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Descripción archivística
1631, Expediente 3
MX UV.USBIX ANO-E-0072-EO_0072_0104 · Unidad documental simple · 25/05/1695
Parte de Archivo Notarial de Orizaba

Juan de Espinosa, Escribano de Público Propietario y de Registros de este pueblo, de San Antonio Huatusco y de la villa de Córdoba, en virtud de la facultad que por su título se le concede, revoca el nombramiento de Teniente de Escribano Público a Nicolás de Estrada, Escribano Real, para que lo ocupe Nicolás López, Escribano de Su Majestad, vecino de la ciudad de México.\n

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MX UV.USBIX ANX-P-0008-PX_0008_0041 · Unidad documental simple · 14/01/1654
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Nicolás López, vecino del Ingenio Chico, propiedad del Capitán Don Sebastián de la Higuera Matamoros, vende a Juan de la Gala Moreno, dueño de recua, mercader, vecino de Jalapa, un esclavo negro nombrado Pascual, de 10 años de edad, criollo de dicho ingenio, hijo de Isabel, negra de nación Angola, que su padre compró al Lic. Bernardo Guedeja Quiroga, clérigo, en la nueva Veracruz, el año de 1626, por el precio de 150 pesos de oro común.

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MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0120 · Unidad documental simple · 1702/12/06
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Manuel Gómez Dávila y Juan Gómez Dávila, vecinos de esta villa de Córdoba, dijeron que por cuanto don Diego Dávila Barrientos, difunto, debía de resto y ajuste de cuentas a Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, difunto, vecino que fue de la ciudad de los Ángeles, 3 697 pesos y pretendiendo asegurar esta cantidad, Juan Bautista solicitó le hiciese escritura de obligación el dicho don Diego Dávila, quien ofreció por fiadores y principales pagadores a los otorgantes, cuya escritura se otorgó en esta villa el 22 de abril de 1697. De cuya cantidad se le pagaron 1 734 pesos y 5 reales, quedándole a deber 1 962 pesos y 3 reales. Y habiendo fallecido don Diego Dávila Barrientos y Juan Bautista Sierra Valle, los albaceas de éste último, doña María Jiménez, viuda, y el Reverendo Padre Presentado Fray Baltazar Romeo, Rector del Real Colegio de San Luis de la ciudad de los Ángeles, solicitaron ante la Real Justicia les pagasen los otorgantes como fiadores de Diego Dávila la cantidad de 2 758 pesos por defecto de no haberla exhibido como lo mandó don Miguel Valero Grajeda, Alcalde Ordinario de esta villa, en cuyos autos que se siguieron se despachó mandamiento de ejecución contra sus personas y bienes; y en el intermedio, se logró mostrar lo que justamente se debía a dicho difunto, por medio cartas, cuentas y recibos se reconoció no ser 2 758 pesos lo que debían sino 1 962 pesos y 3 reales. Por lo cual, otorgan se obligan a pagar los 1 962 pesos 3 reales a dichos albaceas de Juan Bautista de Sierra Valle y Rioseco, de la siguiente manera: 981 pesos para fines de julio de 1703 y los restantes 981 pesos real y medio para fines de enero de 1704, más 350 pesos 5 reales que se obligan a pagar a Manuel Romeo, apoderado los albaceas, por los gastos de las diligencias que se han hecho.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0155 · Unidad documental simple · 1703/11/07
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Benito Rendón, vecino y mercader de esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes que fue de Juan Camaño, difunto, nombrado como tal en el testamento que otorgó en esta villa a los 7 de agosto de 1696; dijo que por cuanto Juan Camaño no tenía herederos forzosos, nombró como heredera a su alma para que con el remanente de sus bienes se impusiera una capellanía de misas rezadas por su alma, la cual procedió a fundar el otorgante con el principal de 1 700 pesos, los cuales impuso a censo principal redimible sobre una casa que posee en esta villa. Asimismo, dijo que por ser dicho principal redimible y por hallarse hoy con la cantidad de 1 700 pesos en reales, pretende redimirlos y quitar dicho censo de su casa para situarlos en otra finca segura; por lo tanto, otorga poder al Doctor don Nicolás Carlos Bañuelos Cabeza de Vaca, Cura interino de esta villa de Córdoba y Juez Eclesiástico en ella, para que en su nombre y representación pueda parecer y parezca ante el Señor Doctor y Maestro don Carlos López Torrijos, Juez de Testamentos, Capellanías y Obras Pías de este obispado de la Puebla de los Ángeles, y en su juzgado y en los de más que fuere necesario, en conformidad al contenido de la escritura de imposición de dicha capellanía y censo, haga exhibición de los 1 700 pesos pidiendo se impongan en otra finca y se le dé por libre de la obligación y paga de dicho principal y sus réditos.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0072 · Unidad documental simple · 1696/08/02
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Jochin Silverio Fernández, dueño de botica y maestro de su arte en esta villa de Córdoba, donde tiene su habitación, declara deber a Juan López Caño, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 285 pesos 5 reales y medio de oro común, por otros tantos que importaron los géneros, botes, vasos y demás aperos de dicha botica que el susodicho le traspasó a los precios más moderados que pudieron ajustar. Dicha cantidad pagará en reales de contado para fines de diciembre de este año, y para seguridad de la deuda hipoteca dicha botica, sus aperos y géneros.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0073 · Unidad documental simple · 1696/08/06
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Licenciado don Juan de [la] Beguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino y natural de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, hijo legítimo de don Francisco de la Beguellina [Veguellina] y Sandoval, vecino de dicha ciudad, y de doña Gerónima de Chaves [Jerónima de Chávez] y Goitia; y don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y vecino de esta villa de Córdoba, dijeron que don Juan de Beguellina [Veguellina] tiene tratado casarse y hacer verdadero matrimonio con doña Águeda María de Solís Gatica y Aguilar, hija legítima de don Gregorio Martínez de Solís y de doña Juana [de] Gatica y Aguilar. Y habiéndose efectuado y celebrado los esponsales, debido a embarazos que se les han ofrecido, definieron que se celebre dicho matrimonio [roto] para el [día de] Natividad del Señor veinticinco de [diciembre] de este año. Asimismo, [roto] han conferido hacer las siguientes capitulaciones al matrimonio: Que don Juan de Beguellina, contraído el matrimonio, se ha de obligar a no sacar de esta villa a doña Águeda, su esposa, excepto acaeciendo que Su Majestad le ocupe en cosa de servicio en la ciudad de México, porque siendo en otra parte ha de subsistir la habitación en esta dicha villa por ser de utilidad a una y otra parte. Es condición que tres o cuatro días antes del matrimonio, don Gregorio Martínez de Solís otorgue obligación a favor de don Juan de Beguellina, por 12 000 pesos como dote de su hija, los 10 000 en reales de contado y los 2 000 en esclavos y alhajas.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0074 · Unidad documental simple · 1696/08/06
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Marina Dávila Barrientos, viuda y vecina de esta villa de Córdoba, otorga poder al Capitán don Diego Salgado [Somoza], vecino y encomendero de la ciudad de los Ángeles, para que en nombre de la otorgante cobre de Nicolás de Estrada, Escribano Real y Público en dicha ciudad, 150 pesos de oro común que le debe del arrendamiento de la casa en que el susodicho habitó en esta villa de Córdoba, de que le otorgó vale simple con fecha de 31 de julio de 1695.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0075 · Unidad documental simple · 1696/08/07
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Juan Camaño, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Muros en el Reino de Galicia, Arzobispado de Santiago, hijo legítimo de Juan Camaño e Inés Camaño, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena se digan por su alma, la de sus padres [y las] de su intención 1 000 misas. Ordena que de sus bienes se den 25 pesos para la obra material de la santa iglesia parroquial y 25 pesos para la del Señor San Antonio de esta villa. Declara no estar casado y no tener hijos. Declara tuvo compañía con Pedro Trillo de Figueroa, vecino de esta villa, en el trato de diferentes mercaderías, la cual terminaron extrajudicialmente quedando separados y cada uno con su principal y ganancias. Es su voluntad se den de sus bienes 200 pesos de oro común a Gertrudis López [de Guzmán], niña de quince años de edad, hija de Bernardo López [de Guzmán] y de María [Martín] Lomelín, vecinos de esta villa, para ayuda del estado que elija. Declara por bienes una casa baja de piedra y madera, cubierta de teja, ubicada en la calle Real de esta villa, que va del mesón a la plaza Pública y hace esquina, fundada en solar de 50 varas de frente. Otra casa contigua a la anterior, que compró en almoneda de los bienes del Capitán Antonio de Brito Lomelín, difunto, con el cargo y gravamen de 800 pesos pertenecientes a Joseph [Josefa] Marcela de la Rosa, hija y heredera de dicho capitán. Declara por bienes un negro esclavo nombrado Joseph [José], de veintisiete años de edad, que compró a Juan Pacheco, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz. Declara que el Licenciado don Bernardo de Valdivia [de las Roelas], Cura Beneficiario de San Pablo Soquitlan [Zoquitlán], obispado de la Puebla de los Ángeles, le debe 96 pesos resto del valor de un esclavo negro que le vendió. Nombra como albacea y tenedor de bienes a Benito Rendón, vecino y mercader de esta villa, y como albacea a Pedro Trillo de Figueroa. Nombra como heredera a su alma, para que con sus bienes se funde una capellanía de misas rezadas que goce juntamente las del purgatorio, sus padres y demás de su intención.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0077 · Unidad documental simple · 1696/08/09
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán don Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa, dijo que tiene poder que le dio su madre doña Francisca de la Torre [Mercado], viuda de Pedro López del Castrillo, vecina de la ciudad de los Ángeles, para la cobranza de 1 000 pesos que a la susodicha le debe el Capitán Cristóbal Romero, vecino del pueblo de San Cristóbal de Alvarado, procedidos del arrendamiento de una hacienda que posee en dicho pueblo, de tiempo de [dos] años, otorgado en dicha ciudad el 27 de marzo de este año ante Pedro Gómez de Prado, Escribano Real y Público. Y por cuanto había otorgado sustitución en don Diego [de] Brito Lomelín, vecino de esta villa, quien se lo ha devuelto, otorga por la presente lo substituye en Andrés Moreno de Torrija, vecino de la ciudad de los Ángeles y residente en dicho pueblo de San Cristóbal Alvarado, y lo firmaron siendo testigos Juan Ludovico Blois, Juan de Vega y Tomás Montero, vecinos de esta villa.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0081 · Unidad documental simple · 1696/08/13
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Miguel de Leyba, Joseph [Gómez Dávila, vecinos de esta] villa de Córdoba; Joseph [José] de Leyba [Leiva] y el Capitán Joseph de Leyba [José de Leiba y Esparragosa] [roto] dijeron que el Alférez Antonio de Ábrego Esquivel, [Teniente General] de esta villa, para obtener dicho nombramiento de teniente necesitó la cantidad de 4 000 pesos que ofreció al Capitán don Antonio Orejón de la Lama para gracia del nombramiento, cantidad que buscaron conseguir el dicho Alférez Antonio de Ábrego, doña Ana Dávila Valero, su mujer, y el Alférez Miguel Jiménez de Bonilla, vecino de la jurisdicción de Tlaxcala al pago de Nativitas, por medio de un poder otorgado al Capitán don Diego Dávila Barrientos, vecino de esta villa, para que por dicha cantidad y algo más les pudiese obligar con hipoteca de nueve piezas de esclavos y una casa de obraje en la ciudad de Cholula. Y reconociendo los otorgantes la necesidad de con que se [hallaban], por vía de amistad y buena obra remitieron orden por carta al Capitán don Diego López de Luna, en que le pidieron supliese y tuviese en su poder los 4 000 pesos para entregarlos a finales de abril de este año, lo que en efecto hizo, quedándoselos a deber dicho Alférez Antonio de Ábrego, Miguel Jiménez de Bonilla y doña Ana Dávila Valero, a pesar de no haber otorgado escritura de obligación. Y respecto a que dicho Capitán don Diego López de Luna, vecino y mercader de los Ángeles, trataba de poner demanda a los otorgantes sobre la paga y satisfacción de los 4 000 pesos por haberlos dado por orden de ellos, y siendo justo que el susodicho haga las diligencias y recaudación de dicha cantidad en los bienes y personas que los deben, y pueda sacar a paz y a salvo indemne que por ningún camino lasten cosa alguna de dicha cantidad; otorgan poder al Capitán don Diego López de Luna para que en sus nombres y por sí y para sí reciba, demande y cobre judicial o extrajudicialmente los 4 000 pesos del Alférez Antonio de Ábrego, Miguel Jiménez de Bonilla y doña Ana Dávila Valero.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO