Don Roque Gutiérrez de Ceballos, Alguacil Mayor de Jalapa, y Don Alonso Gutiérrez de Ceballos, hermanos, vecinos de esta provincia, hijos legítimos del Capitán Roque Gutiérrez de Ceballos; y el Capitán Don Sebastián de la Higuera Matamoros, tutor de Fray Boecio de Ceballos, Don Pedro de Ceballos y Don Marcos de Ceballos [de Burgos], asimismo hijos y herederos del dicho Don Roque Guitiérrez de Ceballos, transfirieron a su hermano Don José de Ceballos y Burgos, uno de los herederos del ingenio Nuestra Señora de la Concepción, nueve caballerías de tierra y dos sitios de ganado menor, ubicado en términos de Naolinco y Tonayán, con la merced del salto del agua de Naolinco, donde al presente tiene fundado un ingenio nombrado Nuestra Señora del Rosarío, en el cual ha gastado muchos miles de pesos, por la cantidad de 6,500 pesos, en cuenta del pago de lo que le pudiera tocar de sus legítimas.
El Capitán Don Sebastián de la Higuera Matamoros, tutor y curador de las personas y bienes de Don Pedro, Don Marcos Ceballos de Burgos, y Fray Boecio de Ceballos, hijos menores y herederos del Capitán Roque Gutierrez de Ceballos, solicitó a Don Juan de Fuica Lezama, Alcalde Mayor de Jalapa, le reciba la información acerca de la conveniencia de que los menores den a su hermano José de Ceballos y Burgos, una escritura de declaración, donde ceden 9 caballerías de tierra, dos sitios de ganado menor y la merced del agua del Salto de Naolinco, ubicados en términos de Naolinco y Tonayan, como parte del pago de sus legítimas, y les dé licencia para dicho efecto.
El capitán Don Juan de Fuica Lezama, Alcalde Mayor de Jalapa, habiendo visto esta información dada por el Capitán Don Sebastián de la Higuera Matamoros, curador de las personas y bienes de Don Pedro [de Ceballos], Don Marcos [Ceballos de Burgos], y fray Boecio de Ceballos, fraile novicio de la de la Orden de Santo Domingo de la ciudad de Los Angeles, concedió licencia a Don Sebastián de la Higuera como tutor de los dichos menores, para que otorgue la cesión y traspaso en forma de derecho que los menores tienen a las tierras, aguas, y sitios mencionados en estos autos, en el citado Don José de Ceballos y Burgos, siempre y cuando el susodicho pague o reciba en cuenta de sus legítimas 6500 pesos de oro común.
Don Roque [Gutiérrez de Ceballos] y Don Alonso Gutiérrez de Ceballos, mayores de 25 años, y Capitán de Don Sebastián de la Higuera Matamoros, en nombre de los menores hijos del Capián Roque Gutiérrez de Ceballos, Fray Boecio [de Ceballos], Don Pedro y Don Marcos Ceballos [de Burgos], se apartan del derecho, acción, propiedad y señorío que tienen a 9 caballerías de tierra, dos sitios de estancia de ganado menor y la merced del agua del Salto de Naolinco, y lo ceden, renuncien y transfieren en su hermano mayor Don José de Ceballos y Burgos, por la cantidad de 6500 pesos que recibe en cuenta de pago de lo que le pudiera Tocar de sus legítimas.