El Lic. Andrés de Benavides, presbítero, beneficiado del Partido de Tlacolula, dio su poder cumplido al Capitán Diego Carrillo Barrientos, vecino de México, para que en su nombre cobre de Juan de Santiago y Pedro de San Vicente, vecinos de México, mercaderes de pescado, la cantidad de pesos que le deben por escrituras, cédulas o en otra cualquier manera.
Alonso de Neira Claver y Doña Isabel Muñoz, su legítima mujer, vecinos de Jalapa, dieron su poder cumplido al Lic. Andrés de Benavides, presbítero, beneficiado del partido eclesiástico de Tlacolulan, para que en sus nombres venda dos esclavas; una mulata Francisca, de 9 años de edad; y otra negra, nombrada Josefa, de 9 años de edad, en los precios y plazos que concertare.
Francisca Díaz Becerra, viuda de Lucas Martín Ibáñez, natural de Villa de Manzanilla [Mansilla] en los reinos de Castilla, vecina de esta jurisdicción, dio su poder cumplido al Lic. Andrés de Benavides, beneficiado del partido de Jonotla, para que consultando con su hermano Fray Cristóbal Muñoz de la Concepción, religioso franciscano de esta provincia, haga su testamento con las mandas, cláusulas, legados restituciones y obras pías que le tiene comunicadas.
Don José Ceballos y Burgos, presentó por testigo para la información del testamento de Bartolomé de la Cueva, a Don Alonso Benavides, español, vecino de Naolingo, quien dijo conoció a Bartolomé de la Cueva, clérigo y ayudaba en la administración del partido de Naolingo a su beneficiado Andrés de Benavides, y vio firmar la memoria testamentaria.
Don José de Ceballos y Burgos, vecino de esta jurisdicción, residente en su ingenio de hacer azúcar, como principal deudor, y Don Pedro Gutiérrez de Ceballos, como su fiador, se obligaron a pagar al Lic. Andrés de Benavides, presbítero, beneficiado del partido de Naolinco, como tutor y curador de las personas y bienes de Antonio y Matías Franquez, 1,112 pesos en reales, por otros tantos que el dicho beneficiado les ha dado en reales de contado, para el día de Navidad del presente año, con el rédito del cinco por ciento anual.