Sebastián García Adan y Mariana de la Gasca, su legítima mujer, vecinos de Jalapa, se obligaron a pagar a Sebastián de la Peña, vecino de este pueblo, o a quien su poder hubiere, 600 pesos de oro común en reales de plata doble, por razón de otros tantos que le prestó en reales de contado, en 15 meses que corren desde hoy día de la fecha de esta carta, cada 5 meses 200 pesos, con las costas de la cobranza.
Sebastián García Adán, dueño de recua, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a María Rodríguez, vecina de este pueblo, 425 pesos de oro común, por razón de 17 mulas de arria que le vendió, al precio de 25 pesos cada una, en el plazo de 1 año, cada 6 meses la mitad, a partir de la fecha de esta carta, con las costas de la cobranza.
Bartolomé de Oliver y Sebastián García Adán, vecinos de Jalapa, mayordomos de la Cofradía del Santo Nombre de Jesús y la Limpia Concepción de la Virgen María, que está en la parroquia de este pueblo, con licencia del Lic. Tomás Vitus de Romay, beneficiado, vicario y Juez eclesiástico de esta doctrina y con el acuerdo de todos los hermanos de la cofradía, convinieron con Domingo Díaz, vecino de Jalapa, en venderle un solar con paredes de barro, propiedad de la referida cofradía en 100 pesos de oro común, los cuales quedan impuestos sobre la persona y bienes del dicho Domingo Díaz, especialmente sobre este solar y la casa deteriorada; con la condición que dentro de un año ha de fabricar paredes en la mencionada casa hasta en la cantidad que le parezca conveniente, y pagará 5 pesos de oro común anuales de rédito.
Sebastián García Adán, vecino de Jalapa, dueño de su recua, como esposo de segundas nupcias de Doña Mariana de la Gasca, que primero lo fue de Francisco de Estupiñán; se obligó a pagar a Don Diego Agudelo Moctezuma en nombre de los bienes y herederos de Salvador de Brito, vecino que fue de de Huayacocotla, 376 pesos de oro común, que restan del valor de unas mulas cerreras que el susodicho vendió a plazos a Francisco de Estupiñán, para de la fecha de esta carta en un año, con las costas de la cobranza.
Sebastián García Adán, dueño de recua, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Don Roque Gutiérrez de Ceballos, vecino de esta jurisdicción 360 pesos de oro común en reales de plata doble, por razón de otros tantos que le prestó en reales de contado, para de la fecha de esta carta en 18 meses, cada 6 meses la tercera parte, con las costas de la cobranza.
Juan de Chávez, vecino de esta provincia, dio en arrendamiento a Sebastián García Adán, vecino de Jalapa, una casa de piedra que linde con casas de Ana de Alfaro, por tiempo de 6 años, a partir del día 24 del presente, a razón de 50 pesos anuales, cada 6 meses la mitad.
El Sr. Tomás Vitus de Romay, cura beneficiado del partido de Jalapa, dio licencia a Sebastián García Adán y a Bartolomé de Oliver, vecinos de Jalapa, mayordomos de las cofradías del Santo Nombre de Jesús y de Nuestra Señora, para que vendan a censo unas paredes de casa y solares que están en este pueblo, en la calle de real que va para la ciudad de Veracruz.