Antonio del Río y Priego, residente en esta villa de Córdoba, natural de la ciudad de los Ángeles y vecino de la ciudad de México, hijo legítimo de Pedro del Río y de María de Priego, difuntos, otorga poder a Cayetano Pedro del Río, su hermano, residente en esta villa, para que después de su fallecimiento haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado. Nombra como albaceas a su hermano Cayetano y a don Miguel Lozano, su cuñado. Ordena se saquen 300 pesos de sus bienes para Micaela Pacheco, a quien le hace donación de ellos en renunciación de los beneficios que le debe. Nombra como heredero universal a Cayetano Pedro del Río y a [roto], su tía. Asimismo, declara que tiene dos hijos naturales con dicha Micaela Pacheco, a quienes deja lo que por derecho debieren de haber. Manda se den 12 pesos para la obra material de Señor San Antonio de esta villa.
JERÓNIMO DE ACOSTA, JUEZ RECEPTOR
MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0162
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Unidad documental simple
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1711/11/23
Parte de Archivo Notarial de Córdoba