Juan Rodríguez y [Martín] de Eguiguren, dijeron que por cuanto el señor don Rodrigo de Vivero les era deudor de 10 583 de oro común, declararon que habían recibido en cuenta y parte de pago, 8 565 pesos de oro común de manos de Gaspar de Quintana, persona que ha tenido en administración los azúcares. Además, el dicho señor don Rodrigo de Vivero les dio una libranza de 1 000 pesos de oro común, firmada de su nombre para que el dicho Gaspar de Quintana, les dé y pague para el día de navidad de este presente año y otra de 1 017 pesos 6 reales, para el susodicho día de navidad del año que viene.
Juan Rodríguez de Villegas, de camino para los [reinos] de Castilla entregó a Gaspar de Quintana, las escrituras y otros recaudos que proceden de la compañía que ha habido entre Juan Rodríguez de Villegas y Martín de Eguiguren, para que acuda a la cobranza de los pesos de oro en ellos contenidos, y así Eguiguren pueda cobrar de Gaspar de Quintana y de quien y con derecho deba, la mitad así en las escrituras, cédulas y recaudos.
Doña Melchora de Aborruza, con poder de Rodrigo de Vivero, su marido, otorga poder a Gaspar [Forcadell], estante en la ciudad de México, para que pueda cobrar de Gaspar de Quintana, 60 panes de azúcar blanca, y 36 arrobas de azúcar blanca molida y cantidad de pesos de plata que él le envió.
Rodrigo de Vivero, Caballero del Hábito de Señor Santiago, digo “que por cuanto Juan Rodríguez de Villegas y Gaspar de Quintana, vecinos de la ciudad de México, han tenido a cargo el beneficio y administración de los azúcares que de este ingenio yo he enviado a la ciudad de México, para vender y beneficiar, y asimismo que han enviado de la dicha mi hacienda, criados y mayordomos míos, los tributos de dinero y maíz que me deben y acostumbran pagar los indios del pueblo de Tecamachalco y sus sujetos que yo tengo en encomienda, los cuales y cobrado el dicho Juan Rodríguez de Villegas, habiendo hecho la cuenta con los susodichos y cada uno de ellos, doy por libres y finiquito de todos y cualquier pesos de oro, azúcares, maíz y esclavos y otros cualesquier bienes míos que en cualquier manera hayan estado en su poder”.
Juan Rodríguez de Villegas y Martín [de Eguiguren], estantes en el ingenio de Orizaba, jurisdicción de Tequila, declaran haber recibido 880 pesos de oro común en reales, de Gaspar de Quintana, mismos que enviarán a los reinos de Castilla. En caso de no cumplir el pago de esta deuda, los otorgantes dan poder y facultad a dicho Quintana para que se cobre en plata o en otra cualquier mercadería que les pertenezca.\n
Rodrigo de Vivero, otorga licencia a doña Melchora de Aborruza, su legítima mujer, para que otorgue poder a Gaspar Porcadel [Forcadell], vecino de México, y se encargue de cobrar de Gaspar de Quintana, 60 panes de azúcar blanco y 36 arrobas, asimismo de azúcar blanco molido y cantidad de piezas de plata que ella le envió.
Gaspar de Quintana recibió de Juan Rodríguez de [Villegas] una escritura de obligación, en la que se obliga a dicho Gaspar de Quintana a pagar a Andrés de [Arrizabalaga], vecino de la ciudad de Sevilla, 5 492 pesos de oro común, para el día de navidad primera que viene de este presente año.\n\n