El Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, dueño del ingenio nombrado La Santísima Trinidad, poseedor del Mayorazgo que fundaron sus bisabuelos, el cual heredó con muchos deudas, dio en arrendamiento Don Andrés Alcaide de Ojeda como vecino del pueblo de Acatzingo, una hacienda de ovejas nombrada Nuestra Señora de la Asunción, ubicada en términos de San Salvador El Seco, provincia de Tepeaca, perteneciente a su mayorazgo, con un 15 293 ovejas, por tiempo de 4 años y al precio de 1 000 pesos de oro común anuales.
El Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, dueño del ingenio La Santisima Trinidad, en esta provincia de Jalapa, dio en arrendamiento a Andrés Alcaide de Ojeda, vecino de Acatzingo, jurisdicción de Tepeaca una hacienda de ovejas nombrada Nuestra Señora de la Asunción, ubicada en términos del pueblo de San Salvador El Seco, perteneciente al Mayorazgo de la Higuera, con 15 293 cabezas de ganado ovejuno de tijera, casas y aperos, por tiempo de cuatro años, a partir del 15 de octubre de 1663, al precio de mil pesos de oro común anuales.
Doña Josefa de Arellano y de Irala, administradora de este ingenio y de otras haciendas de su marido Don Sebastián de la Higuera Matamoros, revocó la sustitución que hizo en favor de Bartolomé Martín de Mora, vecino de la ciudad de Los Angeles; y para el efecto de recibir de Simón de León una hacienda de ovejas, aperos y avíos, sustituye dicho poder en Andrés Alcaide de Ojeda, vecino de la provincia de Tepeaca, para que reciba la citada hacienda.
El Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, dueño del ingenio La Santísima Trinidad, dijo haber arrendado una hacienda de ovejas nombrada Nuestra Señora de la Asunción, ubicada en términos de San Salvador El Seco, a Don Andrés Alcaide de Ojeda, por tiempo de 4 años y a razón de mil pesos anuales. Y una hacienda de labor nombrada San Mauricio, Pago de Valsequillo, a José Moreno Peña, en otros 4 años y al precio de 350 pesos anuales, de cuyas cantidades libró una parte en favor del Capitán Don Francisco de Córdoba, vecino de la ciudad de México, a fin de satisfacer un adeudo de mayor cuantía, y por la presente, dio poder al susodicho para que cobre los arrendamientos y pueda arrendar las mencionadas haciendas por los tiempos y precios que le pareciere.