Don José Ceballos de Burgos, dueño de su ingenio nombrado Nuestra Señora de la Concepción, jurisdicción de Jalapa, dio su poder cumplido al Bachiller Alonso Gutiérrez de Ceballos y a Blas de Biciola, vecinos de la ciudad de Los Angeles para que lo pueda obligar como principal, dando y ofreciendo los fiadores que quisieren y les fueren pedidos, a favor de la Santa Iglesia Catedral de la Puebla de Los Angeles, y de los señores hacedores del diezmo y de con quien con derecho deba, por la cantidad de pesos de oro que valen los diezmos de azúcares y mieles que ha causado su ingenio hasta fin del año de 1641.
Don José de Ceballos y Burgos, residente en su ingenio nombrado Nuestra Señora de la Concepción [Almolonga], como principal deudor, y Sebastián de Acosta y Pedro de la Mota, vecinos de esta jurisdicción, como sus fiadores, dieron su poder cumplido a Don Alonso Gutiérrez de Ceballos y a Luis González, vecinos de esta provincia, para que en sus nombres y a su dita y crédito tomen de la persona o personas que les quieran dar 1 500 pesos de oro común en reales, plata, u oro; y los obliguen a la paga de los mismos, en los plazos y términos que concertaren.
Don José Ceballos de Burgos, dueño de ingenio de azúcar en esta provincia, dio su poder cumplido a su hermano Don Alonso Gutiérrez de Ceballos, vecino de la ciudad de Los Ángeles, para que en su nombre reciba y cobre los pesos de oro, joyas, esclavos, y otros bienes muebles y raíces que le fueren debidos; asimismo, para en todos sus pleitos, causas civiles y criminales, y haga en su nombre las posturas necesarias en los diezmos de la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Los Ángeles, obligándolo a la paga de la cantidad en que se celebraran.