Doña Magdalena de Alcántara, viuda de Juan de Paz Cabrera, residente en esta ciudad, dio su poder cumplido al Bachiller Juan de Alcántara, clérigo presbítero, vecino de esta ciudad, para que en su nombre parezca ante el Alcalde Mayor de San Juan de los Llanos y cobre de los bienes de Don Carlos Laso de la Vega, 1 635 pesos, mas otros 145 pesos 3 tomines y 6 granos de las costas tasadas, y pida su obedecimiento y ejecución.
Doña Catalina de Aurto y de la Mata, viuda de Don Carlos Laso de la Vega, difunto, vecino que fue de San Juan de los Llanos, como principal obligada, y José Espinosa de los Monteros, vecino y labrador de la provincia de Tlaxcala, como su fiador, se obligaron a pagar a Doña Magdalena de Alcántara, viuda de Juan de Paz[Juan de la Paz], vecina de la ciudad de Los Ángeles, 1 700 pesos, más 145 pesos 3 tomines y 6 granos de oro común de las costas, en los plazos siguientes: 922 pesos 5 tomines y 6 granos para fin del mes de agosto del presente año; y los 922 pesos 5 reales y 6 granos para fin del mes de agosto del presente año; y los 922 pesos 5 reales y 6 granos en dos plazos: 461 pesos y 4 reales a fin de febrero de 1683, y el resto, para fin del mes de agosto de 1683.
Doña Catalina de Aurto y de la Mata, viuda de don Carlos Laso de la Vega, su albacea y heredera en el remanente de sus bienes, ante Pedro López de Villaseñor, Teniente General de San Juan de los Llanos, en virtud de que Don José Espinosa de los Monteros, vecino de la provincia de Tlaxcala, salió por su fiador en la cantidad de 1 845 pesos 3 tomines y 6 granos de oro común, y la otorgante como principal, para pagarlos a Doña Magdalena de Alcántara, vecina de la ciudad de Los Ángeles. Por la presente, Doña Catalina se obligó a sacar en paz y a salvo, a sus bienes y herederos de la dicha fianza, sin que por esta razón se le pida cosa alguna.