Juan Morera de Silva, vecino de esta villa de Córdoba, Escribano del Rey, dijo que por cuanto el 13 de abril pasado, ante el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, Alcalde Ordinario de esta villa actuando como Juez Receptor, otorgó poder general a don Juan Francisco de las Navedas y la Concha, para todos sus pleitos; ahora por la presente revoca dicho poder y lo otorga a don Basilio de Rivera, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que lo represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, movido y por mover, que tenga con cualquier persona. Y para que en su nombre parezca ante el Rey Nuestro Señor, su presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España y pida y gane las reales provisiones que fueran necesarias a su favor, presentando para ello pedimentos, memoriales y demás recaudos que convengan.
UntitledJuan Morera de Silva, vecino de esta villa de Córdoba, Escribano del Rey, dijo que por cuanto el 13 de abril pasado, ante el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, como Juez Receptor, otorgó poder general a don Juan Francisco de las Navedas y la Concha, para todos sus pleitos; ahora por la presente revoca dicho poder y lo otorga a don Basilio de Rivera, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que lo represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, movido y por mover, que tenga con cualquier persona. Y para que en su nombre parezca ante el Rey Nuestro Señor, su presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España y pida y gane las reales provisiones que fueran necesarias a su favor, presentando para ello pedimentos, memoriales y demás recaudos que convengan.