Doña María de Estupiñán vecina de Jalapa, dijo que tiene dados 100 pesos de oro común a Juana, niña de 9 a 10 años, hija de Juan de la Gala [Moreno], El Mozo, y de María de Robledo, los cuales paran en poder de Juan Antúnez, y éste se los ha de dar cuando ella tome estado, y en el ínterin, el susodicho pagará 5 pesos de rédito anuales. Y por la presente, dispuso que la referida cantidad se dé a Juana, cuando cumpla 25 años de edad.
Juana Agustina de la Gala, vecina de este pueblo, hija legítima de Juan de la Gala Moreno y de María Robledo; está última le dejó como herencia un solar eriazo ubicado en el barrio de Techacapa, mide 63 varas de largo y 37 de ancho, colinda con otro solar en que ella tiene su casa, con solar de la cofradía del Santísimo Sacramento en la iglesia parroquial, por otra parte con solar de los herederos de Juan Infante, al fondo con un callejón que baja del barrio nombrado Santa María; dicho solar lo vende a Juana de la Torre y Olmedo, legítima mujer de Francisco de las Casas. La venta se hace en 43 pesos de oro común que por su valor le ha entregado.
Juan Antúnez, vecino de la jurisdicción de Jalapa, se obligo a pagar a Doña María de Estupiñán, vecina de este pueblo, 170 pesos de oro común que del ajustamiento de cuentas le hizo alcance, en esta manera: 70 pesos para fin del mes de diciembre del presente año, y los 100 luego que tome estado Juana, niña de 8 a 9 años de edad, hija legítima de Juan de la Gala [Moreno], el mozo, ausente, y de María de Robledo, su mujer, difunta, a quien la dicha Doña María de Estupiñán los tiene dados para dicho efecto.