El ciudadano Teniente Coronel don Rafael Navarrete, residente en este suelo, dijo que tiene una hija natural nombrada Eulalia de poco más de un año de edad, la hubo en Antonia Ramírez de cuyo poder la ha quitado, en consideración a que siendo mujer que carece de recursos es imposible darle educación, sino que lejos de eso hay probabilidad de que solo se le proporcionaría mal ejemplo y acaso a la vez su prostitución; por cuyas razones ha puesto a dicha criatura en la casa de sus padrinos Manuel de Azua y doña María Dolores Rubio Roso, con quienes es su voluntad permanezca para siempre; y que entre tanto esa niña llega a la edad que las leyes exigen para que pueda formalizarse prohijación o adopción, respecto a que el comparente por su empleo no puede tenerla consigo, y por tanto ha acordado celebrar el presente instrumento por el cual declara que es su voluntad que permanezca dicha su hija Eulalia desde ahora para adelante en la casa y poder de los nominados don Manuel de Azua y su esposa doña María Dolores Rubio Roso, en quienes delega su acción para que la críen, eduquen y alimenten como si fuese hija de ellos.
UntitledAndrés Vázquez, natural de la ciudad de Málaga, en los reinos de Castilla, vecino de La Antigua Veracruz, residente al presente en este pueblo, dijo que habiendo contraído matrimonio con Doña Aldonza Clara de Vargas, hija de Doña Ana Francisca Matamoros esposa del Capitán Francisco García López, vecino de Jalapa, recibió de su señora suegra 4412 pesos y un tomín de oro común de dote en: una esclava mulata, soltera, nombrada Antonia Ramírez, de 30 años de edad; joyas, ropa para dama, enseres domésticos, y 2314 pesos y un tomín de oro común que a su suegra le debe el ingenio nombrado San Sebastián Maxtlatlán, los cuales heredó por la parte paterna y lo que le cupo de la herencia de su hermana María Aldonza de Vargas.
Nicolás Rodríguez del Pulgar, natural del pueblo de Quichula [Quechula], jurisdicción de la ciudad de Tepeaca y vecino de un rancho en términos de la villa de Córdoba, hijo natural de Diego de Trujillo del Pulgar, difunto, y sin conocimiento de madre, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara haber estado casado con María Ángel, difunta, con quien procreó a Diego y Juan [Rodríguez], mayores de veinticinco años. Asimismo, declara estar casado por segundas nupcias con Antonia Ramírez, con quien ha procreado a Juan Rodríguez, de doce años de edad, y Manuela Rodríguez, de diez años de edad. Declara por bienes lo que se halle de las puertas adentro de su casa; doce vacas de vientre, doce becerros y seis yeguas; dos solares en esta villa, que compró a Antonio Hernández y a Diego Lucas; además, el derecho que tiene sobre el rancho donde habita, por la merced que le concedió el Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, con el gravamen de 8 pesos de renta cada año. Nombra como albaceas a Manuel de Piña y Nicolás de Gurrola, vecinos de esta villa. Y por herederos universales nombra a sus hijos.
UntitledMariana de la Gasca, vecina de Jalapa, viuda de Sebastián García Adán, vende al Lic. Don Juan de Bañuelos Cabeza de Vaca, beneficiado de este partido, una esclava mulata nombrada Antonia Ramírez, criolla de Naolinco, de 28 años de edad, libre de hipoteca, empeño y otra enajenación, sin asegurarla de ningún vicio, defecto, tacha, ni enfermedad, por el precio de 250 pesos de oro común.
Doña Aldonza Clara de Vargas, mujer legitima de Andrés Vázquez, residente en Jalapa, dio su poder cumplido al dicho su marido para que representando su persona, reciba y cobre de cualesquier personas los pesos de oro, plata, reales, joyas, esclavos y otros bienes que le debieren; y generalmente para en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales; asimismo, para que pueda regir y administrar sus bienes, y venda una mulata nombrada Antonia Ramírez, soltera, de 26 años de edad; y un esclavo mulato, soltero, llamado Simón de Vargas, de 23 años de edad, que hubo y heredó de su tía María Aldonza de Vargas, en los precios y plazos que hallare.
Antonia Ramírez, vecina de esta jurisdicción, viuda de Nicolás Rodríguez [del Pulgar], tutora y curadora de Juan y Manuela Rodríguez, sus hijos, dijo que ha recibido la cantidad de 138 pesos 7 tomines y 6 granos pertenecientes a su menores hijos como parte que les tocó de los bienes de su difunto padre, por lo cual se obliga a tenerlos sobre los más bien parado de sus bienes, para que cuando éstos cumplan su mayoría de edad o tomen estado se los entregue. Por otro lado, Diego y Juan Rodríguez, hijos de Nicolás Rodríguez en su primer matrimonio, otorgan que han recibido de la susodicha cada uno la cantidad de 79 pesos 3 tomines 9 granos por la parte que les corresponde de herencia.
UntitledDiego Rodríguez, vecino de esta villa, dijo que el día tres de este presente mes y año otorgó su testamento, por el cual hizo protestación de nuestra santa fe católica nombrando albacea y herederos, y ahora por vía de codicilo dice lo siguiente: Declara que cuando murió Antonia Ramírez, su madrastra, le dejó nombrado por su albacea y por herederos a Juan y a Manuela Rodríguez, sus hijos legítimos, cuyo cargo uso solamente en lo que tocó a su entierro y que en los bienes muebles que dejó declarados la difunta entró el mencionado Juan Rodríguez, su hijo, quien los administró por estar el otorgante ocupado en el ejercicio de sus mulas, viviendo todos juntos en el rancho. Y al tiempo en que Manuela Rodríguez contrajo matrimonio con Francisco Daza, presenció como Juan Rodríguez le entregó al susodicho la mitad de todas las vacas, becerros, yeguas, potrancas y un solar que le tocaban a Manuela Rodríguez, su mujer, por bienes de dicha Antonia Ramírez. Y que el dicho Francisco Daza presentó petición ante el Pagador don Juan de Buendía, Alcalde Mayor que fue de esta villa, para que se le entregara su legítima, por lo cual dicho alcalde mandó a declarar a Juan Rodríguez y al otorgante, declarado ambos que ya se le habían entregado dichos bienes, por lo cual no fue admitido juicio alguno.
UntitledDoña Aldonza Clara de Vargas, viuda de Andrés Vázquez, vecina de Jalapa, dio carta de libertad a Antonia Ramírez, su esclava mulata, de 40 años de edad, poco más o menos, para que desde hoy día de la fecha pueda usar de su libertad, use y disponga de sus bienes y otorgue su testamento como persona libre.
El Lic. Don Juan de Bañuelos Cabeza de Vaca, cura beneficiado del partido de Jalapa, dijo que la esclava mulata nombrada Antonia Ramírez que compró a Doña Mariana de la Gasca, vecina de este pueblo, en 250 pesos de oro común, en realidad la compró para Doña María de Vargas Matamoros, vecina de Jalapa.
Antonia Ramírez, viuda de Nicolás Rodríguez [del Pulgar], vecina de esta villa y natural de la ciudad de Tlaxcala, hija legítima de Pablo Ramírez y María Ramos, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara haber estado casada con el dicho Nicolás Rodríguez, con quien procreó a Juan Rodríguez, de poco más de trece años de edad, y a Manuela Rodríguez, de once años. Declara por bienes el derecho a un rancho, en el cual hay trece vacas de vientre, quince becerros, cinco yeguas de vientre, tres potros, dos potrancas y nueve marranos. Y por bienes de su marido declara un solar que está a la salida de esta villa en la calle que va para el pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], y linda con solar de Diego Luis, indio; asimismo, medio solar en esta villa, que linda con solar de los herederos del Capitán Francisco de [roto] por la parte del oriente. Nombra por albacea, tenedor de bienes y curador de sus menores hijos a Diego Rodríguez, su entenado, hijo de dicho difunto. Nombra como herederos universales a Juan y Manuela Rodríguez, sus hijos menores.
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