Leonor de Miranda y Rivillar, vecina de Jalapa, viuda de Domingo Gómez, dio su poder cumplido a su hijo José Gómez para que en el pueblo de Papantla, donde falleció se padre, reciba y cobre de la persona o personas en cuyo poder estuvieron los bienes muebles o semovientes que Domingo Gómez dejó, siguiéndose en todo por el testamento, so cuya disposición dicen falleció.
Don José Manuel Ramírez, vecino de la Ciudad de México, hijo legítimo de don Pascual Ramírez y doña Gertrudis Escobar, difuntos, otorga su testamento donde declara haberse casado con doña María Guadalupe Vera, con quien procreó por hija legítima a doña María Dolores Ramírez, casada con don Vicente Cardozo, vecino de la Ciudad de Querétaro. Nombra como albacea a don José Gómez, vecino de México, y como heredera universal designa a su citada hija.\t
Fernando Gómez Muñoz, natural de las Montañas de Santander, en los reinos de Castilla, vecino de esta Villa, hijo legítimo de don José Gómez y de doña Josefa Muñoz, otorga su testamento, en el cual declara ser soltero y tener dos hijos naturales habidos en mujer libre, llamados Fernando y José María Gómez Muñoz. Declara por bienes un rancho y molino con sus enseres, tenería con más de 1 500 suelas curtidas sin los pelambres, 2 432 pesos impuestos sobre la casa en que vive y en una contigua, reconoce a réditos 1 500 pesos a esta Santa Iglesia parroquial. Ordena se funde una obra pía con la cantidad de 2 000 pesos para el culto de Nuestra Señora del Carmelo. Declara que tiene en la ciudad de la Habana, en poder de don Ángel de Peña, 128 suelas y 125 que dicho señor ha recibido de orden de don Santiago de Sarabia, de esta vecindad. Nombra como tutor, curador y tenedor de los bienes de sus hijos, a don Juan Esteban de Elías y a don José de Arias, a quienes también nombra como sus albaceas, y como herederos a Fernando Gómez Muñoz y José María Gómez Muñoz, sus hijos naturales.
Don Fernando Gómez Muñoz, natural de las Montañas de Santander en los Reinos de Castilla y vecino de esta Villa, hijo legítimo de don José Gómez y de doña Josefa Muñoz, otorga su testamento donde declara tiene como bienes un molino y tenería con sus tierras, ganados y 3 000 pesos en plata. Nombra como albacea y tenedor de sus bienes a don Juan Esteban de Elías. Declara no tener herederos forzosos que con derecho deba heredarles por ser soltero y sus ascendientes estar difuntos, por lo que nombra como heredero a un hijo natural que tiene en su compañía nombrado Fernando Gómez Muñoz de 10 años de edad.\t
El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, vende al [Alférez] don José Gómez Dávila, vecino de esta villa, un esclavo negro nombrado Miguel, casta rayado, de treinta años más o menos, el mismo que compró entre otros del armazón que condujo a esta villa don Lucas de Acosta, Factor de ella. Lo vende en precio de 370 pesos horros de alcabala.
Sem títuloAntonio Millán, vecino de esta villa de Córdoba, y Sebastiana Cid, su legítima mujer, la susodicha con licencia previa de su marido, otorgan que vende a Juan Rodríguez Durán, vecino de esta dicha villa, Alcalde Ordinario de ella por su Majestad, una casa baja de piedra y madera, cubierta de teja, con 25 varas de solar de frente y 50 de fondo, ubicada en la calle que sale de las casas principales de Joseph de Leyva [José de Leiva] para el camino real que va a la Nueva ciudad de la Veracruz; linda por mayor parte con casa de Juan de los Santos [Cubillos], y por la otra con casa de Gerónimo de Leyva [Jerónimo de Leiva], y hace frente calle en medio con solar de Joseph Gomes [José Gómez]. La casa la venden con patio, pozo y horno de coser, en precio de 500 pesos.
Sem títuloDon Nicolás Rodríguez, natural del Reino de Galicia y vecino del pueblo de Olinalá, con testamento hecho, declara que por vía de codicilio se agregue lo siguiente; se pague a don Juan de Villalobos, su mozo Santiago Robledo y su Mayordomo Sebastián, que al padre de don José Gómez se le pague el alquiler de la casa, se digan misas a nombre de algunos santos, deja en poder de Juan Antonio 9 mulas de carga ensilladas y un caballo, de dichas mulas manda se le otorgue una a Javier, “El Sabanero”, y en manos de su albacea quedan 160 pesos por la venta de otras mulas.
Doña María Lorenza Hernández, viuda de Juan González Oaxaca, Gregoria de la Soledad, viuda de José Gómez, José González, soltero, y Mariana María, casada con Antonio de la Rosa, hijos legítimos del difunto, otorgan que venden a Simón Blanco un solar en este pueblo, linda por el oriente con solar de Simón, por el norte con calle que sale de esta plaza y va para la Ermita de Santiago, por el poniente con solar de dicha su madre, por el sur con un potrerillo del comprador. Lo vende por precio de 66 pesos 9 reales.
Fernando Gómez Muñoz, natural de los Reinos de Castilla, en la Ciudad y Obispado de Santander, vecino y del comercio de esta Villa de Xalapa, hijo legítimo de los difuntos don José Gómez Boo y de doña Josefa Muñoz de Pía, otorga su testamento donde declara ser soltero con 2 hijos naturales nombrados Fernando de 13 años y José María de 7, habidos en mujer libre con quien pudo haber contraído matrimonio. Ordena se le den de sus bienes 1 000 pesos a cada uno de sus hijos. Declara por bienes los efectos de su tienda, el molino de San Roque y el rancho del mismo nombre con su ganado vacuno, caballar y lanar, con todos sus enseres y una tenería. Nombra como albaceas testamentarios a don Juan [Esteban de] Elías, junto con don José de Arias, vecinos de esta Villa, y como herederos a sus citados hijos naturales.
Don José Gómez, natural de Galicia, del lugar de Castres, soltero de 24 años de edad, hijo legítimo de don José Gómez, difunto y de doña María Causián, que vive en dicho lugar, otorga su testamento donde declara que por la muerte de su padre le correspondió un pedazo de terreno que administra su madre; es sirviente de don José Marián, del comercio de Veracruz, en cuyo poder tiene 400 pesos más o menos de salario que ha devengado; nombra como albacea al mencionado José Marián, y como heredera a su madre.