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MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0132 · Item · 1716/12/07
Part of Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán de la Artillería don Jerónimo de Acosta, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre del Capitán don Félix Chacón y Castellón, vecino de la ciudad de la Habana, y en virtud de la sustitución del poder que tenía el Capitán don Pedro Ignacio de Estrada, que lo es de la Maestranza de la Real Armada de Barlovento, para la venta de un esclavo, otorga vende a don José de Segura y Ceballos, vecino de esta villa, un negro su esclavo nombrado Bernardo, de nación Mina, que será de edad de más de treinta años. Lo vende por esclavo cautivo sujeto a perpetuo cautiverio y servidumbre y con todos sus vicios, defectos y enfermedades, libre de deuda, empeño, enajenación e hipoteca, al precio de 300 pesos de oro común.

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MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0050 · Item · 1718/07/27
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Felipe Balbona, residente en esta villa y vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, otorga poder especial al Capitán don Gaspar Rendón, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona venda un negro su esclavo, nombrado Antonio Díaz, criollo que será de edad de cuarenta años poco más o menos, mismo que hubo y compró del Capitán don Pedro Ignacio de Estrada.

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MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0168 · Item · 1711/09/26
Part of Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán de Artillería don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de esta villa, su partido y jurisdicción por Su Majestad, otorga que ha recibido de don Juan de Lubián y Vieira, residente en esta villa y vecino de la provincia de Guichiapa [Huichapan], a saber 3 500 pesos en reales que paga por don Manuel Rojo del Río y la Fuente y don Julián de Rojas, [roto] de una escritura de 5 000 pesos que los susodichos otorgaron a favor de don Pedro Ignacio de Estrada, por cuenta de quien los recibe y en virtud de poder que le dio y otorgó en la ciudad de la Veracruz el 10 de enero de 1711 ante Francisco Javier de Luna, Escribano Real; y los 1 500 pesos restantes quedan en poder de los dichos señores para que ejecuten con ellos la orden que les tiene dada por carta de 4 de julio de 1711 en dicha ciudad de la Veracruz.

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