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Archivistische beschrijving
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MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0060 · Stuk · 1717/07/23
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Juan Marcos Rendón, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de San Lucar de Varrameda [Sanlúcar de Barrameda], hijo de don Alonso de Santiago y doña Juana Rendón, difuntos, otorga poder para testar al Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, Prespítero, su compadre, a Salvador de Mérida, su hermano y compadre, y a doña Estefanía Rodríguez, su mujer, a cada uno insolidum para que en el término que dispone la Ley 33 de Toro hagan y otorguen su testamento como les deja comunicado. Manda sea amortajado con el hábito de San Francisco de cuya Tercera Orden es hermano, y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa en la capilla de las Ánimas. Declara tiene diferentes cuentas con algunos vecinos de esta villa y fuera de ella las cuales constaran en su libro de caja y manda a sus albaceas las ajusten y liquiden, paguen y cobren el alcance que contra él resultaren. Señala tiene cuenta corriente con el Capitán don Gaspar Rendón, su hermano, manda a sus albaceas paguen lo que se debiere. Hace cinco años y meses contrajo matrimonio con doña Estefanía Rodríguez, quien no llevó dote alguna, y él tendría de caudal de 4 000 a 5 000 pesos, y han procreado a María Francisca, José Román y doña Rosa María. Declara por bienes, una casa en esquina que está fabricando y un rancho de labor en tierras de esta villa, de lo que se hará inventario. Nombra por sus albaceas testamentarios al Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, don Salvador de Mérida y a doña Estefanía Rodríguez, nombra por sus herederos a sus hijos y a su mujer. Usando de la patria potestad, nombra por tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos a su mujer Estefanía, relevándola de fianza.

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MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0100 · Stuk · 1717/11/07
Part of Archivo Notarial de Córdoba

El Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, Presbítero, don Salvador de Mérida y doña Estefanía Rodríguez, vecinos de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre de Juan Marcos Rendón, vecino que fue de esta villa, difunto, y en virtud del poder que les otorgó el 23 de julio pasado del presente año para hacer su testamento y demás cosas, mismo que usan para señalar lo siguiente: Dijeron que tras el fallecimiento de Juan Marcos, el 3 de agosto pasado del presente año, fue sepultado en la iglesia del pueblo de Orisava [Orizaba], su cuerpo fue amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya Tercera Orden era hermano. Señalan que tenía cuenta corriente con el Capitán don Gaspar Rendón, su hermano, la cual no tenía liquidada, de lo cual salió alcanzado en 4 913 pesos y 6 reales en los que se incluyen 1 200 pesos de dos cuarterones de solar y la fábrica de la esquina donde tiene su tienda y lo demás le dio para los avíos, y restos de su rancho. También tenía cuenta con el Alcalde don Francisco Pibot y Tapia de dos diezmos y de resto de ella le debía 60 pesos, asimismo, estaba debiendo a don Salvador de Mérida 584 pesos y 6 tomines, y a otras muchas personas, cantidades que se mencionan en esta escritura. Por bienes del difunto, señalan una casa fabricada en esquina en tres cuarterones de tierra, en la cual tenía una tienda de géneros al cuidado de Juan Mateo Polo, además de un rancho de labor en tierras del cabildo de esta villa, una casa de troje de barro, treinta y un mulas, tres esquilas, veinte yeguas, ochenta y un cabezas de ganado de cerda. Por poder fueron nombrados albaceas, y a Estefanía como tenedora de bienes, tutora y curadora de sus hijos. Habrá tiempo de cinco años y meses que Estefanía y el difunto se casaron, y ella no llevó a su poder dote alguna y el susodicho llevaría de 4 a 5 000 pesos, y procrearon a María Francisca, José Román y Rosa María, a quienes nombró por sus herederos.

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MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0081 · Stuk · 1717/08/27
Part of Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Procurador Mayor en ella, otorga en arrendamiento a doña Estefanía Rodríguez, vecina de esta villa, viuda de Juan Marcos Rendón, 4 caballerías y media de tierra ubicadas en el monte que llaman de Salas, que comienza donde se acaba el comedero de Sacatepeq [Zacatepec], desde los cerritos hasta el camino real que va a la barranca de Chocamán, que es hacia la parte del norte, y desde la mojonera de esta villa que divide dichas tierras con las que pertenecen a las que posee hoy el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, por dicho camino real, y por el sur linda con la barranca del despeñadero. Las arrienda por tiempo de nueve años, que empiezan a correr y contarse desde hoy día de la fecha en adelante, y por cada caballería de tierra pagará 12 pesos y medio, que importan 56 pesos y 2 reales anuales, que se obligará a pagar al mayordomo que es o fuere de los propios y rentas del cabildo o a quien fuere parte legítima por él. El otorgante se obliga, y obliga a los propios a que este arrendamiento le será cierto y seguro en todo tiempo y no le serán quitadas pena de darle otras en las mismas condiciones, parte y lugar, por el mismo tiempo y precio, con las condiciones siguientes: doña Estefanía, sólo sembrará y cultivará las tierras y no meterá en ellas a personas ajenas, tampoco podrá sembrar en estas tierras caña dulce, en caso contrario, esta escritura quedará sin valor alguno, y el cabildo las podrá arrendar a otra persona.

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