El Tesorero don Juan Ortiz de Rosas, natural de la villa de Lamestosa [Lanestosa], en las montañas del arzobispado de Burgos, hijo legítimo de don Juan Ortiz de Rosas y de doña Catalina Gómez [roto], sus difuntos padres; y doña Gertrudis de Carvajal, natural de esta villa de Córdoba, hija legítima del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente y de doña Juliana de Contreras y Cid, sus difuntos padres; se otorgan mutuamente poder para testar; y se nombran mutuamente albaceas testamentarios y herederos universales.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Juan Ortiz de Rosas, vecino de esta villa, marido y conjunta persona de doña Gertrudis de Carvajal, hija y heredera del Capitán y Regidor Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente y de doña Juliana de Contreras y Cid, difuntos; otorga que recibido del Capitán don José de Carvajal y Contreras, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad, albacea testamentario y tenedor de bienes de dichos difuntos, 4 708 pesos 7 reales y medio, mismos que cupieron de parte a doña Gertrudis de Carvajal en la hijuela de partición que se hizo entre los demás herederos, con más 428 pesos y 2 reales de los réditos del tiempo de que la dicha se casó. Cantidad que el capitán se obligó a pagar, por escritura de 7 de julio de 1709, a favor de dicha su mujer y demás menores y de la que se dio por entregado y otorgó recibo en forma, cancelando la mencionada escritura.
LOPE ANTONIO DE IRIBAS, JUEZ RECEPTOR