que su hermana Doña Isabel de los Reyes, vecina de Naolinco, antes de su fallecimiento otorgó una memoria por su testamento con la presencia de testigos, y suplicó que habida la información que ofrece, la declare por su testamento y la reduzca a escritura pública. Atento a lo cual, dicho Lugarteniente mandó se le reciba la información correspondiente.
Para la dicha información, el Lic. Diego Martín de los Reyes presentó por testigo a José de Molina, vecino de Naolinco, y dijo que se halló presente junto con los demás instrumentales cuando Doña Isabel de los Reyes hizo dicha memoria, y la otorgó en su entero juicio, la oyó leer, y dijo se guardase y cumpliese como en ella se contenía.
Para la dicha información, el Lic. Diego Martín de los Reyes presentó por testigo a José de Rivera, español, maestro en el oficio de sastre, vecino de Naolinco, del cual se recibió juramento y dijo haber conocido a Doña Isabel de los Reyes, se halló en el entierro de la susodicha y fue testigo en la memoria que escribió por su testamento.
Catalina Domínguez, vecina de esta villa, viuda de Pedro Álvarez, dijo que por cuanto Isabel de los Reyes, viuda, albacea y tenedora de bienes de Blas Domínguez, su padre; [Diego], Joseph [José], Francisca, Gerónima [Jerónima] y Gertrudis Domínguez, sus hermanos y herederos, todos conjuntamente con la otorgante vendieron a Juan Rodríguez de Piña, vecino de esta villa, dos solares que quedaron por bienes de su padre y gananciales de Isabel de los Reyes en esta villa, por escritura con fecha de primero de noviembre de 1697, y siendo una de las calidades que la otorgante y los demás interesados que no se hallaban presentes en dicha venta, la aprobaran y ratificaran dentro de dos meses, en atención a que de su consentimiento se celebró dicha venta y recibió por ésta 7 pesos 4 tomines, la ratifica y aprueba por la presente escritura.
Sans titreEl Capitán Don Sebastián de Mora y Medrano, Lugarteniente de Justicia de Jalapa, habiendo visto la memoria presentada en estos autos que otorgó Doña Isabel de los Reyes, ante los testigos que en ella se refieren, y hecha la información para su comprobación con los testigos instrumentales, la declaró por testamento y última voluntad de Doña Isabel de los Reyes.