Micaela de la Rosa, natural y vecina de esta villa de Córdoba, hija de Nicolás de Cabrera y Tomasa de la Concepción, difuntos, otorga poder para testar a Manuel Francisco García del Castillo y al Capitán don Gaspar Rendón, vecinos de esta villa, para que en el término que dispone la ley 33 de Toro puedan hacer su testamento con las mandas y disposiciones que les tiene comunicado en el que señala lo siguiente: manda su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia de esta villa delante del altar de Jesús de Nazareno. Declara es tutora y curadora de José, María, Rafaela, Miguel, Gertrudis, Tomasa, Ana María y Teresa Valero sus hijos naturales, cuyo cargo ha estado usando, y después de su fallecimiento nombra a Manuel Francisco García del Castillo. Señaló por sus bienes un medio solar con unas paredes de cal y canto, el menaje de su casa y un poco de plata labrada, los cuales se hallan inventariados por muerte del Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda. Nombra por sus albaceas a Francisco García y en segundo lugar al Capitán don Gaspar Rendón, y por tenedor de bienes a Francisco García. Nombra por herederos a sus hijos naturales, y deja sin ningun efecto cualquier otro poder para testar y codicilos.
Zonder titelEl Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, natural de la ciudad de Los Ángeles, hijo de don Juan García Valero y de doña Josefa Valero Grajeda, difuntos, otorga poder para testar a José García Valero, a María y a Rafaela Valero, hijos naturales de él y de Micaela de la Rosa, para que en el término que dispone la ley 33 de Toro hagan su testamento con las cláusulas siguientes: Manda que su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, en la sepultura que tiene señalada y con la forma de entierro que pareciere a sus albaceas. Nombra por sus albaceas a los dichos sus hijos, y por tenedora de bienes a Micaela de la Rosa, madre de los susodichos. Nombra por herederos de sus bienes, derechos y acciones a sus hijos naturales, José García Valero que está casado con Ignacia Díaz, a María, Rafaela, Gertrudis, Tomasa, Ana, Teresa y Miguel. Nombra por tutora y curadores de sus hijos a Micaela de la Rosa, madre de ellos.
Zonder titelEl Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, natural de la ciudad de Los Ángeles, hijo de don Juan García Valero y de doña Josefa Valero Grajeda, difuntos, otorga poder para testar al Capitán don Gaspar Rendón, José García Valero, su hijo, Francisco García Valero y Micaela de la Rosa, vecinos de esta villa, a todos en mancomún y a cada uno insolidum, para que en el término que la ley 33 de Toro dispone hagan y otorguen su testamento con las mandas y disposiciones que les tiene comunicado. Señalando que su cuerpo sea amortajado con hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial y con la forma de entierro que pareciere a sus albaceas. Nombra por sus albaceas al Capitán don Gaspar Rendón, José García Valero, Francisco García Valero y Micaela de la Rosa, a esta última también nombra tenedora de bienes. Nombra por herederos de sus bienes, derechos y acciones a sus hijos naturales José García Valero, que está casado con Ignacia Díaz, a María, Rafaela, Gertrudis, Tomasa, Ana, Teresa y Miguel. Nombra por tutora y curadora a dicha Micaela de la Rosa, revoca cualquier otro poder para testar.
Zonder titelMicaela de la Rosa, José García Valero, Francisco García Valero, albaceas y tenedora de bienes que quedaron por muerte del Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda; y Martín Francisco de Urquía, curador ad litem de los hijos menores y herederos de dicho difunto, nombrados como tales en poder para testar; otorgan que venden al Capitán don Gaspar Rendón, vecino de esta villa, 4 negros esclavos que fueron del difunto, nombrados Agustín, casta Carabalí, de edad de veintiocho años, al precio de 350 pesos; Francisco, Carabalí, de edad de veinticinco años, al precio de 300 pesos; Ignacio, de edad de treinta años, al precio de 300 pesos; y un mulato nombrado Sebastián, de treinta y seis años, oficial de carpintero, al precio de 350 pesos. Los vende por libres de deuda, empeño, hipoteca y otra enajenación, sin asegurárselos de ninguna tacha, vicios, defectos y enfermedades. También venden diecisiete bueyes en 204 pesos, cuatro caballos en 32 pesos y dos machos en 50 pesos, que junto con los esclavos importan 1 586 pesos de oro común en reales.
Zonder titelMicaela de la Rosa, vecina de esta villa de Córdoba, mujer soltera, albacea testamentaria, tenedora de bienes que quedaron de don Diego Valero Grajeda, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo que fue de ella por Su Majestad, tutora y curadora de las personas y bienes de sus menores hijos naturales, herederos del susodicho, cargo que usa para otorgar poder a Manuel Francisco García del Castillo, vecino de esta villa, otro de los albaceas del difunto, para que en nombre y en representación de su persona cobre judicial o extrajudicialmente, todas las cantidades de maravedíes de oro, plata, joyas, esclavos y otras cosas que estuvieren debiendo al difunto en virtud de escrituras de obligación, vales, cédulas, cuentas de libro y otra causa y razón, y de lo que recibiere, otorgue carta de pago y los demás instrumentos que se le pidan.
Zonder titelEl Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, natural de la ciudad de Los Ángeles, hijo de don Juan García Valero y de doña Josefa Valero Grajeda, difuntos, otorga poder a sus hijos José García Valero y Rafaela Valero, para que en los términos que la ley 33 de Toro dispone, hagan y otorguen su testamento con las mandas y disposiciones que les tiene comunicadas, en la forma siguiente: Manda sea amortajado con el hábito del Señor San Francisco y sepultado en la iglesia de esta villa en la sepultura que tiene señalada en la parroquia y con la forma de entierro que pareciere a sus albaceas. Nombra por sus albaceas a José García Valero y Rafaela Valero, sus hijos, y por tenedora de bienes a Micaela de la Rosa, madre de los susodichos. Por universales herederos señala a José García, Rafaela, María, Gertrudis, Ana, Teresa y a Miguel.
Zonder titelJosé García Valero, Francisco García Valero y Micaela de la Rosa, vecinos de esta villa de Córdoba, en nombre del Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda, difunto, vecino y Regidor perpetuo que fue de esta villa, en virtud del poder que para testar les confirió, otorgan su testamento como se los dejó comunicado. Declaran que su cuerpo fue amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, en la capilla del Señor San José. Señalan que dicha hacienda del beneficio de azúcar, nombrada Nuestra Señora de Guadalupe en esta jurisdicción, tiene cargados varios censos, entre ellos destacan: 3 000 pesos de principal y por ellos [150] pesos de rédito anuales de la capellanía que mandó fundar el Licenciado Juan Valero Grajeda, del que es capellán propietario el Licenciado don José Valero Grajeda, y de esta capellanía se están debiendo 1 500 pesos; 2 000 pesos de principal y por ellos 100 de rédito anual a favor de la Madre Isabel de Jesús de Nazareno, a quien se le deben 1 100 pesos de réditos; 400 pesos de principal impuestos por el Licenciado don Juan Valero Grajeda para que con sus réditos se celebrase en la iglesia de esta villa la fiesta de Nuestra Señora de los Dolores; 2 000 pesos impuesto a favor del convento de religiosas de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de los Ángeles, a la que se le están debiendo los réditos de 200 pesos. Asimismo, declaran que el difunto debía diferentes cantidades, entre ellas: 2 300 pesos a la iglesia catedral de la Puebla, cuyos plazos están cumplidos; 3 000 pesos a favor de la capellanía de [Diego Cortés del Águila y Castro] por tiempo de 6 años, que empezaron a correr desde el año pasado, a quien se le están debiendo 600 pesos de réditos; 1 500 pesos por escritura que otorgó a favor del convento de religiosas de Santa Catarina de Sena de la ciudad Oaxaca, a la que se le están debiendo 670 pesos de réditos; 600 pesos a favor de la fábrica de la iglesia catedral, más réditos que se debían hasta su otorgamiento, los cuales tiene librados en el cofre de dicha iglesia. También, dijeron que por muerte de su hermano el Doctor don José Valero, quedó una casa en la ciudad de Los Ángeles gravada a los censos de dos capellanías, una impuesta por Francisco García Caballero de 2 500 pesos de principal y la otra a favor de la capellanía que impuso Domingo Maseda de 2 000 pesos de principal. Además, declaran que el difunto debía diferentes cantidades al Tribunal de la Santa Inquisición, a la iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles, a don Francisco Valero y Alvarado, al Capitán Pedro de Bárcena, al Capitán Gaspar Rendón, a don Juan Marcos Rendón, a Diego Ruiz Calero, vecino de esta villa y maestro de barbero, y a otras personas más que se citan en esta escritura. Declaran que [estaba debiendo 1 800 pesos]de la compra del rancho El Piñal, que sacó en pública almoneda, compuesto de 9 caballerías de tierra, cuyo remate se efectuó en el juzgado del comisario del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, quien lo remató por débito que tenía el Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda con el Santo Oficio; cuyo remate fue en cantidad de 4 300 pesos de contado, de los cuales se entregaron 2 500 pesos al Comisario de la Santa Inquisición, y dichas tierras tienen sobre si el gravamen de 600 pesos de censo a favor del convento de Nuestra Señora de la Merced de la Puebla, y rebajarse a su misma cantidad de 500 pesos que dicho Alférez don Miguel Valero Grajeda debía de los bienes del Doctor don José Valero, su hermano, más otros 1 620 pesos que le entregó don Diego Valero a su hermano Miguel, como consta de memoria donde se hallarán las partidas que componen dicha cantidad, y siendo como es cláusula del remate reintegrar todo lo a ello anexo y por su defecto deberse rebajar del valor de dicho rancho lo que en el faltare, lo declaran para que conste. También, señalan que el difunto renunció al oficio de Alférez Mayor y Regidor a favor del Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, con la calidad y condición de que se hará de componer con los herederos del Alférez Mayor don Miguel Valero, su hermano. Por otro lado, declaran por bienes del difunto: la hacienda de beneficio de azúcar nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, compuesta de 17 caballerías de tierra con sus casas, cañas, esclavos y demás aperos, asimismo, el rancho nombrado El Piñal, que se compone de 9 caballerías de tierra y sus anexos, además, un rancho nombrado Quichapa [Cuichapa], que se compone de 27 caballerías de tierra con las casas, cañas, esclavos y demás aperos. Declaran que el difunto mandó sacar 1 000 pesos de sus bienes para que se entreguen a Juana de San Agustín y a Josefa de los Dolores Valero, niñas reclusas en el convento de San Jerónimo de la ciudad de los Ángeles, que están en compañía de su hermana, la Madre Isabel de Jesús de Nazareno. Usando del poder que tienen otorgado del difunto, se nombran por sus albaceas testamentarios y a la dicha Micaela de la Rosa por tenedora de sus bienes. Asimismo, nombran herederos a José García Valero, María Rafaela, Gertrudis, Teresa, Ana, Miguel, hijos suyos y naturales; y dicha Micaela de la Rosa, como tutora, curadora de dichos hijos naturales y suyos.
Zonder titelFrancisco García Valero, José García Valero y Micaela de la Rosa, albaceas testamentarios de don Diego Valero Grajeda, difunto, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo que fue de esta villa de Córdoba, la susodicha como tenedora de bienes, y Manuel Francisco de Urquia, curador de las personas y bienes de los menores hijos del alférez mayor; otorgan que vende al Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta jurisdicción y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar, una hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, en jurisdicción de esta villa; la cual linda por una parte con tierras del trapiche del Capitán don Mateo de Garay; por el otro lado con tierras del trapiche de don Francisco Pibot y Tapia; por otro lado con río Blanco; y por otro lado con tierras del rancho que compró el Capitán don Gaspar Rendón, por bienes del difunto, nombrado Quichapa [Cuichapa]. Dicha hacienda se compone de 26 caballerías de tierra, cañas, esclavos y demás aperos que constan de avalúo, con todas sus entradas y salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, montes y pastos, por libre de deuda, empeño, hipoteca u otra enajenación. La venden por precio de 26 804 pesos, de los cuales 23 961 pesos constan en el avalúo de la hacienda y 2 843 restantes que dicho capitán paga por adelantado por la hacienda. El comprador se obliga a pagar en la manera siguiente: 3 000 pesos de principal que quedan sobre dicha hacienda de capellanía a favor del Licenciado don José Valero Grajeda; 2 000 pesos de principal que están sobre la hacienda a censo pertenecientes a la Madre Isabel de Jesús Nazareno, Religiosa del convento de Señor San Jerónimo de la ciudad de Los Ángeles; 2 000 pesos que están sobre la hacienda a censo a favor del convento de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de Los Ángeles; 400 pesos de principal pertenecientes a la fiesta de Nuestra Señora de los Dolores de la iglesia parroquial de esta villa; 3 000 pesos de principal de capellanía a favor del Licenciado don José Morales; 3 000 pesos de principal de otra capellanía a favor de Diego Cortés del Águila y Castro; 1 500 pesos por escritura a favor de las religiosas de Santa Catharina de Sena de la ciudad de Oaxaca; 2 700 pesos de escritura a favor de la iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles; cantidades que suman e importan 17 500 pesos que junto con 9 304 pesos que el Capitán don Lope Antonio tendrá a disposición del Alcalde don Manuel de Rosas, para la hijuela y partición que se hará entre los herederos y para la paga de algunos acreedores, que todo junto hacen el total de 26 804 pesos de la venta de la hacienda.
Zonder titel