Doña Josefa de Acosta, hija legítima de los difuntos don Manuel de Acosta y de doña Lucía Lagunes, natural del pueblo de Naolinco y vecina del pueblo de Jalapa, fue casada con don José Ruiz Cañete, realiza su testamento, en el cual nombra como albacea al Bachiller José Nicolás de Acosta, y como herederos designa a su hijo el Licenciado don José Francisco Ruiz Cañete, Abogado de la Real Audiencia de México, junto con doña Antonia, doña Mariana y el Presbítero don Clemente, sus hijos legítimos.
Josefa de Acosta, mujer legítima de José Ruiz Cañete, residente en el pueblo de Naolinco, otorga poder general a su marido para que la represente en todas sus causas, negocios civiles y criminales que al presente tiene o tuviere con cualquier persona, así demandando como defendiéndolo sobre cuya razón parezca en juicio haciendo pedimentos, requerimientos, protestas, embargos de bienes, ventas y demás autos judiciales.
José Ruiz Cañete, vecino y labrador de la provincia de San Juan de los Llanos, se obligó a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 178 pesos y tomín y medio de oro común, por otros tantos que valieron las semillas, potros y lana, del diezmo del año pasado de 1677 de la hacienda de Pizarro y de la hacienda de José Suárez de la Cueva, para fin del mes de diciembre del presente año.
Doña Josefa de Acosta, hija legítima de los difuntos don Manuel de Acosta y de doña Lucía Lagunes, natural del pueblo de Naolinco y residente en el pueblo de Jalapa, viuda de don José Ruiz Cañete, otorga poder para testar y nombramiento de albaceas a don José Francisco Ruiz Cañete y Clemente Ruiz Cañete, sus hijos legítimos, junto con el Licenciado José Nicolás Díaz de Acosta, y como herederos a los dos antes citados, junto con doña Antonia y doña Mariana Ruiz Cañete, sus hijos legítimos.
José Ruiz Cañete, vecino y labrador de la provincia de San Juan de los Llanos, como principal pagador, y Tomasa Ruiz, como su fiadora, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Los Ángeles, 59 pesos y 6 tomines de oro común, por otros tantos que valieron y montaron las semillas y ganados del diezmo del año pasado de 1678 que dicho principal compró al Lic. Juan González de Castro, presbítero, colector de diezmos, de su hacienda de San Nicolás Pizarro, para fin del mes de diciembre del presente año.
José Ruiz Cañete, vecino de Teziutlán, dijo que habiéndose casado con doña Josefa de Acosta, hija legítima de Manuel de Acosta, se le dio la hijuela de sus legítimas que importó 2, 191 pesos 2 reales de oro común, cuya cantidad se le ha pagado en diferentes tiempos y partidas de que ha dado recibos sueltos, en tal virtud por la presente otorga recibo a Gaspar de Heredia del total del importe.
Francisco Domínguez Muñiz y Gertrudis Josefa de Guevara, marido y mujer, vecinos de Naolinco; ella declara que es hija de los difuntos Marcela Ruiz Cañete y del Capitán Nicolás Guevara, y su madre fue hija del Capitán Francisco Ruiz Cañete, quien por muerte nombró herederos a su madre y tíos, con la cantidad de 6,566 pesos y 6 reales y 4 granos, los cuales están en poder de José Ruiz Cañete, poseedor de las fincas de Tezontepec, Xaltipanapa y 4 sitios de agostadero, mismos que se vendieron al citado tío José, quien entregó la cantidad junto con los réditos correspondientes, a dicho Francisco, de 1,904 pesos 3 reales y 7 granos que le tocaban, los cuales declara haber recibido.
Ventura de Acosta y Gaspar de Heredia, vecinos de la jurisdicción de Jalapa, poseedores de los trapiches de la Concepción y San Diego, dijeron que por cuanto es a su cargo el enterar a doña Josefa de Acosta, hija y heredera de Manuel de Acosta y de doña Lucía Lagunes, de la legítima que por hijuela se le adjudicó, cuyo resto es de 359 pesos, los cuales no se los han podido enterar en reales, en cuya virtud otorgan que le entregan a Josefa de Acosta, mujer legítima que es de don José Ruiz Cañete, en cuenta de pago del resto de la legítima, una negrita esclava criolla de dichos trapiches, nombrada Juliana María, de 11 años de edad, por el valor de 250 pesos de oro común.
Marcos de Acosta, vecino de la jurisdicción de Jalapa, hijo legítimo de Manuel de Acosta y de Lucía Lagunes, estando enfermo en cama en su entero juicio, dijo que no le da lugar a ordenar su testamento, por lo que otorga poder para testar a Antonia de Rivera, su mujer, a don Pedro de Torres y a don José Ruiz Cañete, vecino de San Juan de los Llanos, de quienes tiene entera satisfacción, para que en su nombre ordenen su testamento en la forma que les tiene comunicados. Declara ser casado con Antonia de Rivera y al tiempo de contraer matrimonio él tenía 4 mil pesos de caudal y la susodicha trajo 100 pesos. Nombra como herederos a sus hijos.
Nicolás Antonio Domínguez Muñiz, como marido de Petrona Guevara, dijo que por poder que le dio su mujer para cobrar la herencia que le dejó su abuelo el Capitán Francisco Ruiz Cañete, otorga que ha recibido de José Ruiz Cañete, la cantidad de 1,094 pesos y los réditos que han corrido de la dicha cantidad.